Jurisprudencia del inciso 7 del artículo 219 del Código Civil

Artículo 219.- Causales de nulidad
El acto jurídico es nulo:

[…]

7. Cuando la ley lo declara nulo.

[…]


Concordancias

CC: Art. V, 43, 140, 141, 142, 144, 171, 189, 190, 220, 274, 808, 813, 814, 925, 1286, 1308, 1309, 1310, 1358, 1366, 1528, 1629, 1631, 1688. 


  • Corte Superior
  1. Declaratoria de heredero no es nula por duplicidad de partidas de nacimiento, pues la ley no declara nulidad de esta situación [Exp. 02628-2001-0]. Link: lpd.pe/037Nn
  • Tribunal Registral
  1. Inscripción de testamento común en dos partidas registrales separadas no convalida nulidad sancionada por el artículo 814 del Código Civil [Resolución 2590-2019-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/26xgG 
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