
En materia de investigación jurídica, si bien también esto ocurre en el campo de las letras, la economía, la psicología y las ciencias sociales, pero en nuestra disciplina asoma con mayor dramatismo, uno de los pecados capitales (no sé si con posibilidades de redención), consiste en la atroz confusión entre el plan de tesis que, otros llaman pomposamente, proyecto de investigación, de un lado, y del otro, la tesis en sí misma.
Queridos amigos, si así puedo llamarlos a quienes, no obstante mis recomendaciones, persisten en dicha confusión: ¡no es lo mismo! El plan o el proyecto es solo eso. Una guía, una pauta o, como se puso de moda hace unos años, «una hoja de ruta». La tesis no puede ser reemplazada ni por un plan ni por un proyecto. La tesis es la meta, el fin del proyecto, la realización del plan.
Tengo la impresión que el empleo del término plan o proyecto para designar a la tesis en sí misma, es una coartada de universidades, facultades o escuelas de posgrado que no tienen ningún interés en impulsar estudios jurídicos serios y trascendentes. Encajan perfectamente, en perfecta coincidencia moral, en los afanes del alumno innoble, el profesor mediocre y del investigador inexistente. En efecto, si de cuatro semestres, los cuatro o tres de ellos se dedican exclusivamente a la elaboración del plan o del proyecto, queda claro que no hay interés alguno en la elaboración y menos, en la conclusión de la tesis.
La terrible confusión entre plan, proyecto y tesis propicia, así mismo, graves problemas de contenido. Las tesis que se confunden con el proyecto, todas tienen el mismo sumario o índice, sin interesar si la tesis concierne al Derecho civil, procesal, penal, constitucional, etc. El aporte acaba siendo nulo, solo un ejercicio metodológico, en verdad inútil. Si se quiere pensar en serio una investigación tiene que cortarse como un fino bisturí el plan de la tesis. Es cierto que la tesis sin el plan no sería un buen comienzo, pero también la tesis debe independizarse del plan, alzar vuelo propio, como los hijos de los padres y, en virtud a la interpretación, las normas de sus artífices. Sin un grito de independencia de la tesis, el plan subsistirá como sobreviven las cadenas de una servidumbre inconclusa. La tesis limitada al plan o al proyecto no sería sino un sustituto falaz.


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