Extrabajador del Congreso, Daniel Luza, aseguró que «por un error involuntario» traslado la cámara institucional, y dejó en su oficina su equipo personal, al mitin de Fuerza Popular. De acuerdo a Luza, ambos equipos cuentan con «características muy similares», como misma marca, modelo y estuche.
En sus descargos dirigidos a la Jurado Electoral Especial (JEE) señaló que, debido a este parecido, no se dio cuenta del error oportunamente. Asimismo, alegó que el personal de seguridad no lo revisó al salir de la institución:
Ello debido a que ya venía laborando un tiempo considerable en el Congreso de la República, por lo que no era necesario mayor revisión sobre mi persona y porque este incidente no lo había presentado antes.
El último 7 de noviembre, el JEE de Pacasmayo dispuso que se «precise e identifique al servidor público» del Congreso que «utilizó la cámara institucional para filmar» el mitin de Fuerza Popular.
El documento, además, pide identificar a la persona que asumió funciones de oficial mayor en el momento que ocurrieron los hechos, debido a que Giovanni Forno señaló en sus descargos que se encontraba de vacaciones durante ese periodo.
El 5 de noviembre, el JEE dispuso correr traslado de los informes de fiscalización a Fernando Rospigliosi, presidente del Congreso, y a Giovanni Forno Flórez, oficial mayor, a fin de que en un plazo no mayor de un día calendario procedan a realizar sus descargos.
Sin embargo, el parlamentario solicitó el archivo de la investigación en su contra. En el documento, precisó que su función consiste en «garantizar el funcionamiento del Congreso», pero no es su responsabilidad ser el «gestor operativo directo de bienes» ni de su custodia.
«Si el hecho base (uso indebido) no está individualizado y no se demuestra nexo de participación o conocimiento por parte del presidente, entonces no puede proyectarse responsabilidad por neutralidad en su contra», alegó.

El procedimiento se originó por un presunto uso indebido de una cámara institucional del Congreso durante un mitin político vinculado a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori. Según el informe:
El Sr. Fernando Rospigliosi Capurro, el Presidente del Congreso de la República, en su calidad de máxima autoridad administrativa y jerárquica de la institución, incurrió en responsabilidad funcional al no cautelar el uso adecuado de los bienes públicos bajo su custodia, acto que favoreció a la organización política Fuerza Popular, conducta que configuraría una infracción conforme al subnumeral 32.1.2, del numeral 32.1 del articulo 32° del Reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral
La coordinadora de fiscalización del JEE, Luz María Chiroque Cruz, señaló que «la renuncia del servidor no extingue su responsabilidad y su conducta podría configurar peculado por uso, situación que se enmarca en el artículo 387 del Código Penal«. Asimismo, enfatizó que el acto constituiría una infracción conforme al artículo 32 del Reglamento de propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral.
El órgano electoral también observó posibles omisiones funcionales en las máximas autoridades del Congreso. Sobre el oficial mayor, se indica que «no cauteló el uso adecuado del bien institucional que fue empleado en una actividad partidaria». En cuanto a Rospigliosi Capurro, el informe sostiene que «incurrió en responsabilidad funcional al no cautelar el uso adecuado de los bienes públicos bajo su custodia, acto que favoreció a la organización política Fuerza Popular».
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