Como se sabe, una de las últimas decisiones tomadas por el presidente Pedro Castillo Terrones fue firmar el decreto supremo que aumentó la remuneración mínima vital (RMV) en 95 soles. Es así que el sueldo mínimo desde el 1 de mayo será de 1025 soles.
El incremento se oficializó con la emisión del Decreto Supremo 003-2022-TR, publicado el 3 de abril en el diario oficial El Peruano. A la luz de esta decisión, se han modificado también los montos por asignación familiar, aportación a EsSalud, ONP, entre otros montos que tienen como base la RMV.
A continuación presentamos un pequeño cuadro resumen sobre los efectos de la remuneración mínima vital:
Concepto |
Referencia a la RMV |
A partir del 01/05/22 |
Remuneración Mínima Vital | 1 RMV | S/ 1025.00 |
Asignación Familiar | 10% de la RMV | S/ 102.5.00 |
Aportación mínima al EsSalud | 9% de la RMV | S/ 92.25 |
Aportación mínima a la ONP | 13% de la RMV | S/ 133.25 |
Remuneraciones Especiales | Referencia a la RMV | A partir del 01/05/22 |
Trabajo Nocturno | RMV + 35% | S/ 1383.75 |
Ingreso legal mínimo minero | RMV + 25% | S/ 1281.25 |
Ingreso mínimo de periodistas colegiados | 3 RMV | S/ 3075.00 |
Remuneración diaria sector agrario | Incremento proporcional | S/ 34.16 |
Subvención modalidades formativas | 1 RMV | S/ 1025.00 |
Otros aspectos | Referencia a la RMV | A partir del 01/05/22 |
Vales de alimentos | Hasta 2 RMV | S/ 2050.00 |
Gastos de movilidad | 4% de la RMV día/trabajador | S/ 41.00 |
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