Comunicado del equipo especial Lava Jato, en el que reconoce que desarrolló el exprocurador ad hoc, Jorge Ramírez. Como se sabe, el abogado fue uno de los artífices del acuerdo de colaboración eficaz que se firmó con la empresa Odebrecht.
COMUNICADO DEL EQUIPO ESPECIAL DE FISCALES
El Fiscal Superior y Fiscales Provinciales integrantes del Equipo Especial de Fiscales, en reunión conjunta concordaron manifestar a la opinión pública, el reconocimiento a la importante labor desempeñada por el abogado Jorge Miguel Ramírez Ramírez, en su desempeño como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales. nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras.
Resaltamos que como funcionario público cumplió un rol preponderante dentro del avance de las investigaciones llevadas a cabo por el Equipo Especial, desempeñándose de manera autónoma, honesta e idónea en el cumplimiento de sus obligaciones, coadyuvando de manera conjunta con todo su equipo de trabajo (Procuradores Adjuntos y peritos especializados), para lograr un importante avance de las investigaciones, cooperando así en el desarrollo de una adecuada estrategia fiscal, cuyos esfuerzos permanentes han contribuido con la labor de los despachos fiscales que conforman el Equipo Especial.
Reconocemos asimismo su participación activa, en los diversos procesos de negociación y suscripción de los Acuerdos de Colaboración Eficaz, sin cuya labor, no habría sido posible obtener su aprobación por parle del Poder Judicial, a través de diversas sentencias de colaboración eficaz con personas naturales y jurídicas aprobadas y firmes, que han servido para reforzar las investigaciones fiscales en curso; además de servir de estímulo para la consecución de otros procesos de colaboración con personas naturales y jurídicas en otras investigaciones en trámite, contribuyendo así con información valiosa y de difícil consecución. Aunado a su activa intervención en las diligencias realizadas en el exterior (Brasil, Israel, entre otros), que han significado una valiosa contribución para el impulso procesal de las investigaciones del Equipo Especial, cuyo objeto primordial es la averiguación de la verdad
Lima, 12 de febrero de 2020
![No cualquier expresión favorable sobre un acto terrorista, o su autor, constituye delito; para ello, se requiere (i) exaltación de un acto terrorista ya realizado; (ii) si es sobre la persona, que tenga condena firme; (iii) uso de medio idóneo y público (difusión a un número indeterminado de personas) y (iv) que la exaltación lesione reglas democráticas de pluralidad, tolerancia y consenso [Exp. 010-2002-AI/TC, f. j. 88]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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