Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa les dejamos aquí estas preguntas sobre derecho penal. En este caso les compartimos seis preguntas sobre actos y técnicas especiales de investigación que fueron parte de los exámenes de la Junta Nacional de Justicia. ¿Te animas a resolver las preguntas?
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Seis preguntas sobre actos y técnicas especiales de investigación
1. En las investigaciones por delitos violentos, graves o contra organizaciones delictivas, el fiscal por propia iniciativa o a pedido de la policía, sin conocimiento del afectado, puede ordenar:
a. Efectuar el allanamiento sin necesidad de orden judicial.
b. Realizar tomas fotográficas y registro de imágenes respecto al lugar de residencia del investigado.
c. Requerir la identificación de cualquier persona para realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública.
d. Retener por cuatro horas a las personas a efectos de realizar pesquisas.
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2. ¿Quién autoriza a los miembros de la Policía Nacional del Perú a que se inserten como agentes encubiertos, y por cuánto tiempo podrán actuar bajo identidad supuesta?
a. El juez de la investigación preparatoria, 12 meses.
b. El fiscal superior coordinador de las Fiscalías de Crimen Organizado, 9 meses.
c. El fiscal superior, 4 meses.
d. El fiscal provincial, 6 meses.
3. Aquiles, Fiscal peruano, ha tomado conocimiento de la existencia de una organización criminal dedicada a la extorsión, y preliminarmente sólo se ha logrado identificar a uno de sus integrantes apodado “El Gringo”, el cual el Fiscal, según la estrategia que ha diseñado, considera que lo llevará a los demás integrantes, así como al líder; por lo que…
Marque la respuesta correcta:
a. Solicita autorización judicial para acciones de seguimiento y vigilancia para el sujeto “El Gringo”, sin el conocimiento de éste.
b. Solicita autorización judicial para acciones de seguimiento y vigilancia únicamente para terceras personas que guarden conexión con las actividades delictivas del sujeto “El Gringo”.
c. Dispone de oficio y sin conocimiento del investigado acciones de seguimiento y vigilancia por parte de la Policía Nacional del Perú.
d. Dispone las acciones de seguimiento y vigilancia del investigado únicamente a instancia de la autoridad policial.
4. Sobre las operaciones encubiertas, marque la respuesta correcta:
a. Son un procedimiento especial de investigación de carácter reservado.
b. Son autorizadas por el Juez en la etapa de diligencias preliminares.
c. Son autorizadas por el Fiscal para la creación o modificación de una persona jurídica a efecto de que participe en el tráfico jurídico con seguridad jurídica.
d. Son autorizadas por el Fiscal para la creación ficticia de personas jurídicas que ingresarán al tráfico jurídico, no requiriendo la confirmatoria de lo actuado.
5. En las investigaciones por delitos violentos, graves o contra organizaciones delictivas, el fiscal por propia iniciativa o a pedido de la policía, sin conocimiento del afectado, puede ordenar:
a. Efectuar el allanamiento sin necesidad de orden judicial.
b. Realizar tomas fotográficas y registro de imágenes respecto al lugar de residencia del investigado.
c. Requerir la identificación de cualquier persona para realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública.
d. Retener por cuatro horas a las personas a efectos de realizar pesquisas.
6. En la ciudad “Grandeza” vienen operando algunas organizaciones criminales afectando a los ciudadanos, por lo que Ulises, Fiscal Penal, al tomar conocimiento de su existencia, decide investigarlas y empieza por “Los Intocables”, acopiando información que ésta funciona a través de personas jurídicas que ha creado para dar apariencia de legalidad pero que, en realidad, son simple fachada de las actividades criminales que desarrollan.
Entonces decide hacer uso de las operaciones encubiertas, marca la respuesta correcta:
a. Las operaciones encubiertas son un procedimiento especial de investigación de carácter reservado.
b. Las operaciones encubiertas son autorizadas por el Juez en la etapa de diligencias preliminares.
c. Las operaciones encubiertas son autorizadas por el Fiscal para la creación o modificación de una persona jurídica a efecto de que participe en el tráfico jurídico con seguridad jurídica.
d. Las operaciones encubiertas son autorizadas por el Fiscal para la creación ficticia de personas jurídicas que ingresarán al tráfico jurídico, no requiriendo la confirmatoria de lo actuado.
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