CCXX PLENO REGISTRAL
SESIÓN ORDINARIA – MODALIDAD PRESENCIAL
En la ciudad de Lima, siendo las 8:00 de la mañana del día jueves 12 de diciembre de 2019, se reunió el Pleno Registral, bajo la modalidad presencial, con la participación de 15 vocales: la presidenta Nora Mariella Aldana Durán, el secretario técnico Pedro Álamo Hidalgo, Rosario Guerra Macedo, Gloria Amparo Salvatierra Valdivia, Luis Aliaga Huaripata, Daniel Tarrillo Monteza, Mirtha Rivera Bedregal, Gustavo Zevallos Ruete, Beatriz Cruz Peñaherrera, Walter Morgan Plaza, Yovana Fernández Mendoza, Arturo Mendoza Gutiérrez, Luis Ojeda Portugal, Fanny Tintaya Feria y Esben Luna Escalante.
LUGAR: Sede de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ubicada en la av. Pardo y Aliaga N.° 695, séptimo piso, San Isidro – Lima.
FECHAS: 12 y 13 de diciembre de 2019.
AGENDA: JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2019
08:00 a.m. Inauguración:
Nora Mariella Aldana Durán. Presidenta del Tribunal Registral.
08:10 a.m. TEMA 1: FÁBRICA LEVANTADA SOBRE TERRENO PROPIO DE UNO DE LOS CÓNYUGES DURANTE LA VIGENCIA DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES
Este tema fue tratado en el Pleno 189° realizado el 27 de abril de 2018, en el que se votó el siguiente criterio, que obtuvo el voto a favor de la mitad de los vocales y el voto en contra de la otra mitad de los vocales:
“Cuando en la declaratoria de fábrica levantada sobre terreno propio de uno de los cónyuges intervenga únicamente dicho cónyuge, el bien mantiene la calidad de propio”.
Para poner fin a la divergencia de criterios, el tema será nuevamente objeto de debate, con la participación de los siguientes amicus curiae:
08:10 a.m. Amicus curiae: Julio Pozo Sánchez
09:00 a.m. Amicus curiae: Juan Carlos del Aguila Llanos
09:50 a.m. Ponencia de la vocal Gloria Amparo Salvatierra
10:05 a.m. Pausa de café
10:20 a.m. Ponencia de la vocal Nora Mariella Aldana
10:35 a.m. Debate, conclusiones y votación
12:00 p.m. TEMA 2: CUESTIONAMIENTO EN SEDE REGISTRAL DE LA ACTUACIÓN NOTARIAL DE LOS JUECES DE PAZ RESPECTO DE LA EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS Y CERTIFICACIÓN DE FIRMAS, INVOCANDO LAS PROHIBICIONES DE LA LEY DE JUSTICIA DE PAZ
En el Diálogo con el Tribunal Registral realizado el 6 de setiembre de 2019 en la ciudad de Ayacucho se aprobó el siguiente acuerdo:
“Es posible evaluar la prohibición cuando del título se advierta que el Juez de Paz está directamente vinculado al acto materia de inscripción, porque se le otorgan derechos o imponen obligaciones a él; por lo tanto, es materia de observación en mérito al artículo 6 de la Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ”.”
En el citado Diálogo se ha solicitado que el presente tema se lleve a Pleno al existir resoluciones contradictorias: Res. 2548-2016- SUNARP-TR-L y Res. 1512-2018-SUNARP-TR-L.
[Continúa …]
![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Aunque la investigación preparatoria sea una etapa progresiva, ello no impide que, desde el inicio, se pueda plantear una excepción de improcedencia de acción, para lo cual deben analizarse los hechos contenidos en la disposición de formalización [Casación 3734-2024, Nacional, ff. jj. 6.2-6.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Peculado doloso por apropiación: No es posible atribuir, de forma conjunta, la ilegalidad de los actos administrativos a todos los funcionarios que intervinieron en el trámite, pues, al ser un delito de infracción de deber, la autoría es individual y recae en cada funcionario que incumple un deber específico [Casación 2160-2024, Huancavelica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ministerio de la Mujer incurrió en especial agravio de adulta mayor —con deterioro cognitivo severo, en situación de abandono familiar y pobreza— al impedirle su ingreso oportuno a centro especializado, exponiéndola durante casi un año a enfermedades intrahospitalarias [Exp. 04158-2025-0, f. j. 5.13-5.15, 6.18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-2-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)



![El empleo de las contrataciones sujetas a procedimiento de selección no competitivo bajo la causal prevista en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley, se configura siempre y cuando se haya efectuado, de manera preliminar, la resolución o declaración de nulidad del contrato por las causales previstas en los literales a) y b) del literal 71.1 del artículo 71 de la Ley, siendo dicho estado jurídico un presupuesto habilitante para su aplicación; por lo que no resulta posible emplear el procedimiento de selección no competitivo previsto en esta causal antes de que se haya efectuado la resolución contractual o de la declaración de nulidad [Opinión D000065-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Osiptel: Norma de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones [Resolución 000132-2025-CD/Osiptel]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/osiptel-regulador-comunicaciones-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
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![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-100x70.jpg)
![¿Es necesaria la intervención de ambos cónyuges en la disposición de un bien social cuando no está inscrita la sociedad conyugal como titular del mismo? [Casación 1134-2004, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/registral-inmobiliario-bienes-casa5-Sunarp-LPDerecho-324x160.png)