Acta del CCXX Pleno Registral sobre edificación realizada caudal social sobre terreno propio

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CCXX PLENO REGISTRAL
SESIÓN ORDINARIA – MODALIDAD PRESENCIAL

En la ciudad de Lima, siendo las 8:00 de la mañana del día jueves 12 de diciembre de 2019, se reunió el Pleno Registral, bajo la modalidad presencial, con la participación de 15 vocales: la presidenta Nora Mariella Aldana Durán, el secretario técnico Pedro Álamo Hidalgo, Rosario Guerra Macedo, Gloria Amparo Salvatierra Valdivia, Luis Aliaga Huaripata, Daniel Tarrillo Monteza, Mirtha Rivera Bedregal, Gustavo Zevallos Ruete, Beatriz Cruz Peñaherrera, Walter Morgan Plaza, Yovana Fernández Mendoza, Arturo Mendoza Gutiérrez, Luis Ojeda Portugal, Fanny Tintaya Feria y Esben Luna Escalante.

LUGAR: Sede de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ubicada en la av. Pardo y Aliaga N.° 695, séptimo piso, San Isidro – Lima.

FECHAS: 12 y 13 de diciembre de 2019.

AGENDA: JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2019

08:00 a.m. Inauguración:
Nora Mariella Aldana Durán. Presidenta del Tribunal Registral.

08:10 a.m. TEMA 1: FÁBRICA LEVANTADA SOBRE TERRENO PROPIO DE UNO DE LOS CÓNYUGES DURANTE LA VIGENCIA DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

Este tema fue tratado en el Pleno 189° realizado el 27 de abril de 2018, en el que se votó el siguiente criterio, que obtuvo el voto a favor de la mitad de los vocales y el voto en contra de la otra mitad de los vocales:

“Cuando en la declaratoria de fábrica levantada sobre terreno propio de uno de los cónyuges intervenga únicamente dicho cónyuge, el bien mantiene la calidad de propio”.

Para poner fin a la divergencia de criterios, el tema será nuevamente objeto de debate, con la participación de los siguientes amicus curiae:

08:10 a.m. Amicus curiae: Julio Pozo Sánchez

09:00 a.m. Amicus curiae: Juan Carlos del Aguila Llanos

09:50 a.m. Ponencia de la vocal Gloria Amparo Salvatierra

10:05 a.m. Pausa de café

10:20 a.m. Ponencia de la vocal Nora Mariella Aldana

10:35 a.m. Debate, conclusiones y votación

12:00 p.m. TEMA 2: CUESTIONAMIENTO EN SEDE REGISTRAL DE LA ACTUACIÓN NOTARIAL DE LOS JUECES DE PAZ RESPECTO DE LA EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS Y CERTIFICACIÓN DE FIRMAS, INVOCANDO LAS PROHIBICIONES DE LA LEY DE JUSTICIA DE PAZ

En el Diálogo con el Tribunal Registral realizado el 6 de setiembre de 2019 en la ciudad de Ayacucho se aprobó el siguiente acuerdo:

“Es posible evaluar la prohibición cuando del título se advierta que el Juez de Paz está directamente vinculado al acto materia de inscripción, porque se le otorgan derechos o imponen obligaciones a él; por lo tanto, es materia de observación en mérito al artículo 6 de la Resolución Administrativa N° 341-2014-CE-PJ”.”

En el citado Diálogo se ha solicitado que el presente tema se lleve a Pleno al existir resoluciones contradictorias: Res. 2548-2016- SUNARP-TR-L y Res. 1512-2018-SUNARP-TR-L.

[Continúa …]

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