Fundamentos destacados: TERCERO.- De la revisión de los actuados se tiene a folios 1064/1068, la resolución N° 79 en cuyo primer punto resolutivo, sostiene: “RECHAZAR DE PLANO las solicitudes de INTERVENCIÓN formuladas por PEDRO MEJÍA VÁSQUEZ y por SALATIEL COTRINA GUEVARA”; dicha resolución fue materia de análisis por el Superior Jerárquico, quien por Auto de Vista N° 02 (expedida en el cuaderno 50) confirmó la decisión adoptada por este Juzgado.
CUARTO: Como consecuencia de lo anteriormente acotado, es posible afirmar que las personas de PEDRO MEJÍA VÁSQUEZ y SALATIEL COTRINA GUEVARA, no forman parte del proceso ni poseen legitimidad para interponer recursos impugnatorios; por lo que, sus recursos deben ser RECHAZADOS DE PLANO al no encontrarse legitimados para su interposición.
6° JUZGADO CIVIL
EXPEDIENTE : 02430-2000-0-1601-JR-CI-03
MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS
JUEZ : MELENDEZ MOZZO JUAN CARLOS
ESPECIALISTA : LOPEZ ALFARO ASIA
PERITO : ANICAMA GOMEZ JOSE ENRIQUE, CHUNGA INCIO, JOSE ALEJANDRO PELAEZ DONET, WILSON DEL CARMEN ANICAMA GOMEZ, JOSE ENRIQUE PELAEZ DONET WILSON DEL CARMEN, CHUNGA INCIO JOSE ALEJANDRO
TERCERO : PEDRO MEJIA VASQUEZ, SALATIEL COTRINA GUVARA , CARLOS ENRIQUE NINAQUISPE TOCTO
DEMANDADO : MEJIA DE PALMA, BREMILDA PALMA OSORIO, CRISTOBAL WONG MONTOYA, JORGE AUGUSTO
DEMANDANTE : REYES ALMONACID, CARLOS ALBERTO
Resolución Nro. OCHENTA Y CINCO
Trujillo, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós.

AUTOS Y VISTOS, con los actuados y escritos N° 63432-2022 y N° 63488-2022 que anteceden; AGRÉGUESE y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Mediante escrito N° 63432-2022 la persona de PEDRO MEJÍA VASQUEZ interpuso recurso de apelación contra la resolución número ochenta y cuatro que dispone el endoso de S/151,025.69 soles a favor del sucesor procesal Carlos Alberto Reyes Almonacid; de igual forma y contra el mismo acto, con escrito N° 63488-2022, SALATIEL COTRINA GUEVARA formuló recurso de apelación.
SEGUNDO: El artículo 364° del Código Procesal Civil, refiere: “el recurso de apelación tiene por objeto que el órgano jurisdiccional examine, a solicitud de parte o de tercero legitimado, la resolución que les produzca agravio, con el propósito de que sea anulada o revocada, total o parcialmente.”.
TERCERO: De la revisión de los actuados se tiene a folios 1064/1068, la resolución N° 79 en cuyo primer punto resolutivo, sostiene: “RECHAZAR DE PLANO las solicitudes de INTERVENCIÓN formuladas por PEDRO MEJÍA VÁSQUEZ y por SALATIEL COTRINA GUEVARA”; dicha resolución fue materia de análisis por el Superior Jerárquico, quien por Auto de Vista N° 02 (expedida en el cuaderno 50) confirmó la decisión adoptada por este Juzgado.
CUARTO: Como consecuencia de lo anteriormente acotado, es posible afirmar que las personas de PEDRO MEJÍA VÁSQUEZ y SALATIEL COTRINA GUEVARA, no forman parte del proceso ni poseen legitimidad para interponer recursos impugnatorios; por lo que, sus recursos deben ser RECHAZADOS DE PLANO al no encontrarse legitimados para su interposición.
Por estas consideraciones, SE RESUELVE:
1) RECHAZAR DE PLANO el recurso de apelación interpuesto por PEDRO MEJÍA VASQUEZ contra la resolución número OCHENTA Y CUATRO del 25 de noviembre de 2022.
2) RECHAZAR DE PLANO el recurso de apelación interpuesto por SALATIEL COTRINA GUEVARA contra la resolución número OCHENTA Y CUATRO del 25 de noviembre de 2022.
3) CÚRSESE los partes judiciales a los que hace referencia la resolución N° 84. NOTIFÍQUESE conforme a ley.



![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Jurisprudencia del artículo 200.2 de la Constitución.- [Procesos constitucionales]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/BANNER-UNIVERSAL-CONTITUCION-LIBRO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![[Balotario notarial] Competencia notarial en asuntos no contenciosos. Bien desarrollado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/COMPETENCIA-NOTARIAL-CONTECIOSOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![CAS: Solo pueden negociarse condiciones de trabajo permitidas en el régimen CAS; por ende, no es válido homologar beneficios de régimen laboral distinto (como CTS u otros) [Informe técnico 000518-2025-Servir-GPGSC] servidor - servidores Servir CAS - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Trabajadores-Servir-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Si te has desafiliado de tu sindicato te corresponde los beneficios pactados por convenio colectivo? [Informe 000078-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Mediante el contrato por incremento de actividad el empleador puede aumentar la producción por propia voluntad y no por factores exógenos o coyunturales, lo cual debe estar establecido en el contrato y poderse acreditar [Casación 41701-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Disponen el aumento del alumbrado público en vías con índices de criminalidad comprobada [Decreto Legislativo 1740]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/Cableado-Cables-electricos-luz-poste-corte-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de la Ley que crea incentivos económicos y fiscales para el fomento de las actividades cinematográficas [Decreto Supremo 001-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/cine-LPDerecho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Andrea Vidal: dictan detención preliminar a sospechosos vinculados a vehículo que la siguió antes de su asesinato [Exp. 01759-2024-5-1814-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-GENERICO-LPDERECHO12-100x70.jpg)




![Jurisprudencia del artículo 200.2 de la Constitución.- [Procesos constitucionales]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/BANNER-UNIVERSAL-CONTITUCION-LIBRO-LPDERECHO-1-100x70.jpg)


