El Pleno del Congreso aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 5532/2022-CR, que plantea regular el uso de teléfonos celulares en todas las instituciones y programas educativos de educación básica.
El dictamen debatido fue aprobado, en primera instancia, con 81 votos a favor, cero en contra y una abstención. También, fue exonerado de segunda votación con 82 votos a favor, cero en contra y una abstención.
La propuesta fue sustentada por el legislador Segundo Montalvo Cubas (PL), presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, quien señaló que, de aprobarse, habría menos posibilidades de distracción durante el dictado de clases, lo cual permitirá tener una mejora en el proceso de aprendizaje y posibilidades de mejorar el rendimiento escolar.
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En su intervención, la congresista María Agüero Gutiérrez (PL), autora del proyecto, precisó que su iniciativa reducirá los casos de trastornos mentales productos del uso excesivo de celulares y equipos similares, reduciendo las horas de atención y tratamiento.
“Los niños estudiarán en un ambiente más adecuado para el proceso de aprendizaje. Se evitará que sus hijos puedan ser objeto de ciberbullying durante su permanencia en la institución educativa”, dijo.
En sus intervenciones, los congresistas Flavio Cruz Mamani (PL), Katy Ugarte Mamani (BM), Hilda Portero López (AP), Wilson Quispe Mamani (JPP-VDP) y Alejandro Muñante Barrios (RP), coincidieron en que la propuesta es importante por la defensa de los niños y, remarcaron, que la tecnología es buena cuando se sabe usarlo y cuando están personas detrás haciendo el seguimiento sobre el uso de celulares por parte de los niños.
Según el texto aprobado, su finalidad es la contribuir en la mejora de la atención y del rendimiento escolar, mediante la reducción del uso de teléfonos celulares, y, con ello, reducir la sobreexposición al internet.
La regulación del uso de celulares se aplicará para todas las instituciones y programas educativos de la Educación Básica de nivel de educación primaria y secundaria, tanto en instituciones públicas como en instituciones privadas, de acuerdo con el dictamen aprobado.
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TEXTO SUSTITUTORIO
PROYECTO DE LEY 5532/2022-CR
LEY QUE REGULA EL USO DE TELÉFONOS CELULARES EN TODAS LAS INSTITUCIONES Y PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto regular el uso de teléfonos celulares inteligentes o cualquier otro dispositivo electrónico similar en instituciones y programas educativos de la Educación Básica.
Artículo 2. Finalidad de la Ley
La finalidad de la presente ley es contribuir en la mejora de la atención y del rendimiento escolar, mediante la reducción del uso de teléfonos celulares, y, con ello, reducir la sobreexposición al internet, combatir el «ciberbullying», evitar riesgos en la salud y prevenir trastornos de salud mental en los estudiantes, asi como promover ambientes sanos de socialización para estos.
Artículo 3. Ámbito de aplicación
3.1. La presente ley es de aplicación para todas las instituciones y programas educativos de la Educación Básica de nivel de educación primaria y secundaria, tanto en instituciones públicas como en instituciones privadas. 3.2. La regulación no es aplicable para aquellos estudiantes que requieran atención especial y que, por alguna condición de salud, se justifique el uso de algún dispositivo electrónico.
3.3. Tampoco es aplicable cuando el uso del dispositivo electrónico sea permitido en forma expresa por la institución educativo únicamente para uso académico.
Artículo 4. Restricción del uso de celulares
Las instituciones educativas de la Educación Básica de nivel de educación primaria y secundaria de régimen público y privado restringen el uso de celulares inteligentes, o cualquier otro dispositivo electrónico similar, durante los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas, en tanto su uso no sea guiado para el desarrollo de las competencias en el marco del Currículo Nacional de la Educación Básica.
Artículo 5. Implementación de protocolos
Los directores de todas las instituciones y programas educativos implementan protocolos de actuación para dar cumplimiento a la presente ley. Asimismo, supervisan su cumplimiento y aplican las medidas correctivas de acuerdo con los criterios de gradualidad, reiteración, razonabilidad y proporcionalidad.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Campañas contra el uso excesivo de teléfonos celulares
El Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud, dentro de sus competencias, promueven e implementan campañas de reducción del uso excesivo de teléfonos celulares inteligentes en todas las instituciones y programas educativos del país.
SEGUNDA. Publicidad
Toda institución educativa pública o privada de nivel de educación primaria y secundaria del país coloca en una parte visible en el exterior de los lugares de ingresos a la institución un aviso que contenga el siguiente detalle:
«El uso de teléfonos celulares en horarios de clase se encuentra restringido para los escolares, salvo autorización expresa de la institución educativa».
TERCERA. Reglamentación
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud, aprueba el reglamento de la presente ley en un plazo de sesenta días calendario contados desde su entrada en vigor.
[Continúa …]
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