Ante sentencia de la Corte Suprema que varía el criterio aplicado anteriormente y fija su cumplimiento por todos los jueces de la República
El Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez Velarde, remitió al presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona, un documento en el que manifiesta la preocupación institucional del Ministerio Público ante una sentencia dictada recientemente por la Corte Suprema, que crea jurisprudencia vinculante para todos los jueces del país y que podría beneficiar a diversas personas procesadas como cómplices primarios en delitos de corrupción de funcionarios.
En el documento, el titular del Ministerio Público señala que la sentencia casatoria Nº 782-2015, dictada por la Sala Permanente de la Corte Suprema el pasado 6 de julio, contradice pronunciamientos emitidos por la propia Corte Suprema en años anteriores en torno a las sanciones penales que deben recaer contra aquellos que, sin ser funcionarios públicos, se ven inmersos en actos de corrupción.
Según lo manifestado por fiscales anticorrupción de diversas instancias, las sanciones a terceros implicados en delitos de corrupción de funcionarios se vienen aplicando desde que se implementó el sistema especializado en delitos de corrupción de funcionarios hace 16 años, lo que condujo a la captura y procesamiento de un gran número de personas implicadas en los graves casos de corrupción que azotaron a nuestro país en la década pasada.
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Ese criterio fue aplicado a lo largo de todos estos años y ratificado en cierto modo mediante Acuerdo Plenario Nº 02-2011/CJ-116 de la Corte Suprema. Sin embargo, la sentencia en mención modifica el criterio establecido por la Corte Suprema y exime de sanción penal a aquellas personas procesadas por actos de corrupción sin ser funcionarios públicos, estableciéndose su cumplimiento obligatorio por todos los jueces de la República. De acuerdo a la sentencia casatoria Nº 782-2015, que establece doctrina jurisprudencial obligatoria, únicamente puede sancionarse penalmente a los funcionarios públicos en casos de delitos especiales, eximiéndose de sanción a los terceros implicados y contradiciendo el acuerdo anterior adoptado por todos los jueces supremos.
Ello, de acuerdo al Ministerio Público, permitiría la liberación de un gran número de personas implicadas en delitos especiales como peculado y colusión en los que, al no existir similitud en la legislación aplicable a los delitos comunes, quedarían libres.
Ante esta variación en la posición doctrinaria del Poder Judicial y en uso de sus atribuciones, el Fiscal de la Nación pidió al presidente de dicho organismo disponga la realización de un Pleno Casatorio de Jueces en lo Penal de la Corte Suprema a fin de evaluar este grave problema suscitado en la administración de justicia, que podría favorecer a numerosas personas implicadas en casos de corrupción.
Lima, 21 de agosto de 2016




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