Mediante la Resolución 00099-2025-Sunarp/SN, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el formato de solicitud electrónica que se utilizará en el proceso general extraordinario de cambio de placa única nacional de rodaje, el cual será tramitado exclusivamente a través del módulo «Ciudadanos» del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp).
La iniciativa responde a la política de modernización del Estado y busca ofrecer trámites más eficientes, seguros y accesibles. De acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 094-2025-Sunarp/SN, el proceso será de carácter obligatorio, salvo cuando existan impedimentos técnicos debidamente justificados, en cuyo caso se permitirá la modalidad presencial.
Este nuevo procedimiento digital entrará en vigencia el 1 de agosto de 2025 y forma parte de las medidas adoptadas por la Sunarp en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para agilizar y transparentar la gestión del registro vehicular, en concordancia con el uso de tecnologías digitales en la administración pública.
Aprueban el formato de solicitud electrónica para el proceso general extraordinario de cambio de placa única nacional de rodaje y otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS 00099-2025-SUNARP/SN
Lima, 18 de julio de 2025
VISTOS:
La Resolución N° 094-2025-SUNARP/SN, del 11 de julio de 2025, de la Superintendencia Nacional, el Informe Técnico N° 00064-2025-SUNARP/DTR, del 17 de julio de 2025, de la Dirección Técnica Registral; el Informe Técnico N° 00354-2025-SUNARP/OTI, del 18 de julio de 2025, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe Nº 00713-2025-SUNARP/OAJ, del 18 de julio de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos es un organismo técnico especializado del sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico-administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, en virtud de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que, en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por lo que, su gestión debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua;
Que, el artículo 40 del Decreto Supremo N° 052-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, establece el derecho de los ciudadanos de acceder a los servicios públicos a través de medios electrónicos seguros para la realización de transacciones de gobierno electrónico con las entidades de la Administración Pública, como manifestación de su voluntad y en el marco de lo previsto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Ley de Gobierno Digital, establece que el gobierno digital es el uso estratégico de las tecnologías digitales y datos en la Administración Pública para la creación de valor público, con la finalidad de mejorar la prestación y acceso de servicios digitales en condiciones interoperables, seguras, disponibles, escalables, ágiles, accesibles, y que faciliten la transparencia para el ciudadano y personas en general, así como promover la colaboración entre las entidades de la Administración Pública;
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Que, mediante la Resolución N° 120-2019-SUNARP/SN, se aprueba la Directiva DI-002-SNR-DTR, Directiva que regula el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP para la generación, presentación, trámite e inscripción del Título Electrónico ante el registro, plataforma conocida como el SID-Sunarp, la cual constituye un entorno seguro y eficiente para la realización de las actuaciones del procedimiento registral en primera y segunda instancia, que no implica la exigencia de requisitos adicionales, estableciéndose como un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel, salvo en aquellos casos en que expresamente se dispone la obligatoriedad de la presentación electrónica;
Que, con la Resolución N° 094-2025-SUNARP/SN, se aprueba el procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP-SID SUNARP, de carácter obligatorio, en el marco del proceso general extraordinario de cambio de placa única nacional de rodaje y demás disposiciones normativas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo el caso que, solo cuando exista algún impedimento para realizar la solicitud electrónica, en razón al proceso de validación, será tramitada de forma presencial conforme a las disposiciones del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular. Asimismo, en el artículo 5 de la referida resolución, se dispone que, mediante resolución del Superintendente Nacional, se aprueba el formato de solicitud electrónica de cambio de placa única nacional de rodaje;
Que, en ese contexto, a través del Informe Técnico N° 00064-2025-SUNARP/DTR, la Dirección Técnica Registral sustenta la propuesta de aprobación del formato de solicitud electrónica para el proceso general extraordinario de cambio de placa única nacional de rodaje y demás disposiciones normativas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Resolución N° 094-2025-SUNARP/SN; la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Tecnologías de la Información mediante el Informe Técnico N° 00354-2025-SUNARP/OTI;
Que, por medio del Informe N° 00713-2025-SUNARP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que apruebe el formato de solicitud electrónica para el proceso general extraordinario de cambio de placa única nacional de rodaje y demás disposiciones normativas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de que se incorpore en el módulo Ciudadanos del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp – SID Sunarp;
Que, el referido órgano de asesoramiento señala que el acto resolutivo deberá ser emitido por la Superintendencia Nacional, a tenor de lo dispuesto en el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, actualizado con la Resolución N° 125-2024-SUNARP/SN, correspondiendo su publicación en el diario oficial El Peruano, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, actualizado con la Resolución N° 125-2024-SUNARP/SN, y la Resolución N° 094-2025-SUNARP/SN; con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la Oficina de Tecnologías de la Información y la Oficina de Asesoría Jurídica;
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SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el formato de solicitud electrónica de cambio de placa única nacional de rodaje
Aprobar el formato de solicitud electrónica para el proceso general extraordinario de cambio de placa única nacional de rodaje y demás disposiciones normativas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, el cual se genera a través del módulo Ciudadanos del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp – SID Sunarp.
Artículo 2.- Entrada en vigencia
Lo resuelto en el artículo 1 de la presente resolución entra en vigencia a partir del 1 de agosto del presente año.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional SUNARP