El juez Juan Sánchez Balbuena declaró fundado el control de plazos de investigación preliminar planteada por la defensa de ex primera dama Nadine Heredia, en el proceso que se sigue en su contra por el caso Gasoducto Sur.
En ese sentido, el juez ordenó que la fiscalía concluya etapa de diligencias preliminares sobre este proceso y emita, asimismo, pronunciamiento en el plazo de diez días para decidir si formaliza investigación preparatoria.
De acuerdo con la tesis fiscal, en el presente caso se investiga presuntos actos de corrupción en el proyecto denominado Gasoducto Andino del Sur, cuya concesión se otorgó el 23 de octubre del 2008, a la empresa Kuntur Transportadora de Gas (Odebrecht).
Dicha contrato culminó, casi 06 años después, el 04 de noviembre de 2014, sin que la empresa haya dado inicio a la ejecución física de la obra y sin que el Estado declare la caducidad del contrato y ejecute la carta fianza de más de US$ 66.7 millones; para ello, se habría mantenido la suspensión del plazo de la evaluación del cronograma de ejecución de obra por varios años, y se habría decidido someter la decisión de la devolución de la carta fianza indebidamente a un “experto técnico”, cuando dicha decisión debía estar a cargo de un Tribunal Arbitral Internacional.
![Colusión: Las irregularidades en la convocatoria y ejecución de una ADS —incorrecta determinación de bienes o del valor de mercado; indebida adjudicación; plazos y recepciones irregulares; sobrevaloraciones; y omisión de penalidades— no constituyen simples infracciones administrativas, sino un patrón de concertación [Casación 3441-2023,Lambayeque, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
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