La presidenta de la República, Dina Boluarte, fue denunciada ante la Fiscalía de la Nación por presunta traición a la patria, a raíz de la suscripción del denominado Tratado de Alta Mar durante su participación en la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Océano, realizada recientemente en Niza (Francia).
La denuncia fue presentada por el periodista C. Alfredo Vignolo G. del V., e involucra a la mandataria en calidad de persona natural y a la Presidencia de la República como entidad institucional. Según se sostiene en el documento, la firma del Tratado de Alta Mar implicaría una vulneración al artículo 54 de la Constitución, que establece la soberanía y jurisdicción del Perú sobre las 200 millas marítimas adyacentes a su costa.
«Cualquier tratado que implique cesión o limitación sobre el dominio marítimo resulta inconstitucional y constituye una afrenta directa contra la integridad nacional», declaró el denunciante. Asimismo, indicó que el acuerdo suscrito podría considerarse como un acto que compromete la integridad territorial del país, lo que encajaría en la figura penal de traición a la patria.
Organismos empresariales como la Sociedad de Comercio Exterior del Perú, la Sociedad Nacional de Industrias y la Sociedad Nacional de Pesquería también se han pronunciado. En un comunicado conjunto, advirtieron que el tratado «representa una pérdida de soberanía en la toma de decisiones sobre el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros» y expresaron su rechazo a la firma del documento por parte del Gobierno peruano.
Según señalan, el tratado «afecta la seguridad alimentaria, destruye empleos formales y atenta contra la inversión privada».
Frente a estos cuestionamientos, el canciller Elmer Schialer negó que el tratado comprometa el dominio marítimo nacional. En recientes declaraciones, señaló: «Es un tratado ambiental que el Perú puede firmar reafirmando su condición de Estado no parte de la Convemar. Quien dice lo contrario, miente; no está informando correctamente».
Inscríbete aquí Más información
El tratado en cuestión —oficialmente llamado «Tratado sobre la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina más allá de las jurisdicciones nacionales» (BBNJ)— fue adoptado en el seno de la ONU en 2023.
Busca establecer un marco jurídico vinculante para la protección de la biodiversidad marina en la alta mar, más allá de las zonas económicas exclusivas de los Estados. Entre sus disposiciones, contempla la creación de áreas marinas protegidas y la regulación de actividades como la pesca, la minería submarina y la bioprospección genética.
Aunque la firma del acuerdo no implica su entrada en vigor automática, este deberá ser revisada por el Congreso para su eventual ratificación, según lo previsto por la normativa vigente. Hasta la fecha, el tratado fue firmado por más de 30 países, entre ellos Francia, España, Chile, Noruega y Corea del Sur, pero aún no fueron ratificados por todos.


![El plazo de prescripción puede computarse hasta antes de la notificación de la sentencia porque esta surte efectos después de su notificación, no en la fecha de su emisión (aplican criterio del caso Aldo Mariátegui) [Exp. 02168-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Control difuso: Se inaplica la Ley 32107, pues, por la gravedad y la modalidad de comisión del delito —asesinatos cometido por líderes y mandos intermedios de la organización terrorista MRTA—, los hechos deben calificarse como crímenes de lesa humanidad y, por ende, imprescriptibles, dado que la adhesión a convenciones internacionales tiene carácter declarativo, no constitutivo (caso Víctor Polay y otros) [Exp. 00380-2023-8, F. J. III.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Atención: Suprema señala que cuando servidores soliciten asesoría y defensa legal a sus instituciones se aplica el silencio negativo [Casación 15580-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando el uniforme pesa más que la maternidad: La identificación de estereotipos de género en el fuero policial y castrense que obstaculiza el derecho a la maternidad justifica el dictado de medidas de protección [Exp. 10278-2025-2-3205-JR-FT-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/mujer-policia-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Reglas para aplicar la concesión de los beneficios penitenciarios: i) la ley aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme o consentida; ii) las reformas posteriores se aplican solo si son favorables; y iii) se exige una evaluación global favorable del individuo —conducta, cumplimiento de normas, etc.— (precedente vinculante) [Exp. 04235-2023-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: Errores meramente formales de la defensa técnica en el escrito impugnatorio (v. gr. ingreso del escrito en un cuaderno o numeración distintos) no justifican el rechazo del recurso, cuando hay elementos suficientes para identificar la voluntad impugnatoria [Exp. 03902-2023-PHC/TC, ff. jj. 15-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE [Res. D000090-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento que regula el establecimiento de cursos de capacitación como medida preventiva para las microempresas [Decreto Supremo 288-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/sunat-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)













![Juez ejecuta sanción de amonestación a abogado Elio Riera por «quebrantamiento de la lex artis al formular recusación con manifiesta contravención al procedimiento» [Exp. 04633-2021-19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ELIO-RIERA-DOCUMENTO2-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban valor de la UIT para el año 2026 [Decreto Supremo 301-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)




![Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del OECE [Res. D000090-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)

