Mediante un comunicado, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) expresa su preocupación por el predictamen aprobado por la Comisión de Constitución del Congreso, que propone modificar artículos del nuevo Código Procesal Constitucional. El JNE subraya que estas modificaciones perjudican el derecho de los ciudadanos y entidades públicas a impugnar decisiones del Congreso, especialmente en lo relacionado con el sistema electoral.
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Además, advierte que estas alteraciones socavan la división de poderes y disminuyen la protección de los derechos humanos, contraviniendo los principios democráticos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Perú en 1978.
JNJ: Modificaciones del Congreso al Código Procesal Constitucional afectarían seguridad jurídica
PRONUNCIAMIENTO DEL PLENO DEL JNE
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, expresa su preocupación por el predictamen aprobado por una comisión del Congreso de la República que modifica artículos del nuevo Código Procesal Constitucional. Por ello manifestamos lo siguiente:
1. La división y el equilibrio de poderes son pilares fundamentales del Estado de Derecho; de igual manera lo es el control judicial de las decisiones de los poderes públicos en los procesos constitucionales a su cargo, con ello, se garantiza la institucionalidad y seguridad jurídica del país. Así se materializa la protección judicial, reconocida en el art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece la existencia de un recurso efectivo que ampare los derechos fundamentales de los ciudadanos.
2. El Predictamen que aprobó la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República el 17 de este mes recaído en 13 proyectos de ley acumulados que modifican numerosos artículos del nuevo Código Procesal Constitucional, que contienen cambios normativos sustanciales en dicho Código que afectan el derecho de los ciudadanos y de los poderes públicos a cuestionar las decisiones emitidas por el Congreso de la República, en particular los referidos directa o indirectamente a asuntos del funcionamiento del sistema electoral.
3. Rebajar el nivel de protección de los derechos trae como consecuencia, el ejercicio incontrolado del poder, situación preocupante que no corresponde ser aceptada por la ciudadanía democrática.
4. El Estado Peruano tiene el deber de apuntar hacia la mayor protección y garantía de los derechos humanos y no recortar o retroceder en lo avanzado en el cumplimiento del apotegma del Desarrollo Progresivo consignado en el art. 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Cabe precisar que el Perú ratificó la indicada Convención en 1978.
Por ello, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones alerta a la colectividad sobre el recorte que el proceso legislativo indicado implica e invoca al respeto de los valores democráticos, que son pilares de nuestra vida republicana.

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