Mediante Resolución 008-2018-PCNM, del 22 de enero del año 2018, el Consejo Nacional de la Magistratura resolvió imponer la sanción de destitución contra el magistrado Rubén Daniel Camarena Castillo, por su actuación como juez superior provisional de la Segunda Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Junín; denunciado por una falta de suma gravedad en el ejercicio de sus funciones.
Se imputa al juez denunciado haber omitido comunicar a la autoridad policial competente la información respectiva a un accidente de tránsito ocurrido el 27 de junio del 2010, esto pese a que tuvo participación directa en el presunto delito contra la vida, el cuerpo y la salud –homicidido culposo y exposición al peligro o abandono de personas en peligro–, en su forma de omisión de socorro y exposición a peligro. Así, se probó que el vehículo LGH-078 de su propiedad, atropelló a Irma Marcelina Salguerán de Reyes.
El procesado magistrado informó de los hechos recién dos días después de acaecidos (el 29 de junio del 2010), lo que no hizo directamente sino a través de su sobrino, con lo que habría vulnerado el deber de guardar una conducta intachable. Lo más grave del asunto fue que el accidente ocasionó la muerte de la víctima. De acuerdo con el atestado policial del día del accidente, el atropello habría ocurrido el día 27 de junio a las 08:35 a.m. en las inmediaciones de la Av. Callmer del Solar.
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Posteriormente, el vehículo sería encontrado con evidentes daños materiales. Por los hechos descritos se abrió instrucción en la vía sumaria contra el magistrado Ruben Daniel Camarena Castillo. Además de imputarle el delito de homicidio, también se le señala como presunto autor del delito contra la función jurisdiccional en la modalidad de fuga del lugar en accidente de tránsito en agravio del Estado.
Así, mediante sentencia de fecha 5 de noviembre del 2014, la Primera Sala Penal de Huancayo declaró penalmente responsable al denunciado magistrado por delito contra la vida, el cuerpo y la salud; así como del delito contra la administración de justicia. Dicha decisión adquirió la calidad de cosa juzgada, debido a que se declaró improcedente el recurso de nulidad presentado por el ahora exmagistrado. Esta resolución confirmó la sentencia de primera instancia que ya lo había declarado culpable por ambos delitos.
El CNM juzgó que el juez denunciado incurrió en el cargo que se le imputa, desvirtuándose los argumentos de su defensa. Las irregularidades cometidas por el procesado magistrado vulneran gravemente los deberes del cargo previstos en la ley. En este caso, el deber de conducirse con una conducta intachable establecido en el artículo 34 inciso 17 de la Ley de Carrera Judicial, incurriendo en una falta muy grave prevista en el artículo 48 inciso 12 del mismo dispositivo legal. Por estas consideraciones, el pleno del CNM decidió culminar el procedimiento disciplinario y aceptar el pedido de destitución en su contra.
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