¿Habría cometido delito de discriminación la ingeniera que atropelló y agredió a vigía de obras?

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La Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jacobo Hunter, en Arequipa, abrió investigación contra Zuleika Alatrista Andía, quien habría atropellado y agredido física y verbalmente a la vigía de obras, Elena Viza Choquecondo, en la variante de Uchumayo.

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Al respecto existe un registro fílmico en donde se puede ver cómo Alatrista Andía, le recrimina a la trabajadora por supuestamente haberla agredido con una paleta de señalización.

Con un pedazo de madera en la mano, la ingeniera Zuleika Alatrista Andía comienza a insultarla y a recriminarle por la presunta agresión. Incluso en un momento del vídeo se ve cómo la golpea. Pero el ataque no quedó allí, la agresora profiere una serie de insultos despectivos y racistas, frases vulgares y denigrantes sobre el aspecto físico y el trabajo de la vigía de obras.

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Legis.pe contactó con el reconocido penalista Luis Lamas Puccio¿Habría cometido delito de discriminación la ingeniera que atropelló y agredió a vigía de obras?, fue la pregunta que se le formuló al reconocido abogado.

Luis Lamas Puccio aseguró que “desde el primer momento que asume una actitud violenta y emplea términos peyorativos en desmedro de esta vigilante sí se podría hablar de actos de discriminación”.

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En ese mismo sentido, refirió que el artículo 323 del Código Penal hace referencia a cualquier tipo de actos de contenido cultural, económico social, racial y religioso y que implican actitudes discriminadoras. Además, hay que tener en cuenta que “(la ingeniera) lo ha hecho en un espacio público en donde estaban presente transeúntes y otros ciudadanos”, comentó a sobre los insultos proferidos por Zuleika del Rosario.

De hecho “la persona que se sintiera agraviada debería demandar en la vía civil por daños y perjuicios estos hechos”, agregó. Para el especialista en derecho penal también se le podría imputar a la presunta agresora, el delito de desacato a la autoridad. “Pueden dictarse penas que puedan fluctuar entre los dos y los cuatro años”, opinó.

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El Código Penal sanciona el delito de discriminación con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de tres años, o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas.

Al término de su alocución, el abogado reflexionó sobre la situación que atraviesa nuestro país sobre temas de discriminación. “Los temas de discriminación son parte de una política de Estado. En ese contexto la norma penal también cumple una función pedagógica y rectora”, sentenció tajantemente.

La acusada Zuleika del Rosario tiene 44 años y es ingeniera civil de la Universidad Católica De Santa Maria (UCSM). Se supo que también es conductora en un medio de comunicación en Arequipa.

A tener en cuenta

En todos los delitos el móvil discriminador se sanciona con una pena mayor. En agosto de 2013 se publicó la Ley 30076, que modifica el artículo 46º del Código Penal, e incorpora como agravante: “d: Ejecutar el delito bajo móviles de intolerancia o discriminación de cualquier índole”.

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Periodista experto en judiciales y marketing jurídico, capacitador en derecho penal y constitucional, en materias de libertades comunicativas y protección de datos personales. Maestrante en comunicación transmedia por la Universidad de la Rioja (España), con estudios en la MIU City University Miami y la Universidad de Buenos Aires. Creador y director de «Se Corre Traslado», «La pepa legal», «La vida del litigante» y «Crimiadictos», producciones transmitidas a través de LP-Pasión por el Derecho.