La lucha contra el robo y hurto de celulares en el Perú, a propósito del D.L. 1338

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El principal problema que aqueja al país, conforme a lo manifestado por el 45.8% de peruanos, es la delincuencia. Los índices de victimización señalan que en el 2016 (periodo enero-setiembre), el 30.2% de la población nacional urbana de 15 a más años de edad fue víctima de algún hecho delictivo.

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Los delitos más recurrentes, de mayor incidencia y que generan alta sensación de inseguridad en más del 90% de los ciudadanos, son los delitos contra el patrimonio, especialmente los robos y hurtos. Según información del Instituto de Estadística e Informática, en el año 2016, 14 de cada 100 personas fueron víctimas de robo de dinero, cartera y celular, siendo dicho hecho delictivo el más frecuente a nivel nacional, afectando principalmente a las regiones de Cusco, Puno, Junín, Ayacucho y Lima. Cabe precisar que si bien no existe información desagregada respecto de la cantidad de dinero, carteras o celulares que son sustraídos, se colige que los teléfonos celulares representan un gran porcentaje de los bienes robados o hurtados.

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El uso de teléfonos celulares durante los últimos años, se ha incrementado notablemente en nuestro país, pues mientras que en el año 2006 sólo el 29.8% de la población tenía acceso a estos dispositivos móviles, en el año 2015 dicho porcentaje alcanzó el 87.2%. Por su parte, según el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) en el año 2015, el 93.4% de los hogares peruanos tuvo acceso a la telefonía móvil.

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La expansión de las telecomunicaciones ha estado acompañada del incremento de la criminalidad, pues la problemática del robo de teléfonos celulares se ha ido agravando en los últimos años, afectando a diversos países de la región e impactando negativamente en la seguridad ciudadana. Según estudio del Laboratorio de Investigación de ESET, el 58% de los usuarios de teléfonos celulares en América Latina han sido víctimas de robo.

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El robo y hurto de teléfonos celulares en el Perú, al igual que en otros países de la región, se ha convertido en uno de los negocios ilícitos lucrativos más demandados, llegando incluso, en el caso de los robos, a ocasionar lesiones o muertes. Si bien la verdadera magnitud del problema es desconocida debido a la falta de registro individualizado del bien sustraído, existen estadísticas disponibles que ofrecen un acercamiento al estado situacional de este fenómeno.

Conforme a la información proporcionada por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), mientras que en el año 2015 se reportaron 2 millones 277 mil 469 teléfonos celulares robados y/o hurtados, en el año 2016 el número ascendió a 2 millones 300 mil 277. Esto significa que el año pasado, en promedio, se robaron y/o hurtaron 6 389 teléfonos celulares diariamente, cifra que ascendió en comparación con el año 2015.

Según la encuesta realizada por encargo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), solo el 76% del total de personas que fueron víctimas del robo de su equipo celular durante el año 2015, reportó dicho incidente ante su empresa operadora. Por su parte, el 24% de los encuestados manifestó que no realizó el respectivo bloqueo de su equipo celular robado ante su empresa operadora porque, entre otras razones, no vio la necesidad de bloquearlo (32%), el celular sería desbloqueado en el mercado informal (28%) y no tenía conocimiento de la posibilidad de bloquearlo (26%).

Pero ¿por qué la incidencia del robo y hurto de teléfonos celulares es tan alta en nuestro país? Aunque para muchos, el robo y hurto de teléfonos celulares es de poca importancia por ser considerado un delito callejero, de bagatela o de baja intensidad, para los receptadores es considerado como un “negocio”, pues a través de la comercialización y el tráfico de estos bienes, obtienen grandes ganancias con riesgos relativamente bajos. Según información de Inteligencia de la Policía Internacional (INTERPOL) el robo de teléfonos celulares que opera a través de las fronteras de Latinoamérica, mueve en promedio de US$550 000 diarios.

Así pues, los delitos de robo y hurto, por lo general, operan a través de una cadena de valor que articula los procesos de transformación y comercialización de los teléfonos celulares que son ofertados ilícitamente bajo la apariencia de legalidad.

