Un proceso judicial por alimentos no culmina con la expedición de una sentencia, por el contrario, recién comienza la real tarea de hacer efectiva la pensión de alimentos. La ejecución de la sentencia se plasma en los llamados depósitos alimentarios, que en su forma de ejecutarlos han evolucionado años tras año. Así, en los últimos 20 años existieron distintos criterios de ejecución.
En un primer lugar, si bien los depósitos alimentarios se señalaban en la sentencia, se ejecutaban a través de su entrega directa al demandante. Posteriormente, el juez exigía que se señale una cuenta bancaria de un banco de elección del demandante.
Luego, unos años después, se dispuso que se realicen los depósitos alimentarios a través de consignaciones judiciales por medio del Banco de la Nación y adjuntarlo para hacer de conocimiento del Juzgado. Después se dispuso que el demandante señale obligatoriamente para el depósito alimentario una cuenta del Banco de la Nación.
Otra forma, pero más moderna de ejecutar los depósitos alimentarios, es la que dispone a partir del 11 de enero del presente: las pensiones de alimentos serán consignadas en el Banco de la Nación (BN). Serán cuentas de ahorros abiertas a solicitud de los responsables de las Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente (Demuna) en coordinación con la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes (DGNNA), perteneciente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Este tipo de cuentas de ahorros están reguladas por el Decreto Legislativo 1377.
Por otro lado, para ahondar un poquito más sobre el tema de la ejecución de los depósitos alimentarios, se ha creado el Programa “Depósitos Alimentarios a casa” como una iniciativa de la Corte Superior de Justicia de Piura, aprobada mediante la Resolución Administrativa 054-2017-P-CSJPI/PJ, del 16 de enero del 2017. Su ejecución se inició el 20 de enero del 2017 y está a cargo del Primer, Tercer y Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Familia de Piura.
El programa tiene como finalidad facilitar el acceso a la justicia y alcanzar el objetivo del proceso de alimentos. Así, busca que los justiciables perciban la pensión de alimentos, evitando que las demandantes empleen parte de su tiempo y dinero en trasladarse al juzgado y a las oficinas del Banco de la Nación para hacer efectivo el cobro. De este modo, se consigue tramitar el proceso con celeridad, tanto en el proveído de los escritos como al efectivizar el cobro de las pensiones, salvaguardando así la integridad y la subsistencia de los beneficiarios.
El programa consiste en que el especialista judicial acudirá al domicilio de los beneficiarios a entregar personalmente los certificados de depósito y recabará la constancia de entrega correspondiente, que será anexada al expediente.
A tal efecto, mediante la Resolución Administrativa 159-2017-P-CSJPi/PJ, del 6 de marzo del 2017, se aprobó el “Protocolo de Simplificación del Proceso Judicial de Alimentos de la Corte Superior de Justicia de Piura”, que establece las reglas para optimizar la atención de los beneficiarios en los procesos de alimentos, facilitando el cobro de los depósitos judiciales en el Banco de la Nación.
Cabe destacar que el referido programa obtuvo el primer lugar en la categoría Acceso a la Justicia, en el Concurso Premio Certificación ISO a las Buenas Prácticas 2017.[1]
Por otro lado, se ha publicado el 12 de julio de 2019, en la revista digital La Ley, que la Corte Superior de Justicia de Lima Norte implementó los proyectos pilotos Depósitos Judiciales por WhatsApp y Módulo Red Justicia Lima Norte. De la misma forma, se brindará el servicio de orientación en la Oficina de Orientación Gratuita al Usuario (OOGU). Todos estos servicios están a cargo de la Unidad de Servicios Judiciales del Poder Judicial.
Es por esta razón que el presidente de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, el juez supremo Carlos Arias Lazarte, visitó el indicado distrito judicial para evaluar los referidos proyectos de mejora en el servicio de administración de justicia.
La consulta para la entrega de los depósitos judiciales en la Corte de Lima Norte se realiza por medio de la aplicación móvil Whatsapp. Dicha corte superior habilitó dos números institucionales: 970 808 163 y 970 808 046.
Una vez registrado y en caso de que el demandante no contara con una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación, el alimentista, por medio de Whatsapp, envía la foto del DNI y el número de expediente para que la anfitriona verifique si tiene un depósito judicial. Luego, por medio del administrador del módulo, la corte programa fecha y hora para su entrega, comunicándole esa información de manera inmediata.
En el caso que sí se cuenta con número de cuenta, a través de los sistemas integrados con la entidad bancaria, la anfitriona verificará en el sistema si existen depósitos; los mismos que de manera anticipada son comunicados al alimentista vía WhatsApp. Hasta la fecha, y solo a un mes de su implementación, fueron registrados un total de 700 números telefónicos de un total de 960 usuarios que conforman la población de alimentistas en este distrito judicial.
Esta buena práctica busca expandirse a otras especialidades como es el caso de la materia laboral, la cual tiene como objetivo brindar el servicio de WhatApp para agendar la confirmación de atención de los escritos y calificaciones de demanda.[2]
[1] Informe Defensorial 001-2018-D/AAC sobre el Proceso de Alimentos: Avances, dificultades y retos. Lima, julio 2018.


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