Compartimos con ustedes el articulo, denominado «La influencia de los medios de comunicación sobre las decisiones judiciales. Consideraciones generales sobre los casos de los expresidentes en el perú», de la doctora Emperatriz E. Pérez Castillo.
Para que se hagan una idea de lo que trae el artículo, compartimos el resumen.
Resumen
El presente trabajo tiene como objetivo establecer que la competencia de los medios de comunicación no siempre es informativa, sino que por lo general obedecen a sus propios intereses (económico, político, social, etc.), creando para ello una corriente de opinión que da lugar a juicios paralelos con el propósito de influenciar en las decisiones judiciales, sobre todo cuando se trata de difundir las noticias sobre las investigaciones contra presidentes de la república y otros funcionarios, precisamente por el cargo público que desempeñan, afectándose severamente sus derechos fundamentales dada la exposición mediática que se produce. En el desarrollo usamos una metodología cualitativa desde una perspectiva conceptual y empírica. Así, de la revisión de la doctrina contemporánea y las diferentes teorías sobre el hecho mediático encontramos que van desde las que cumplen con los estándares periodísticos y de ética a las libertarias que llegan al sensacionalismo, así como las nuevas corrientes de agenda setting, framing entre otros, que deciden la noticia que se va a consumir. Abordamos los juicios paralelos, así como los derechos fundamentales de los investigados que se ven afectados con tales juicios, para luego remitirnos al caso concreto de las investigaciones contra los expresidentes de la República y otros funcionarios públicos desde el año 2000 y la crisis de diversa índole que ello generó; advirtiendo que muchas de las decisiones judiciales que se adoptaron obedecieron a los intereses de la prensa.




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![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
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