La Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi en Chimbote sancionó al colegio María de las Mercedes del distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa (Áncash), con una multa de 15 UIT. La sanción se impuso por exponer a los escolares a un riesgo injustificado al no garantizar condiciones mínimas de seguridad en sus instalaciones.
Los hechos ocurrieron el 20 de junio de 2023, cuando colapsó el techo del aula azul del 5.° grado de primaria mientras se dictaban clases. Cuatro estudiantes resultaron heridos y fueron trasladados a una clínica local. Ese mismo día, personal del Indecopi acudió al local para realizar una inspección.
Durante la fiscalización se constató que el colegio había sido clausurado por la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, y que el servicio académico se desarrollaría de manera virtual. También se verificó que el desprendimiento de la losa fue ocasionado por daños internos acumulados, entre ellos, humedad prolongada, corrosión del acero y filtraciones de agua.
Además, el informe técnico advirtió que las superficies del techo habían sido frisadas y pintadas, lo que habría ocultado los daños reales.
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El Indecopi concluyó que el colegio vulneró el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual exige que los servicios no generen riesgos injustificados para la salud o seguridad de los usuarios.
Indicó que no se trató de un hecho fortuito, sino de una omisión atribuible al proveedor, quien no adoptó medidas oportunas para prevenir el deterioro de la infraestructura, pese a conocer desde antes la existencia de lluvias intensas.
En su defensa, el colegio argumentó que los daños fueron causados por factores climáticos y que ya había sido sancionado por la municipalidad. Alegó así la aplicación del principio de non bis in ídem.
No obstante, Indecopi descartó este argumento, señalando que la sanción municipal respondió a condiciones edilicias, mientras que la competencia del Indecopi se centró en el riesgo generado durante la prestación del servicio educativo.
La institución también solicitó que se le aplicara una atenuante por reconocimiento de responsabilidad. Sin embargo, el Indecopi aclaró que este fue condicionado a que previamente se analizara su responsabilidad, por lo que no fue válido como reconocimiento expreso.
El caso fue resuelto en primera instancia administrativa por la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi en Chimbote, mediante la Res. Final 0072-2025/INDECOPI-CHT, emitida el 23 de abril de 2025. Esta decisión no agota la vía administrativa, y el colegio tiene posibilidad de apelar ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor.
LP Pasión por el Derecho accedió a la Resolución Final 0072-2025/INDECOPI-CHT, mediante la cual la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi en Chimbote sancionó en primera instancia al colegio María de las Mercedes con una multa de 15 UIT. Se solicita que, al hacer uso de esta información, los medios citen adecuadamente a nuestra fuente.
RESOLUCIÓN FINAL 0072-2025/INDECOPI-CHT
DELEGACIÓN: PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
AUTORIDAD: COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI ÁNCASH SEDE CHIMBOTE
IMPUTADO: CEP. MARÍA DE LAS MERCEDES S.A.C.[1]
MATERIA: PROCEDIMIENTO SANCIONADOR POR INICIATIVA DE LA AUTORIDAD
ACTIVIDAD: ENSEÑANZA PRIMARIA Y SECUNDARIA
SANCIÓN: 15 UIT
Chimbote, 23 de abril de 2025
I. ANTECEDENTES
1. El 20 de junio de 2023, personal de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del Indecopi en Áncash sede Chimbote (en adelante, la Secretaría Técnica), tomó conocimiento, a través de la página web del diario “La República”[2], que el 20 de junio de 2023, cuatro estudiantes del colegio María de las Mercedes del distrito de Nuevo Chimbote, resultaron heridos luego del colapso del techo de una de las aulas de dicho establecimiento.
2. Por lo que el 20 de junio de 2023, personal de fiscalización de la Secretaría Técnica, realizó una diligencia de inspección en la Av. Huaraz Mz. C Lt. 23 – 24 de la ciudad de Nuevo Chimbote, donde se ubica el colegio María de las Mercedes, conducido por C.E.P. María de las Mercedes S.A.C. (en adelante, el Colegio), con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código).
3. Durante el desarrollo de la diligencia de inspección se verificó que los menores heridos pertenecen al aula de 5to grado (azul) y que fueron trasladados a la clínica Bahía tan pronto ocurrieron los hechos, con apoyo del personal docente de la institución educativa, así mismo, se dejó constancia que el servicio académico se realizaría de manera virtual, debido a la clausura del establecimiento, ordenado por la Municipalidad de Nuevo Chimbote.
[Continúa …]
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Esta información se basa en la Resolución Final N.º 0072-2025/INDECOPI-CHT, emitida por la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi Chimbote. El colegio puede apelar esta decisión ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor.
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