El juez Jorge Chávez Tamariz dictó 18 meses de prisión preventiva contra Luis Gómez Cornejo por presunto delito de lavado de activos. El magistrado ordenó la inmediata ubicación y captura de Gómez Cornejo Rotalde.
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Al inicio de la audiencia, el Ministerio Público confirmó el pedido de 36 meses de prisión preventiva contra Luis Gómez Cornejo, luego de haber desistido de la prisión preventiva por 36 meses contra el exgerente municipal Gabriel Prado en el proceso que involucra a la exalcaldesa de Lima Susana Villarán.
Días atrás el mismo magistrado dictó 18 meses de prisión preventiva contra Susana Villarán y contra su exgerente municipal José Miguel Castro.
Al igual que el exgerente municipal José Miguel Castro, Gabriel Prado es un personaje clave en este caso. La Fiscalía imputa a ambos haber recibido US$10 millones de Odebrecht y OAS para las campañas contra la revocación (2013) y por la reelección (2014) de la exalcaldesa.
Hay que recordar que según Jorge Barata, exjefe de Odebrecht en Perú, la constructora brasilera entregó US$2 millones al publicista Valdemir Garreta, en Brasil, para gastos de la campaña. En su manifestación reveló que para la entrega del millón restante Castro tuvo la idea de abrir una cuenta en la Banca Privada de Andorra (BPA) a nombre de Gabriel Prado para hacer los depósitos de dinero.
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“Se generó una reunión entre Sanguinetti (funcionario uruguayo de la BPA), Castro y Prado. Yo no sé si le explicaron a Prado si era para el pago de la campaña. Pero la gente de la Banca Privada de Andorra sabía que eran pagos indebidos”, mencionó Jorge Barata.
Sin embargo, Prado negó alguna vinculación con la constructora brasileña y ha manifestado que firmó un papel en blanco sin saber que su rúbrica y número de pasaporte iban a ser usados para abrir una cuenta corriente en un paraíso fiscal.
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Tras casi dos años de negar los hechos, la exalcaldesa finalmente admitió que siempre supo el origen de los aportes. Según ella, fue un error pero lo hizo para “impedir que la mafia política se apoderara de la Municipalidad de Lima”.
Al día siguiente, el programa periodístico Cuarto Poder difundió un audio grabado por Gabriel Prado en el que él, Villarán y Castro hablan sobre el dinero de Odebrecht.
Asimismo, el magistrado ordenó la inmediata ubicación y captura de Gómez Cornejo Rotalde. https://t.co/D6SYxvMpKG
— CSJ Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios (@SEDCF_PJ) May 16, 2019
![La relación de poder de una persona sobre otra se determina por la situación de dependencia o control; en cambio, la relación de responsabilidad versa sobre un deber jurídico y una obligación de un sujeto frente a otro [Casación 1801-2022, Apurímac, f. j. 5.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![No existe continuidad en una serie de acciones que, si bien son similares —por la modalidad de la agresión sexual y por tratarse de la misma agraviada—, se subsumen en tipos penales distintos en razón de la edad de la víctima y el bien jurídico protegido (indemnidad vs. libertad sexual) [Casación 1360-2022, Puno, f. j. 6.9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
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