Las sentencias en un proceso de inconstitucionalidad tienen efectos «erga omnes», son vinculantes y ostentan la calidad de cosa juzgada [Exp. 00023-2014-PI/TC, f. j. 6]

Fundamento destacado: 6. En efecto, las sentencias dictadas en un proceso de inconstitucionalidad tienen efectos erga omnes, fuerza vinculante y calidad de cosa juzgada. Dicho atributo de res iudicata recae tanto sobre las sentencias estimatorias como sobre las sentencias desestimatorias.


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