Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 678-2017-P-CSJLI/PJ
Lima, 15 de diciembre de 2017
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 228-2017-CE-PJ y la Resolución Administrativa N° 302-2017-CE-PJ, ambas expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y el oficio N° 292-2017-ST-CT-EJE/MPE-PJ cursado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Administrativa N° 228-2017-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, a nivel nacional y en todas las especialidades, señalándose que en una primera etapa (piloto) 2017 estarán involucradas las Especialidades Comercial, Tributario y de Mercado, y Laboral (NLPT) de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Que por Resolución Administrativa N° 302-2017-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial faculta al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima para que disponga la implementación progresiva del Expediente Judicial Electrónico (EJE) –piloto, y señalar los órganos jurisdiccionales inmersos en las especialidades Comercial, Tributario y de Mercado; y Laboral (Nueva Ley Procesal del Trabajo-NLPT) de su jurisdicción, así como las fechas de entrada en vigencia.
Que por oficio de vistos, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico informa que en atención a la Resolución Administrativa N° 302-2017-CE-PJ y al acuerdo adoptado por la Comisión de Trabajo del EJE en sesión de fecha 12 de diciembre de 2017 en el que se determinó que previa evaluación in situ a la sede de los Juzgados Laborales –NLPT- de la Corte Superior de Justicia de Lima (Sede Javier Alzamora Valdez) por miembros de la citada Comisión De Trabajo, se definiría la entrada en vigencia de cuatro órganos jurisdiccionales de la especialidad laboral- NLPT-, siendo éstos: 17°, 18°, 19° y 20° Juzgado Laboral –Nueva Ley Procesal de Trabajo- con fecha de entrada en vigencia el próximo 19 de diciembre de 2017.
Por los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la implementación del Expediente Judicial Electrónico en los siguientes órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima:
|
Especialidades |
Órganos Jurisdiccionales |
Fecha de entrada en vigencia |
|
Laboral- Nueva Ley Procesal de Trabajo |
Juzgados 17°, 18°, 19° y 20° |
19 de diciembre de 2017 |
Artículo Segundo.- AUTORIZAR a los Magistrados de los Juzgados arriba indicados, a disponer las acciones administrativas y de gestión para el adecuado funcionamiento del expediente judicial electrónico en sus despachos.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital a través de sus Unidades cooperen con las decisiones adoptadas por los Magistrados de los Juzgados en mención, garantizando el funcionamiento óptimo del despacho judicial
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Prensa e Imagen Institucional difunda la presente resolución administrativa a través de la página Web, correo institucional y redes sociales oficiales de la Corte Superior de Lima.
Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, de ODECMA, de la Gerencia de Administración Distrital y de los Juzgados designados.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG
Presidente
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