Un fiscal de la Fiscalía Penal Supraprovincial ha sido internado por covid-19 en el hospital Rebagliati. Así lo dio a conocer la Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima, a la par destacó que el funcionario tiene a su cargo las investigaciones de los casos Olimpo e Inti Sotelo y otros.
En razón de ello, la Coordinación de la Fiscalía Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales, a cargo del fiscal superior Daniel Jara, emitió la Resolución s/n-2021-MP-FN, a fin de disponer que se programe la aplicación de las pruebas moleculares de todo el personal fiscal y administrativo de las oficinas del Subsistema de Derechos Humanos en la sede de Carabaya. En ese mismo sentido, ordenó la suspensión de las diligencias programadas de manera presencial desde el lunes 11 al miércoles 13 de enero de 2021.
RESOLUCION S/N -2021-MP-FN-FSC-FSPN-FPS
Lima, ocho de enero del dos mil veintiuno.-
I.- VISTO:
El documento presentado por la *** Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima mediante el cual informa que el señor **** ha sido internado por presentar neumonía por COVID, para los fines pertinentes. Asimismo, reitera el pedido que tanto el personal fiscal de dicho despacho como el personal administrativo sean sometidos a pruebas moleculares para la detección del COVID en resguardo de su salud e integridad personal.
II. – CONSIDERANDO:
Primero.- Ante la urgencia y necesidad de llevar a cabo diversas diligencias para garantizar el avance de los dos casos emblemáticos a cargo de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima (Caso Olimpo y Caso Inti Sotelo y otros) se dispuso la concurrencia del personal fiscal y administrativo necesarios para tal fin.
Segundo.- Aunado a ello, algunos de los testigos y agraviados de las Carpetas N° **-2020 (Inti Sotelo y otros) y N° ***-2020 (violencia sexual por parte de efectivos de la Comisaría de Alfonso Ugarte) informaron su decisión de apersonarse a la sede fiscal a efectos que sus declaraciones sean recibidas de manera presencial. Situación que conllevó a que el personal fiscal y administrativo esté asistiendo para poder cumplir con las formalidades del caso.
Tercero.- El señor Fiscal *****, parte del equipo de trabajo de la *** Fiscalía Penal Supraprovincial de Lima, por las razones expuestas, ha venido apoyando de manera puntual algunas de las diligencias en los citados casos.
Y si bien es cierto, las contadas veces que se ha apersonado a su oficina lo ha hecho guardando todos los protocolos de seguridad exigidos (mascarilla, protector facial y mameluco, distanciamiento social), ha interactuado con el personal fiscal y administrativo de su Despacho, así como de la *** de Derechos Humanos, y, probablemente, con personal de la *** y **** Fiscalías Penales Supraprovinciales, sedes fiscales todas que se encuentran en el *** Piso del Edificio Carabaya del Centro de Lima; también con personal de la *** Fiscalía Superior Penal Nacional.
Cuarto.- Conforme se ha puesto a conocimiento de este Despacho Coordinador, el mencionado funcionario público lamentablemente está internado en el Hospital Rebagliati por su diagnóstico de neumonía por COVID, situación de salud que no sólo preocupa por tratarse de un miembro del Subsistema de Derechos Humanos, sino porque es evidente que podría haberse generado una serie de contagios en el personal que ha venido laborando estos días en los oficinas referidas.
Quinto.- En ese sentido, si bien desde este Despacho Superior se ha remitido el oficio respectivo a la Oficina de Bienestar del Ministerio Público solicitando la aplicación de las pruebas moleculares para todo el personal fiscal y administrativo de las *** fiscalías penales Supraprovinciales y la Coordinación, y hemos contactado telefónicamente con personal encargado, no es menos cierto que nuestro pedido aún será evaluado y luego coordinado con las autoridades sanitarias del MINSA según nos han informado.
Sexto.- Dado lo expuesto, se requiere que se adopten medidas urgentes y necesarias para resguardar la vida, salud e integridad de los señores fiscales, asistentes administrativos y demás personal que ha venido laborando en las fiscalías antes señaladas, así como de todas las personas (testigos, agraviados, abogados, efectivos policiales) que por razones de programación de diligencias en las investigaciones en curso tengan que acudir a las fiscalías de derechos humanos y terrorismo.
En base a todo lo expuesto, esta Fiscalía Superior Coordinadora, procederá a formular acciones concretas.
III.- DISPONE:
1. Se coordine con la encargada de la Administración de la Sede Carabaya la fumigación de todas las oficinas de las Fiscalías Penales Supraprovinciales de Lima y las Fiscalías Superiores Penales Nacionales.
2. Se coordine con el personal de Bienestar del Ministerio Público para que con suma urgencia se programe la aplicación de las pruebas moleculares de todo el personal fiscal, administrativo de las oficinas del Subsistema de Derechos Humanos de la Sede Carabaya (Despacho de ***, *** Fiscalías Penales Supraprovinciales y *** Fiscalías Superiores), con la finalidad de continuar con el desarrollo de las diligencias programadas.
3. Se suspendan todas las diligencias programadas de manera presencial a llevarse a cabo en Sede Carabaya desde el lunes 11 al miércoles 13 de enero del 2021.
4. Procúrese la realización de las diligencias programadas de forma virtual; teniendo en cuenta el estado de salud del personal fiscal y/o administrativo.
5. Retómese las actividades presenciales a partir del día jueves 14 de enero del 2021, respetándose los aforos respectivos; debiéndose previamente dar cuenta del estado de salud del personal fiscal y administrativo.
6. Informar al Despacho de la señora Fiscal de la Nación con la presente resolución para conocimiento y fines pertinentes. Oficiándose.



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