Descargue en PDF el «Protocolo de protección de datos, imagen e integridad en el proceso penal para niñas, niños y adolescentes»

El “Protocolo de protección de datos, imagen e integridad en el proceso penal para niñas, niños y adolescentes”, fue aprobado mediante Resolución Administrativa 286-2018-CE-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano, el 2 de diciembre de 2018.

Tiene por finalidad, establecer los estándares para la protección de este grupo vulnerable, que participan o se encuentra involucrados en el proceso penal validado en el Segundo Congreso Nacional de Acceso a la Justicia para Niñas, Niños y Adolescentes.

El documento permitirá visibilizar y abordar una problemática significativa y en aumento de nuestra realidad judicial, relacionada con la sobreexposición y revictimización.


Aprueban el “Protocolo de Protección de Datos, Imagen e Integridad en el Proceso Penal para Niñas, Niños y Adolescentes”

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 286-2018-CE-PJ

Lima, 21 de noviembre de 2018

VISTO:

El Oficio N° 149-2018-VP-CPAJPCVyJC-CS-PJ, cursado por el Juez Supremo provisional Carlos Calderón Puertas, en su condición de Vicepresidente de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Vicepresidente de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad solicita que se apruebe la propuesta de “Protocolo de Protección de Datos, Imagen e Integridad en el Proceso Penal para Niñas, Niños y Adolescentes”.

El mencionado protocolo permitirá visibilizar y abordar una problemática significativa y en aumento de nuestra realidad judicial, relacionada con la sobreexposición y re victimización de niñas, niños y adolescentes que participan en procesos penales a través de los medios de comunicación.

Segundo. Que el “Protocolo de Protección de Datos, Imagen e Integridad en el Proceso Penal para Niñas, Niños y Adolescentes” tiene como objetivo establecer los estándares para la protección de datos, imagen e integridad de las niñas, niños y adolescentes que participan o se encuentran involucrados en el proceso penal, lo que ha sido validado en el Segundo Congreso Nacional de Acceso a la Justicia para Niñas, Niños y Adolescentes.

Tercero. Que el referido documento se enmarca en el Eje N° 1: Niñas, Niños y Adolescentes del “Plan Nacional de Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad – Poder Judicial del Perú 2016-2021”, aprobado por Resolución Administrativa N° 090-2016-CE-PJ, que se ejecuta para la eficacia de las 100 Reglas de Brasilia.

Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado, funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 754-2018 de la trigésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el “Protocolo de Protección de Datos, Imagen e Integridad en el Proceso Penal para Niñas, Niños y Adolescentes”, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA
Presidente

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Fuente: Poder Judicial

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