Mediante el Proyecto de Ley 1706/2021-PE el Ejecutivo presentó al Congreso medidas para condonar las multas impuestas en la pandemia a los colectiveros y transportistas de carga
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA:
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE AMNISTIA EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS Y MERCANCÍAS QUE FOMENTA LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR AFECTADO POR LAS GRAVES CONSECUENCIAS DE LA COVID-19
Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente
Ley tiene por objeto conceder amnistía a favor de los transportistas, conductores y generadores de carga del servicio de transporte público terrestre de personas y mercancías y del servicio de transporte público terrestre de pasajeros en vehículos menores, por las infracciones a las normas de transporte y tránsito terrestre que hubieran cometido durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por las graves consecuencias de la COVID-19.
Artículo 2.- Amnistía de las infracciones y multas Impuestas en el servicio de transporte público de personas y mercancías
2.1 Concédase amnistía a favor de los transportistas, conductores y generadores de carga del servicio de transporte público terrestre de personas y mercancías y del servicio de transporte público terrestre de pasajeros en vehículos menores, por la comisión de infracciones a la normatividad de transporte y tránsito terrestre que hubieran cometido durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por las graves consecuencias de la COVID-19, cuya sanción es de naturaleza pecuniaria, que se encuentran tipificadas en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC; el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003-MTC; el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MTC: y. las Ordenanzas Municipales que regulan el servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores en el marco de la Ley N° 27189, Ley de Transporte público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, y su Reglamento.
[Continúa …]
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