Fundamento destacado: PROPUESTA B: A favor: Mariella Aldana, Mirtha Rivera, Jorge Tapia, Carmen Montoya, Gladys Oré, Pedro Alamo, Gloria Salvatierra, Luis Aliaga y Arturo Mendoza. Total: 09 votos.
En contra: Gustavo Zevallos, Milagritos Lúcar, Rosario Guerra, Walter Morgan, Yovana Fernández, Jessica Sosa y Esben Luna. Total: 07 votos.
Por lo tanto, se aprueba como ACUERDO PLENARIO mantener el precedente aprobado en el Pleno 166% y su precisión acordada en el Pleno 198%, precisando en el sentido que serán las instancias registrales las que oficiarán a la autoridad competente a efectos de obtener el documento que acredite la naturaleza rural del predio.
No habiendo otro tema que tratar se dio por concluida la sesión del Pleno siendo las 05:00 p.m. del día lunes 20 de mayo de 2019, procediéndose a la suscripción de la presente acta por parte del presidente y del secretario técnico del Tribunal Registral, de conformidad con lo previsto en el artículo 29 del Reglamento del Tribunal Registral.
CCXI PLENO REGISTRAL
SESIÓN EXTRAORDINARIA – MODALIDAD NO PRESENCIAL
En la ciudad de Lima, siendo las 09:00 a.m. del día lunes 20 de mayo de 2019, se reunió el Pleno Registral, bajo la modalidad no presencial, con la participación de los vocales: Nora Mariella Aldana Durán quien preside la sesión, Pedro Álamo Hidalgo como Secretario Técnico, Rosario Guerra Macedo, Mirtha Rivera Bedregal, Gladys Oré Guerra, Jessica Sosa Vivanco, Milagritos Lúcar Villar, Gustavo Zevallos Ruete, Arturo Mendoza Gutiérrez, Yovana Fernández Mendoza, Walter Morgan Plaza, Carmen Montoya Montoya, Jorge Tapia Palacios y Esben Luna Escalante.
Lugar:
– Sede de la Primera, Segunda y Tercera Salas: Sede de la SUNARP en av. Pardo y Aliaga n.° 695, cuarto piso, San Isidro.
– Sede de la Cuarta Sala: Oficina Registral de Trujillo – Zona Registral n.° V – Sede Trujillo.
– Sede de la Quinta Sala: Oficina Registral de Arequipa – Zona Registral n.° XII – Sede Arequipa.
Quórum e instalación:
Contando con la participación de 16 vocales del Tribunal Registral (titulares y suplentes), la presidenta del Tribunal Registral Nora Mariella Aldana Durán declaró válidamente instalado el Pleno.
Agenda:
La Segunda Sala solicita convocatoria a Pleno Extraordinario para resolver el título N* 2018-2410747, procedente de Cañete, para revisar el precedente aprobado en el CXCVII| del 26/10/2018, por ser motivo de denuncia ante Indecopi (Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas).
La agenda del Pleno se realizará en el siguiente horario:
09:00 a 09.30 Instalación.
09:30 a 12:30 Debate del tema.
15:00 a 16:00 Planteamiento de posiciones finales.
16:00 a 16:30 Votación.
16:30 a 17:00 Fin del Pleno.
Desarrollo
La vocal Rosario Guerra señala:
Estimados y estimadas Vocales
La certificación de predio de uso agrícola ha sido tomada del TUPA de Cofopri, aprobado por D.S. 010-2006-AG, sin embargo esta norma luego fue derogada por el nuevo TUPA 022-2012-VIVIENDA que ya no prevé ese requisito. Esta certificación tenía como finalidad acreditar la condición de predio rústico no agrícola para fines de otorgamiento de concesiones mineras. Si un predio era agrícola entonces no se otorgaba la concesión.
Luego de la derogatoria, Cofopri dejó de tener competencia y mediante informe N° 050-2013-COFOPRI/AJ se concluyó que quienes tenían competencia eran los Gobiernos Regionales.
En el caso que se plantea en el pleno, lo que se busca es acreditar que el predio es agrícola para excluirlo de ser un predio eriazo. Esta certificación no la hace nadie actualmente y tan solo se puede obtener una certificación para fines de otorgamiento de concesión minera, siempre que el gobierno regional tenga a bien darla, puesto que no todos la están otorgando.
[Continúa…]