Prescripción de delitos de lesa humanidad: presentan segunda iniciativa para derogar la Ley 32107

La congresista no agrupada Margot Palacios (antes Perú Libre) presentó un proyecto de ley para derogar la Ley 32107 que prescribe los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra ejecutados antes de julio del 2002. Esta es la segunda iniciativa de este tipo que se presenta en el Parlamento.

La legisladora Sigrid Bazán, de la bancada Cambio Democrático-Juntos por el Perú, presentó una propuesta similar (Proyecto de Ley 8588) el último 9 de agosto.

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La norma, promulgada por el Congreso tras no ser observada por el Ejecutivo, se enmarca en la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, el 1 de julio del año 2002, en el ordenamiento jurídico peruano.

Además, señala que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad entró en vigencia el 9 de noviembre de 2003. En este sentido, señala lo siguiente:

Nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional.

Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra.

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Instituciones como el Ministerio Público y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) expresaron su rechazo, semanas atrás, sobre la norma hoy oficializada. Esta última había brindado medidas provisionales a favor de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, el 1 de julio, y pedido al Estado peruano frenar la aprobación de la ley.


Proyecto de Ley N 9644/2024-CR

SUMILLA: PROYECTO DE LEY QUE DECLARA LA LEY N 32107 DE PRESCRIPCIÓN DE DELITOS DE LESA HUMANIDAD Y CRÍMENES DE GUERRA.

La congresista de la república Margot Palacios Huamán en ejercicio pleno de su facultad de iniciativa legislativa consagrada en el artículo 102 y 107 de la Constitución Política del Perú y de lo erigido en los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, presenta para su aprobación el siguiente Proyecto de Ley:

FÓRMULA LEGAL 

El Congreso de la República

Ha dado la siguiente Ley

«PROYECTO DE LEY QUE DECLARA NULA LA LEY N 32107 LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN Y LOS ALCANCES DEL DELITO DE LESA HUMANIDAD Y CRÍMENES DE GUERRA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA»

Artículo 1.- Objeto de la ley

La presente ley tiene por objeto declarar nula la Ley N 32107, Ley que precisa la aplicación de y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana.

Artículo 2.- Finalidad de la ley

La presente ley tiene por finalidad proteger los principios fundamentales del Estado de Derecho y los principios de justicia universal, impidiendo la impunidad sistemática para graves violaciones de los derechos humanos y al impedir el acceso de las víctimas a la justicia y a la reparación integral.

Artículo 3.- Nulidad

Declárase nula la Ley 32107, Ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa huymanidad y crímentes de guerra en la legislación peruana.

Descargue el proyecto de ley aquí 

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