El pasado 8 de setiembre de 2016, se publicó en el diario oficial El Peruano, la Resolución de la Fiscalía de la Nación 3963-2016-MP-FN, que aprueba cuatro guías elaboradas en mérito a lo dispuesto por la Ley 30364, «Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar».
Una de ellas es la «Guía de Valoración de Daño Psíquico en Personas Adultas Víctimas de Violencia Intencional», que esta vez compartimos con ustedes para que sea difundida.
En la parte introductoria se hace saber que «El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, ente rector de la Medicina Legal en el Perú, tiene por misión brindar consultoría técnica especializada, pericial y científica que requieran la función fiscal, judicial y otros que colaboren con el sistema de justicia. Entre sus funciones están las de emitir dictamen pericial científico y técnico especializado. En este marco el Instituto promovió la elaboración de un instrumento especializado para valorar el daño psíquico en personas adultas víctimas de violencia intencional, respondiendo así a las recomendaciones planteadas en la materia por la Defensoría del Pueblo e instancias internacionales de protección de los derechos humanos».
Más adelante se señala: «La Guía constituye un instrumento técnico oficial especializado que orienta la labor pericial de los psiquiatras, psicólogos y psicólogas del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses certificados; y, es aplicable a personas mayores de edad víctimas de violencia intencional cuando así lo ordene la autoridad competente, recomendada en la evaluación psicológica previa. Como resultado de la aplicación del instrumento y el análisis en base a su experticia, el perito se pronunciará si fuera el caso sobre la existencia y el nivel del daño psíquico».
GUÍA DE VALORACIÓN DEL DAÑO PSÍQUICO EN PERSONAS ADULTAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTENCIONAL
OBJETIVO
Uniformizar metodológicamente los procedimientos para la valoración del daño psíquico en personas adultas víctimas de violencia intencional, que realiza los psiquiatras, psicólogos y psicólogas del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses a nivel nacional, orientando la labor pericial y contribuyendo a una eficiente administración de justicia.
ALCANCE
La presente Guía es de aplicación a nivel nacional, en todas las Divisiones Médicos Legales del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público.
[Continúa…]
Descargue la resolución aquí


![Dos momentos para requerir la incoación del proceso inmediato: (i) luego de culminar las diligencias preliminares —para ello el requerimiento debe incorporar los mismos elementos de una formalización— y (ii) antes de los 30 días de formalizada la investigación preparatoria [AP 6-2010/CJ-116, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La apelación del auto que resuelve el requerimiento de proceso inmediato no tiene efecto suspensivo, pues no pone fin al procedimiento penal (doctrina legal) [APE 2-2016/CIJ-116, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El proceso de amparo contra resoluciones judiciales no es la vía para ejercer el derecho de crítica de las decisiones judiciales sin que exista de por medio una vulneración iusfundamental [Exp. 04404-2023-PA/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/AMPARO-RESOLUCIONES-CRITICA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente del Tribunal Registral sobre la extinción del derecho de enfiteusis [Res. 0038-2026-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)




![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)





![La sanción del art. 203 del CPC (concluir el proceso sin pronunciamiento sobre el fondo) opera ante la inasistencia de ambas partes a la audiencia de pruebas; sanción que no se aplica si las partes acudieron a las primeras sesiones de la audiencia, aunque posteriormente esta se reprograme por ausencia de las partes [Casación 5538-2019, Lima, ff. jj. 13-18] Poder Judicial](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Poder-judicial-palacio-de-justicia-ultimo-minuto-1-LPDerecho-218x150.png)




![Es válido que empresa azucarera despida a trabajador luego de encontrar ½ kg de azúcar en su mochila cuando este salía del trabajo; no se necesita probar quién era el propietario del bien incautado [Cas. Lab. 4600-2023, La Libertad, ff. jj. 7 y 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/banner-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Reglamento-normativo-del-TC-legislacion-LPDerecho-218x150.png)
![La finalidad de los procesos constitucionales de la libertad es otorgar protección a los derechos constitucionales, de naturaleza individual o colectiva, y reponer las cosas al momento anterior al de la vulneración o amenaza de vulneración a los mismos, además de disponer el cumplimiento de un mandato legal o de un acto administrativo [Exp. 02250-2023-PHC/TC, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC se vuelve a apartar de la STC Exp. 00413-2021-PHC/TC: Si se considera que la pena mínima del robo agravado es exhorbitante, es el legislador y no el TC el competente para determinar el quantum de la pena abstracta [Exp. 00215-2024-PHC/TC, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [RA 019-2026-P/TC] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)


![[VÍDEO] CAL: Candidatos al cargo de decano plantean sus propuestas. ¿Por quién votarás?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-Colegio-de-Abogados-de-Lima-CAL-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)



![TC se aparta de la STC Exp. 00413-2021-PHC/TC: No corresponde inaplicar el primer párr. del art. 189 del CP (que sanciona con pena mínima exhorbitante el robo agravado), ya que el legislador es el competente para determinar el quantum de la pena abstracta [Exp. 00350-2023-PHC/TC, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/tribunal-constitucional-fachada-exterior-LPDerecho-218x150.png)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Corte IDH condena al Perú por demora injustificada e innecesaria en la ejecución de decisiones judiciales en agravio de un jubilado [caso Cuadra Bravo vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Corte-IDH-fachada-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Reglamento-normativo-del-TC-legislacion-LPDerecho-324x160.png)
![Modifican Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [RA 019-2026-P/TC] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-100x70.jpg)




![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Reglamento-normativo-del-TC-legislacion-LPDerecho-100x70.png)
![Violación de menor: Irrelevancia del «consentimiento» de niña de 11 años para tener relaciones [RN 2321-2014, Huánuco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/violacion-menor-irrelevancia-consetimiento-nina-once-anos-relaciones-LP-324x160.png)