Aprueban Escala Remunerativa para el personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728
DECRETO SUPREMO Nº 264-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el primer párrafo de la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar un estudio de los ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, a fin de determinar una escala remunerativa que sea acorde con los ingresos de los trabajadores de las entidades del sistema de justicia;
Que, de acuerdo al primer párrafo de la citada disposición, la nueva escala remunerativa del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial se aprueba en el marco de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, para dicho efecto exonera al Poder Judicial de los artículos 6 y 9 de la Ley N° 30693;
Que, el inciso 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el Año Fiscal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley General, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector;
Que, en el marco de lo antes indicado, el Ministerio de Economía y Finanzas ha elaborado el estudio señalado, recomendando que se apruebe una nueva escala remunerativa del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; en virtud de lo cual mediante Oficio Nº 9456-2018-P-PJ, el Poder Judicial remite la propuesta de escala remunerativa;
Que, por tanto, resulta necesario aprobar la Escala Remunerativa aplicable al personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728;
De conformidad con lo dispuesto en la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobación de la Escala Remunerativa
Apruébase la nueva Escala Remunerativa del personal jurisdiccional y administrativo del pliego 004 Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2. Aplicación de la Escala Remunerativa
2.1 En ningún caso, la remuneración fijada para cada trabajador puede ser superior al monto establecido en la nueva escala remunerativa aprobada en el artículo precedente.
2.2 El Poder Judicial sólo reconoce al personal jurisdiccional y administrativo sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, doce (12) remuneraciones mensuales al año, una (1) gratificación por Fiestas Patrias, una (1) gratificación por Navidad y la bonificación por escolaridad.
2.3. La autoridad correspondiente del Poder Judicial verifica el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo 3. Prohibición
Prohíbese la percepción por parte del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, de cualquier otro ingreso, subvención o asignación por cualquier concepto o fuente de financiamiento, en especie o dineraria, en forma adicional al monto establecido en la presente Escala Remunerativa, salvo los aprobados por la norma legal respectiva.
Artículo 4. Registro en el Aplicativo Informático
Para el otorgamiento de la Escala Remunerativa establecida en el artículo 1 de este Decreto Supremo, el personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, debe estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 5. Financiamiento
La Escala Remunerativa aprobada mediante el artículo 1 de este Decreto Supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego 004 Poder Judicial, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.
Artículo 6. Publicación
El Decreto Supremo y su Anexo son publicados en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionales del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Artículo 7. Vigencia
El presente Decreto Supremo entra en vigencia el 1 de diciembre de 2018.
Artículo 8. Refrendo
El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
NUEVA ESCALA REMUNERATIVA PARA EL PERSONAL JURISDICCIONAL Y ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL SUJETO AL RÉGIMEN LABORAL DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 728
|
CATEGORÍA / CARGO |
REMUNERACIÓN BÁSICA |
|
DIRECTIVO |
|
|
DIRECTIVO 3 |
|
|
GERENTE GENERAL |
6 580,00 |
|
DIRECTIVO 2 |
|
|
DIRECTOR C.I.J. |
5 380,00 |
|
GERENTE |
5 380,00 |
|
JEFE DE GABINETE |
5 380,00 |
|
JEFE DE OFICINA |
5 380,00 |
|
PROCURADOR |
5 380,00 |
|
SECRETARIO GENERAL |
5 380,00 |
|
DIRECTIVO 1 |
|
|
JEFE DE UNIDAD |
4 380,00 |
|
JEFE NACIONAL DE RENAJU |
4 380,00 |
|
SUB GERENTE |
4 380,00 |
|
ADMINISTRADOR DE SEDE |
6 380,00 |
|
PROFESIONAL |
|
|
PROFESIONAL 3 |
|
|
ASESOR I |
3 680,00 |
|
ASESOR LEGAL DE CONSEJEROS |
3 680,00 |
|
SECRETARIO COORDINADOR |
2 880,00 |
|
ADMINISTRADOR MODULO DEL NCPP |
4 680,00 |
|
COORDINADOR I |
4 680,00 |
|
PROCURADOR ADJUNTO PUBLICO |
3 880,00 |
|
RELATOR DE SALA SUPREMA |
3 680,00 |
|
SECRETARIO DE SALA SUPREMA |
3 680,00 |
|
PROFESIONAL 2 |
|
|
SECRETARIO DE CONFIANZA |
2 780,00 |
|
ANALISTA III |
3 580,00 |
|
ADMINISTRADOR I |
3 580,00 |
|
ANALISTA II |
3 580,00 |
|
ASESOR DE CORTE |
3 580,00 |
|
ESPECIALISTA JUDICIAL DE SALA |
3 580,00 |
|
RELATOR I |
3 580,00 |
|
SECRETARIO DE SALA |
3 580,00 |
|
PROFESIONAL 1 |
|
|
ANALISTA I |
2 180,00 |
|
ASISTENTE ADMINISTRATIVO II |
2 180,00 |
|
ASISTENTE SOCIAL |
2 180,00 |
|
CAJERO I |
2 180,00 |
|
ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA DE JUZGADO |
2 180,00 |
|
ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA DE SALA |
2 180,00 |
|
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO |
2 180,00 |
|
PERITO JUDICIAL |
2 180,00 |
|
PSICOLOGO |
2 180,00 |
|
SECRETARIO JUDICIAL |
2 180,00 |
|
SUB ADMINISTRADOR |
2 180,00 |
|
TÉCNICO |
|
|
TÉCNICO 3 |
|
|
SECRETARIA/O III |
1 800,00 |
|
SECRETARIA/O DE CONSEJEROS |
1 800,00 |
|
ASISTENTE ADMINISTRATIVO I |
1 800,00 |
|
ASISTENTE DE SISTEMAS |
1 800,00 |
|
ASISTENTE JUDICIAL |
2 000,00 |
|
ASISTENTE JURISDIC.DE CUSTODIA DE GRABACIONES Y EXPED. |
2 000,00 |
|
ASISTENTE JURISDIC.DE JUZGADO |
2 000,00 |
|
ASISTENTE JURISDIC.DE SALA |
2 000,00 |
|
TECNICO JUDICIAL |
1 800,00 |
|
CHOFER II |
2 200,00 |
|
TÉCNICO 2 |
|
|
SECRETARIA/O II |
1 730,00 |
|
ASISTENTE EN SERVICIOS ADMINISTRATIVOS |
1 730,00 |
|
TECNICO ADMINISTRATIVO II |
1 730,00 |
|
TÉCNICO 1 |
|
|
TECNICO ADMINISTRATIVO I |
1 570,00 |
|
AUXILIAR ADMINISTRATIVO III |
1 570,00 |
|
SECRETARIA/O I |
1 770,00 |
|
REVISOR |
1 770,00 |
|
CHOFER I |
1 770,00 |
|
DIGITALIZADOR |
1 770,00 |
|
INVENTARIADOR |
1 770,00 |
|
ANFITRION(A) |
1 770,00 |
|
AUXILIAR |
|
|
AUXILIAR 1 |
|
|
ASISTENTE EN SERVICIOS DE COMUNICACIONES I |
1 430,00 |
|
AUXILIAR ADMINISTRATIVO II |
1 430,00 |
|
AUXILIAR JUDICIAL |
1 430,00 |
|
AUXILIAR ADMINISTRATIVO I |
1 430,00 |
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