El sinceramiento presupuestal se realiza cada último trimestre del año. Si no se llega a ejecutar el presupuesto en su totalidad, las entidades deben devolver el dinero al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). La situación no queda allí, pues el MEF impone la sanción de disminuir, para el año siguiente, el presupuesto destinado a la entidad.
Así lo explicó el especialista en arbitraje y derecho administrativo, Carlos Álvarez Solís, durante una entrevista a LP Derecho:
No queda en que no lo gasté y ya. No. El MEF te «castiga» para el año siguiente. Tu techo o tope presupuestal baja y por ejemplo, si era una municipalidad con carencias económicas, con carencias en la población, por no ejecutar bien tu presupuesto, el año siguiente tienes menos dinero. Pero así como «castiga», el MEF también premia, porque digamos que un gobierno local ejecuta bien el dinero y lo hace conforme a los estándares del MEF, pues el año siguiente elevan su presupuesto.
Esto es una moneda, si ejecutas bien, eres un buen gestor administrativo, pero si no sabes ejecutar el presupuesto, pues el MEF toma las acciones en el marco de la ley del presupuesto, agregó Carlos Álvarez en la entrevista.
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El sinceramiento presupuestal implica que la institución estatal presente un balance de la ejecución del presupuesto que el MEF destina. Si el presupuesto no fue usado en su totalidad, el dinero debe regresar a las arcas del Estado. Pero las instituciones tienen la posibilidad de comprometer el gasto que se va a ejecutar hasta el 31 de diciembre.
Se puede comprometer el gasto que verdaderamente vas a pagar hasta el 31 de diciembre. Esto es solo si lo comprometes, lo certificas y lo dispones para ejecutar el gasto hasta el 31. El pago sí se difiere, lo puedes efectuar hasta el 31 de enero del próximo año. Lamentablemente, la ejecución presupuestal en las instituciones es baja. El sinceramiento presupuestal te dice que los proyectos no culminan y que las inversiones de gobiernos locales y municipales no se concretan, eso genera insatisfacción de la población, explicó Álvarez Solis para LP.

Añadió que es posible que la población acceda a esta información y puedan saber cuánto es el dinero que se está devolviendo. El acceso a esta información es pública y se puede hacer a través de la página Consulta Amigable del MEF. La consulta se actualiza cada día y se puede ver cómo se ejecuta el presupuesto en tiempo real.
Finalizó explicando que las deudas impagadas pasan al siguiente año fiscal como enriquecimiento indebido.
Las deudas que no se pudieron asumir pasan al siguiente ejercicio fiscal como enriquecimiento sin causa. Esto son aquellas compras o adquisiciones del Estado que no tuvieron sustento jurídico contractual. Es decir, sí existió un contrato, se ejecutó el contrato, hubo presupuesto, pero se llegó a pagar. Por lo tanto, en el siguiente año hay un vínculo contractual, pero ya no hay dinero para pagarlo, finalizó para LP.
De estas situaciones se inician las investigaciones administrativas civiles porque hay un dinero del Estado que no llegó al destinatario y que debe subsanarse.
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