En ese marco, los mercados ilícitos constituyen una pieza elemental en el ciclo de la comercialización de estos productos, ya que estos son espacios donde el delincuente puede acceder fácilmente a dinero en efectivo a cambio de la venta de los celulares robados y hurtados, objetos que posteriormente son vendidos con apariencia legal, siendo muchos de ellos herramientas para cometer otro tipo de delitos como las extorsiones. Estos lugares con el tiempo han llegado a ser muy concurridos por cuanto son conocidos como lugares dedicados exclusivamente a la venta de teléfonos celulares de dudosa procedencia y fácil acceso, cuyo costo es menor al valor del mercado. Cabe precisar que dichos espacios subsisten y se expanden debido a la gran demanda ostentada por los ciudadanos, creando alta rentabilidad y permanencia en el mercado.

Sobre ello, conforme a la información proporcionada por la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología de la Policía Nacional del Perú, en los mercados ilícitos, además de comercializarse teléfonos celulares de procedencia dudosa, se brindan servicios a través de los cuales se altera, reemplaza, duplica, clona o de cualquier modo se modifica el IMEI electrónico o físico de un Equipo Móvil, situación que constituye un ilícito penal conforme a lo previsto en el artículo 222-A° del Código Penal.

Esta problemática no ha sido debidamente atendida por el Estado, pues se advierte que el débil control administrativo y legal de estos espacios de comercialización, la tolerancia de las autoridades y de la sociedad, así como la informalidad económica, son factores que permiten la existencia de los mercados ilícitos y coadyuvan con la creciente ola de robos y hurtos de celulares.

No obstante, el Decreto Legislativo N° 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana, elaborado en el marco de la Política Nacional frente a los Delitos Patrimoniales aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2014-JUS, constituye un gran avance para el control y la reducción de los robos, hurtos y comercio ilegal de teléfonos celulares.

La novedad de esta norma es que establece la creación de una “Lista Blanca” que contendrá el registro de aquellos terminales móviles que tienen origen legal y se encuentran operativos. Respecto de la “Lista Negra”, si bien esta ya existía, ahora será administrada por el organismo regulador de las telecomunicaciones; cabe precisar que esta última contiene un registro de terminales móviles que son reportados ante las empresas operadoras como perdidos, sustraídos, inoperativos y que hayan incumplido el intercambio seguro.

Ahora bien, conforme con lo establecido en el reglamento del Decreto Legislativo N° 1338, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-IN, únicamente podrán operar los terminales móviles registrados en la “Lista Blanca”. En ese sentido, cuando se identifique el funcionamiento de un terminal móvil un terminal móvil IMEI alterado o que no encontrándose registrado en la Lista Blanca esté operando en la red del servicio público móvil, la empresa operadora, a solicitud del Ministerio del Interior o del Organismo regulador de las telecomunicaciones , remitirá un mensaje de texto indicando al abonado que su equipo terminal móvil será bloqueado en un plazo máximo de dos (2) días hábiles y su línea suspendida mientras no haga entrega del equipo a la empresa operadora que le brinda el servicio.

Lo precedente implica que, aquellos celulares de procedencia dudosa que hayan sido adquiridos en los mercados ilícitos y que se encuentren operando, serán bloqueados y suspendidos, previa notificación al usuario a través de un mensaje de texto. En caso de que el abonado haga entrega de dicho móvil de presunto origen ilícito a la empresa operadora, se procederá a habilitar nuevamente su línea y el dispositivo móvil será entregado a la Policía Nacional a fin de proceder, si fuera posible, con la devolución del equipo al propietario a quien se le sustrajo el bien, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1215. Para estos efectos, resulta necesario que las personas que han sido víctimas de robos y hurtos de celulares, además de bloquear el terminal móvil y el equipo ante la empresa operadora, interpongan la denuncia correspondiente y conserven el comprobante de pago que acredite la propiedad del bien; de esta manera podrán recuperar su dispositivo móvil sustraído. Respecto de los abonados cuyos terminales móviles han sido duplicados o clonados, si bien la norma no es clara sobre su tratamiento, resulta evidente que tendrán que probar el origen lícito del teléfono celular ante la empresa operadora.

En definitiva, si bien resulta necesario dotar de mayor operatividad al Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad creado mediante Decreto Supremo N° 1338, es importante señalar que dicho registro constituye una herramienta útil para combatir el comercio ilegal de teléfonos celulares y de esta manera reducir los índices de robos y hurtos de estos bienes.

Finalmente, resulta necesario prestar más atención a la problemática de los robos y hurtos de teléfonos celulares y su relación con los mercados ilícitos, pues a pesar de que aparentemente son delitos de baja intensidad, su alta incidencia y la violencia con la que se ejecutan, viene generando gran impacto negativo sobre la seguridad ciudadana.


© Eliana Carbajal Lovatón

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