La Sala Especializada en Propiedad Intelectual (SPI) del Tribunal del Indecopi confirmó, en última instancia administrativa, la sanción impuesta en primera instancia por la Comisión de Derecho de Autor (CDA) a la empresa Capri Internacional S.A., por infringir las normas sobre derecho de autor y derechos conexos al comercializar el álbum World Cup Rusia 2018, con la denominación 3 Reyes y la aplicación móvil Virtual Stickers, sin la debida autorización.
A través de la Resolución 1055-2019/TPI-INDECOPI, la SPI confirmó la Resolución Nº 609-2018/CDA-INDECOPI que sancionó a la empresa Capri Internacional S.A., con una multa de 114 UIT, equivalente a S/ 473 100 (cuatrocientos setenta y tres mil cien soles).
Luego de la apelación presentada por Capri Internacional ante la SPI, la Sala concluyó que la empresa infringió los derechos patrimoniales de reproducción y distribución sobre las fotografías incluidas en el álbum World Cup Rusia 2018, así como en los stickers, ya que no tenía la autorización de los titulares de dichas piezas para explotarlas comercialmente.
En su decisión, la SPI consideró que, en relación a la reproducción y distribución de las obras fotográficas incluidas en el álbum 3 Reyes, la citada empresa no logró acreditar que el autor de las fotografías materia de denuncia sea Pier Giorgio Giavelli, ya que estas aparecen con anterioridad en páginas web de selecciones de fútbol, las mismas que sí señalan a los autores de dicho material fotográfico.
Asimismo, respecto de la reproducción y comunicación pública de grabaciones de imágenes en movimiento no consideradas obras, correspondientes a fragmentos de partidos de fútbol, a través de la aplicación móvil de realidad aumentada denominada Virtual Stickers o Virtual Sticker, la SPI consideró que Capri Internacional también incurrió en infracción debido a que, mediante el álbum 3 Reyes, se descargaban imágenes sobre las cuales no contaban con la autorización de su titular (Media Networks Latin America S.A.C.).
La información contenida en esta comunicación se refiere a decisiones adoptadas por la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal del Indecopi, órgano que pertenece al área resolutiva de la institución y que está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente. Los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no están sujetas a control por parte del presidente del Consejo Directivo, de la Gerencia General o de cualquiera de las Gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, conforme a lo establecido en el artículo 21° de Ley de Organización y Funciones del Indecopi.
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Fuente: Indecopi
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