La Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, presidida por la legisladora Luciana León (Apra), revisará este martes desde las 10:00 a.m. el pedido del Poder Judicial para que se levante esta prerrogativa a los legisladores Moisés Mamani (Fuerza Popular) y Edwin Donayre (Alianza para el Progreso).
Lea también: Denunciado por acoso a congresista Marisa Glave: «Son bromas en buena onda»
Ambos casos se encuentran en distintas etapas. La congresista Luciana León explicó que mañana se debatirá el informe elaborado por la secretaría técnica del grupo de trabajo a favor de levantar la inmunidad a Moisés Mamani.
Así pues, el legislador de Puno, hoy suspendido 120 días su cargo, fue denunciado por una tripulante de Latam por tocamientos indebidos, delito por el que la justicia busca que sea procesado penalmente.
Lea también: Salaverry anuncia concurso público en marzo para contratar personal en el Congreso
En ese sentido, Luciana León, adelantó que la secretaría técnica de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria ha recomendado que se declare fundado esa solicitud. “Se verá la solicitud de levantamiento de la inmunidad para que el Poder Judicial pueda hacer las acciones [correspondientes] en el caso del congresista Mamani. […] Hay un predictamen. Pero eso se va a someter el día de mañana al voto y ya se verá si procede o no”, comentó.
El caso de Edwin Donayre
Ahora bien, en el caso del legislador Edwin Donayre, a propuesta de la legisladora Luciana León, la comisión decidió proceder con o sin el informe requerido a la Comisión de Constitución en diciembre pasado.
El parlamentario de Alianza para el Progreso fue hallado culpable del delito de peculado por el denominado caso ‘gasolinazo’, por lo que fue sentenciado a más de cinco años de prisión efectiva. Desde septiembre, la justicia pide al Congreso que se le levanta la inmunidad de arresto a fin de que cumpla con lo resuelto.
El legislador Alberto Quintanilla (Nuevo Perú) recordó que existe una controversia en la comisión sobre si procede la solicitud judicial con una sentencia en primera instancia.
Lea también: Presentan «acción reivindicatoria» contra conocida marca de pollerías La Panka
“Porque ya hay una sentencia firme en el Poder Judicial, porque se le está juzgado con un código de procedimientos que así lo permite. El otro código diría que se tiene que agotar la segunda instancia, que no es el caso”, apuntó.
La presidenta de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad, Luciana León, dio cuenta que este martes se someterá a votación si es que se da trámite o no el pedido.
“El caso del congresista Donayre es para admitir a trámite para que él pueda [luego] formalmente hacer sus descargos”, acotó León.
De acuerdo con el Reglamento del Congreso, una vez admitida la solicitud, se convoca a una sesión entre los tres días hábiles posteriores para que la el congresista ejerza su defensa y a partir de allí se haga el informe.
De llegarse a aprobar el documento en el grupo de trabajo, queda pendiente a que sea puesto en la agenda del siguiente pleno. Actualmente el Legislativo se encuentra en receso hasta el 7 de marzo, aunque la Comisión Permanente también puede pronunciarse, explicó Luciana León.
[LO ÚLTIMO] Secretaría Técnica recomienda levantar inmunidad a Moisés Mamani ► https://t.co/oYIW8cxAGV pic.twitter.com/iozl17VIP1
— Canal N (@canalN_) 4 de febrero de 2019
![Sentencia del TC que declaró la constitucionalidad de la Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad) viola su propia jurisprudencia consolidada y vigente en el ordenamiento jurídico peruano durante más de catorce años y con ello genera riesgos de responsabilidad internacional para el Estado peruano (caso Esterilizaciones Forzadas) [RN 1684-2022, Nacional, ff. jj. 12.2-12.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El estado laboral de vacaciones de un policía intervenido en flagrancia del delito de tráfico ilícito de drogas configura la circunstancia agravante específica cuando los actos de abuso funcional ocurrieron previamente [Casación 904-2022, Cusco, ff. jj. 24-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/mininter-pnp-contra-el-crimen-LPDERECHO-218x150.jpg)


![No se puede asumir que, en ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, al considerar que las resoluciones en otros procesos eran arbitrarias, se pueda justificar su conducta evasiva de la justicia al ocultarse de las autoridades (caso Cerrón Rojas) [Exp. 00062-2021-40-5002-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/VLADIMIR-CERRON-DOCUMENTO1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Los jueces tienen la obligación de no asumir una acepción tácita del silencio, pero si a darle un sentido interpretativo del mismo que pueda ayudar a dilucidar la causa [Casación 2987-2022, Piura f. j. 6.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)



![[Balotario notarial] La función notarial y los instrumentos públicos notariales: estructura, límites y naturaleza administrativa](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/FUNCION-NOTARIAL-GESTION-PERU-LPDERECHO-218x150.jpg)


![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)

![Las medidas correctivas adoptadas tras un accidente laboral no liberan de responsabilidad al empleador [Resolución 0036-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/accidente-laboral-construccion-indemnizacion-caida-lesiones-dano-LPDerecho-218x150.png)
![Si bien el art. VII del CPConst. establece que los jueces no pueden dejar de aplicar una norma cuya constitucionalidad fue confirmada por el TC, dicha disposición aplicada de forma sistemática con el art. VI del mismo cuerpo normativo, nos permite advertir que persiste la obligación que se estableció en el precedente vinculante recaído en el Exp. 00024-2010-PI/TC [RN 1684-2022, Nacional, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sala prohíbe cautelarmente el uso de los caballos para reprimir multitudes [Expediente 00316-2018-86]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/policia-montada-peru-protesta-caballo-LPDerecho-218x150.png)
![La no efectiva y válida notificación de la sentencia condenatoria al imputado genera indefensión, pues se le habría imposibilitado conocer el contenido de dicha sentencia y, por tanto, impugnarla [Exp. 01649-2024-PHC/TC, f. j. 11] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Aprueban características de los medios de defensa a emplearse por el personal de serenazgo municipal [Resolución Ministerial 0323-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/serenazgo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento de financiamiento de fondos partidarios de la ONPE [Resolución Jefatural 000042-2026-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-LPDerecho-218x150.jpg)
![JNE precisan condiciones para aplicar valla electoral en las elecciones generales 2026 [Acuerdo del Pleno (12/3/2026)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/JNE-218x150.png)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)

















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)






![Sentencia del TC que declaró la constitucionalidad de la Ley 32107 (que prescribe delitos de lesa humanidad) viola su propia jurisprudencia consolidada y vigente en el ordenamiento jurídico peruano durante más de catorce años y con ello genera riesgos de responsabilidad internacional para el Estado peruano (caso Esterilizaciones Forzadas) [RN 1684-2022, Nacional, ff. jj. 12.2-12.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)


