El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó un listado de los partidos políticos que, actualmente, cuentan con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) de dicha entidad electoral.
Un total de 26 organizaciones políticas están autorizadas a participar de un eventual proceso electoral en el Perú, según informó el JNE vía X (antes Twitter).
Lea más: Presidente del JNE renuncia a antejuicio ante investigación de la Fiscalía de la Nación
Los partidos políticos con inscripción vigente y que podrían postular en las próximas elecciones generales 2026 son:
Lea más: ONPE convoca a elección de miembro titular y suplente del JNE
Debate por A. N. T. A. U. R. O.
La Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A. N. T. A. U. R. O.) logró su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE en diciembre de 2023.
El partido político, que lleva el nombre de Antauro Humala, superó una tacha contra la solicitud de inscripción de la agrupación alegando «la vulneración a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas».
Aunque el partido del etnocacerista sigue habilitado, el congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular), en febrero de 2024, solicitó al JNE declarar ilegal a la agrupación A. N. T. A. U. R. O. por presuntamente tener conducta antidemocrática.
En respuesta, el JNE afirmó no tener «competencias y facultades» para «verificar comportamiento democrático» del partido político. Así, en el Oficio 180-2024-MP se lee:
El Pleno del JNE se encuentra desprovisto de competencia y facultades para efectuar verificaciones sobre el comportamiento democrático o no democrático de las organizaciones políticas inscritas; subrogarse o emitir opinión técnica sobre la calificación de actuaciones o conductas de la organización política inscritas, se encuentra reservada de manera exclusiva a la Fiscalía de la Nación o a la Defensoría del Pueblo; y a la declaración definitiva tras el proceso correspondiente, que pronunciará en el sentido que corresponda la Corte Suprema de Justicia, como órgano resolutor.
¿Cómo inscribir una organización política ante el JNE?
Un colectivo ciudadano, que aspira a participar democráticamente en los asuntos públicos del país, deberá cumplir una serie de pasos para poder inscribirse ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), creado en noviembre de 2003, mediante la Ley 28094, Ley de Partidos Políticos.
Toda agrupación que aspire a inscribir a un movimiento político tendrá que adquirir el Certificado de Reserva de Denominación ante la oficina del JNE o en sus Oficinas Desconcentradas.
La solicitud de Reserva de Denominación será resuelta por la Unidad Orgánica de Servicios al Ciudadano en un plazo de cinco días hábiles. Para esto, se deberá adjuntar los requisitos señalados en el TUPA y Reglamento vigente.
Tras la obtención de dicho documento, el personero legal deberá pedir al Registrador Delegado la fecha y hora para la presentación de la solicitud de inscripción.
Lea más: Ordenan reposición inmediata de Inés Tello y Aldo Vásquez a la JNJ
En la fecha y hora programada, el personero legal presentará ante el JNE la solicitud de inscripción dirigida al Director Nacional de Registro de Organizaciones Políticas.
Algunos de los requisitos de la solicitud son el acta de fundación; ideario; declaración jurada de los fundadores de vocación democrática; respeto al Estado de derecho y a las libertades y derechos fundamentales, entre otros.
Cabe mencionar que los requerimientos para la inscripción de un partido político y un movimiento regional son diferentes.



![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si no se formula la reserva procesal frente a la desestimación de la prueba ofrecida en la etapa intermedia y en el juicio, no se cuenta con habilitación para reiterarla en apelación [Casación 374-2023, Callao, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Confirman sentencia que ordena a César Acuña pagar 30 000 soles cada mes por pensión alimenticia a favor de su menor hijo [Exp. 02974-2023] Cesar Acuña](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Cesar-Acuna-LP-Derecho-218x150.png)
![Fundado hábeas corpus porque el investigado siguió preso tras el vencimiento de la prisión preventiva sin que hubiera mandato vigente, pues la resolución de prolongación se dictó luego de seis días del vencimiento (aplican criterio del caso Betssy Chávez) [Expediente 15712-2025-0-1801-JR-DC-10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)







![Cesan por límite de edad a juez supremo César San Martín Castro [RA 000136-2025-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO2-218x150.jpg)
![Establecen uso obligatorio del logo y la frase «¡El Perú a toda máquina!» para todas las entidades del Ejecutivo [RM 366-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/precidencia-del-consejo-de-ministros-pcm-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)








![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Establecen uso obligatorio del logo y la frase «¡El Perú a toda máquina!» para todas las entidades del Ejecutivo [RM 366-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/precidencia-del-consejo-de-ministros-pcm-3-LPDerecho-100x70.jpg)





![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[EXCLUSIVO] Lea el auto que autorizó allanamiento a vivienda de Fiorella Molinelli y oficinas de Essalud Lea el auto que autorizó allanamiento a vivienda de Fiorella Molinelli y oficinas de Essalud](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Fiorella-Molinelli-LP-324x160.png)