Fundamento destacado: 2.14 Se dijo que la prescripción es una institución del derecho procesal que constituye una causal de extinción de la acción penal, es un tema complejo que la academia respecto a la reciente Ley 31751 ha expresado comentarios a favor y en contra; sin embargo, están conscientes de la existencia de una problemática al respecto y coinciden que la iniciativa debió ser estudiada ampliamente, estableciendo o diferenciado la aplicación de la norma a delitos graves, con delitos menores, que no pueden ser tratados de la misma manera. Consideran, además que la norma antes de la dación de la ley solo preveía plazos ya establecidos que se aplican a la prescripción ordinaria (el máximo de la pena) y prescripción extraordinaria (máximo de la pena más la mitad del máximo de la pena) y la ley 31751, estable que la suspensión de la prescripción no podrá prolongarse más allá de los plazos que se disponen para las etapas del proceso penal u otros procedimientos. En ningún caso dicha suspensión será mayor a un año.
Finalmente se sostiene que, sí era importante establecer límites a la actividad punitiva del Estado y que una persona imputada no podía permanecer acusada por tanto tiempo como en la práctica sucede, por lo que debió preverse otros criterios como la complejidad del caso; no es lo mismo un proceso de crimen organizado con un juicio de asistencia alimentaria, pero en suma consideran que, si existía un problema, pero que no es válido ir de un extremo a otro.
RESOLUCIÓN N.° 01
EXP. N.º 143-2023-2024/CEP-CR
En Lima, a los dos días del mes de octubre de 2023, en la sesión semi presencial a través de la plataforma MS Teams, y en la Sala de Sesiones Miguel Grau, se reunió en su Cuarta Sesión Ordinaria, la Comisión de Ética Parlamentaria, en adelante LA COMISIÓN, bajo la presidencia del congresista Diego Alonso Fernando Bazán Calderón, con la presencia de los señores congresistas:, Rosangella Andrea Barbarán Reyes, Nelcy Lidia Heidinger Ballesteros, David Julio Jiménez Heredia, , Ruth Luque Ibarra, Jorge Alfonso Marticorena Mendoza, Esdras Ricardo Medina Minaya, Javier Rommel Padilla Romero, Margot Palacios Huamán, Alex Antonio Paredes Gonzales, Cheryl Trigozo Reátegui, Héctor Valer Pinto, Elías Marcial Varas Meléndez, Cruz María Zeta Chunga y. Con licencia de los congresista Yorel Kira Alcarraz Agüero, Juan Carlos Martín Lizarzaburu Lizarzaburu y María Elizabeth Taipe Coronado.
Congresista denunciado: ALEJANDRO SOTO REYES
Denunciante : DE OFICIO
I. ANTECEDENTES:
1.1 Con fecha 31 de agosto de 2022, LA COMISIÓN, en su Primera Sesión Extraordinaria, aprobó por unanimidad promover denuncia de oficio contra el congresista Alejandro Soto Reyes, por presuntamente haber infringido el Código y Reglamento de Ética Parlamentaria, quien se habría beneficiado con la Ley 31751, Ley que modifica el código Penal y el nuevo Código Procesal Penal, para modificar la suspensión del plazo de prescripción, al ser partícipe con su votación en la aprobación del previamente dictamen del proyecto de ley.
1.2 LA COMISIÓN, mediante Oficio N.º 0004-01-RU1238132-EXP 143 -2023- 2024-CEP-CR; de fecha 31 de agosto 2023; hizo de conocimiento al congresista denunciado el inicio de indagación preliminar conforme lo establece el artículo 26° Calificación de la denuncia, numeral 26.11 del REGLAMENTO.
[Continúa…]
Descarga el PDF completo aquí
![Juez de familia que adopta una medida de protección a favor de un menor, dentro de su jurisdicción y motivada por un riesgo inmediato de maltrato, no configura usurpación de funciones, pues no hubo sustitución funcional [Apelación 75-2025,Huancavelica, f. j. 10-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![La omisión impropia por incumplimiento de un deber de garante por salvamento se produce cuando del ámbito de organización del portador de un deber garante, sale un peligro que puede alcanzar a un tercero y lesionarlo en sus derechos, por lo que este último debe inhibir el peligro creado [Casación 725-2018, Junín, f. j. 4] PALACIO DE JUSTICIA-INTERIORES-1](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/PALACIO-DE-JUSTICIA-INTERIORES-1-218x150.jpg)
![Criterios para imponer pena efectiva por homicidio culposo: que el hecho sea grave (embestir con un ómnibus al agraviado, traspasarlo por encima y matarlo), que el imputado no haya auxiliado al agraviado, que no reconozca su actuar, que no repare el daño, y que posea un récord de 45 papeletas por incumplimiento de reglas de tránsito [Casación 473-2023, La Libertad, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)

