María Candelaria Quispe Ponce
Grupo de Investigación sobre el Derecho y la Justicia de la Universidad Carlos III de Madrid
El Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional, ha lanzado la colección «Mujeres juristas», una nueva línea editorial destinada, fundamentalmente, a rescatar y reconocer (Fraser, 2008) la contribución académica de la primera generación de abogadas al Derecho y, de forma particular, al Derecho Constitucional peruano. Se trata de sacar a la luz, el poco conocido, y menos aún difundido, aporte intelectual del importante grupo de mujeres ilustradas que, en la primera mitad del siglo XX y bajo el auspicio de la Ley N.° 801, promulgada en 1908[1], consiguió acceder a una de las carreras universitarias «masculinas» por excelencia, como es el Derecho[2].
La colección «Mujeres juristas» será inaugurada –en alianza editorial con la Fundación Ella Dunbar Temple– con la publicación del libro La institución del jurado (1938), que tiene origen en la tesis de bachiller en Derecho defendida en la Pontificia Universidad Católica del Perú, por quien fuera la primera mujer en ocupar una cátedra universitaria en el Perú, la abogada y doctora en Historia y Literatura Ella Dunbar Temple (Ramos Núñez, 2019).
La presentación de la obra tendrá un escenario extraordinario: la 24ª Feria Internacional del Libro de Lima 2019 «Universo Vargas Llosa». En el evento participará el impulsor de la colección, el magistrado Carlos Ramos Núñez, director general del Centro de Estudios Constitucionales del TC, quien comentará la obra este domingo 21 de julio a las 18:00 horas en la Sala Ciro Alegría (en este acto, como es habitual en las presentaciones de los libros editados por el CEC, se entregarán ejemplares de la obra a las y los asistentes[3]).
Pues bien, si la publicación de «La institución del jurado (1938)» de la profesora Dunbar Temple es motivo de celebración; sin duda, lo será también la publicación del segundo libro que formará parte de la colección «Mujeres juristas». Se trata de una investigación realizada sólo tras doce años de instaurada la Ley que reconoce el derecho de las mujeres de acceder a la educación universitaria en el Perú. El título de la obra enuncia con meridiana claridad la importancia del tema que aborda: «Un aspecto de la historia del derecho peruano. Las constituciones (1920)», cuyo origen se encuentra en la tesis que, para optar el grado de doctora, fuera defendida en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, por la abogada Rosa Dominga Pérez Liendo.
De este modo, el Centro de Estudios Constitucionales pone a disposición de la ciudadanía en general y, especialmente, de las investigadoras e investigadores en derecho constitucional, la producción intelectual de las primeras juristas. De aquellas mujeres que lograron hacer realidad el sueño de Trinidad María Enríquez, que de hecho fue la primera abogada del Perú y de América Latina, al haber conseguido acceder a la universidad ya hacia 1875, no sin antes someterse a las rigurosas evaluaciones y, a su vez, efectuar el correspondiente trámite de «autorización» que se exigía en esa época. Aunque, lamentablemente, nunca le fuera otorgado el título de abogada, pese a encontrarse expedita para ello y al dilatado proceso que instaurara con tal fin. Proceso que Trinidad María prosiguió con la tenacidad que le caracterizaba, hasta los últimos días de su vida (Ramos y Baigorria, 2017), con lo que dejó a las mujeres peruanas un legado extraordinario.
No obstante su relevancia, la obra producida por las primeras mujeres que consiguieron acceder a la universidad es aún muy poco conocida. Aún cuando en las últimas décadas se ha ido rescatando del olvido la producción académica e intelectual de las mujeres en el ámbito educativo y literario –Clorinda Matto de Turner (Cuzco, 1854-Buenos Aires, 1909), Carolina Freyre de Jaimes (Tacna, 1844-Buenos Aires, 1916), Mercedes Cabello de Carbonera, (Moquegua, 1843-Lima, 1909), Teresa González de Fanning (Ancash, 1836-Lima, 1918), Lastenia Larriva (Lima, 1848-1924)–, entre otras, no ha sucedido lo mismo en el caso de la aportación de las mujeres al ámbito jurídico.
Es más, si bien en las dos últimas décadas han salido a la luz importantes trabajos que dan cuenta de «qué mujeres estudiaron en qué facultades en el periodo que va de la posguerra con Chile a 1920» (Mannarelli, 2018). Trabajos que, sin duda, permiten ubicar a aquellas mujeres que en una primera fase, ingresaron a la universidad con el requisito de la «autorización» (Chamorro, 2012), y aquellas que, en una segunda fase, ingresaron libres de tal permiso –es decir, bajo la regulación de la «Ley N.° 801– y se graduaron. Sin embargo, la producción intelectual –traducida, fundamentalmente, en las tesis– de esas mujeres espera ser estudiada. De ahí la relevancia de la «Colección Mujeres juristas» que inaugurará el Centro de Estudios Constitucionales del TC, ya que pondrá al alcance de toda la ciudadanía, las tesis inéditas –convertidas en libros–de las primeras abogadas del Perú. Promoviendo, de esta manera, no sólo el reconocimiento de la labor intelectual de estas mujeres sino también la investigación, el análisis y la reflexión en el marco de un Estado Constitucional de Derecho que reconoce el principio de igualdad y no discriminación.
Bibliografía
- Chamorro Valladares, Odalis, «La incursión de las mujeres a los estudios universitarios en el Perú: 1875-1908, Cuadernos del Instituto Antonio de Nebrija. Universidad Carlos III de Madrid, núm. 15, 2012, pp. 105-123.
- Fraser, Nancy, Escalas de la justicia, traducción de Antoni Martínez Riu, Herder, Barcelona, 2008.
- GAY, Peter, La experiencia burguesa. De Victoria a Freud. La educación de los sentidos [1984], Tomo I, Fondo de Cultura Económica, México, 1992.
- Graña, François, «El asalto de las mujeres a las carreras universitarias “masculinas”: cambio y continuidad en la discriminación de género», en Praxis, núm. 12, 2008, pp. 77-86.
- Mannarelli, María Emma, «Las mujeres en la Universidad (1974-1908): permisos y sexos confundidos», en Carrillo, Sandra y Cuenca, Ricardo (editores), vidas desiguales, mujeres, relaciones de género y educación en el Perú, Instituto de Estudios Peruanos, Lima, 2018.
- Palermo, Alicia Itatí, «El acceso de las mujeres a la educación universitaria», Revista Argentina de Sociología, Año 12, núm. 38, pp. 11-46.
- Ramos Núñez, Carlos y Baigorria Castillo,Martín, Trinidad María Enríquez. Una abogada en los Andes, Legis.pe, Lima, 2017.
[1] Ley N.° 801. Opción de grados académicos para las mujeres. «Artículo único.- Las mujeres que reúnan los requisitos que la ley exige para el ingreso á las universidades de la República, serán matriculadas en ellas cuando así lo soliciten, pudiendo obtar los grados académicos y ejercer la profesión á que se dediquen (sic)»
[2] En esa época, el Derecho era un área del conocimiento en el que «las universitarias eran un puñado de náufragas en un océano masculino» Graña (2008). De hecho, en casi todos los países, «las primeras universitarias fueron médicas, tal vez porque el impulso a la medicina parecía natural en las mujeres, tan natural como la enseñanza, pues las esposas y madres eran en el siglo XIX, como lo habían sido siempre, las supervisoras de la salud y las enfermeras en el hogar» (Gay,1992)
[3] A partir del día 21 de julio también estará disponible vía electrónica, en el portal web del Centro de Estudios Constitucionales: https://www.tc.gob.pe/cecs/pagina-principal/.
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