![La tutela de derechos es un medio idóneo para interrumpir los efectos de una medida de decomiso [Exp. 00168-2025-PA/TC, f. j. 6] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)







![Requerimiento inspectivo no es válido si se limita a relatar hechos sin una tipificación concreta [Res. 0006-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Sunafil-LPDerecho-2.png-218x150.jpg)
![Tres elementos para la configuración de la competencia desleal como falta grave [Casación 7377-2023, Junín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC reafirma que la desaparición forzada solo puede ser entendida como delito de carácter permanente con posterioridad a la aprobación y ratificación de la Convención Interamericana de Desaparición Forzada por el Estado peruano (2002)[Exp. 01736-2025-HC-TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![[Balotario notarial] Organización del notariado: distrito notarial, colegios de notarios, Junta de Decanos de los Colegios de Notarios, Consejo del Notariado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ORGANIZACION-NOTARIADO-COLEGIOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Declaran ilegal requisito impuesto por el MTC y la ATU para la autorización del servicio público de transporte [Resolución 0001-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi declara ilegales 11 exigencias del Reglamento que regula los servicios de seguridad privada [Resolución 0156-2025/CEB-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)












![No es posible dictar prisión preventiva si la probable pena privativa de libertad ―que en su día podría imponerse― no será efectiva [APE 2-2024/CIJ-112, f. j. 43]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)

![[VIVO] César Nakazaki defiende a Adrián Villar en audiencia de prisión preventiva](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/CESAR-NAKAZAKI-SERVIGON-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Juez de familia que adopta una medida de protección a favor de un menor, dentro de su jurisdicción y motivada por un riesgo inmediato de maltrato, no configura usurpación de funciones, pues no hubo sustitución funcional [Apelación 75-2025,Huancavelica, f. j. 10-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-324x160.jpg)

![La omisión impropia por incumplimiento de un deber de garante por salvamento se produce cuando del ámbito de organización del portador de un deber garante, sale un peligro que puede alcanzar a un tercero y lesionarlo en sus derechos, por lo que este último debe inhibir el peligro creado [Casación 725-2018, Junín, f. j. 4] PALACIO DE JUSTICIA-INTERIORES-1](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/PALACIO-DE-JUSTICIA-INTERIORES-1-100x70.jpg)
![Criterios para imponer pena efectiva por homicidio culposo: que el hecho sea grave (embestir con un ómnibus al agraviado, traspasarlo por encima y matarlo), que el imputado no haya auxiliado al agraviado, que no reconozca su actuar, que no repare el daño, y que posea un récord de 45 papeletas por incumplimiento de reglas de tránsito [Casación 473-2023, La Libertad, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-100x70.jpg)


![Juez de familia que adopta una medida de protección a favor de un menor, dentro de su jurisdicción y motivada por un riesgo inmediato de maltrato, no configura usurpación de funciones, pues no hubo sustitución funcional [Apelación 75-2025,Huancavelica, f. j. 10-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-100x70.jpg)
![«Ni una comunicación con ella, te puede grabar»: JNJ destituye a fiscal por aconsejar jurídicamente a investigado [Res. 258-2024-Pleno-JNJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/jnj2-LPDERECHO-324x160.jpg)