Un nuevo caso de presunto abuso en un control de identidad policial se presentó en redes sociales, luego de que un video registrara cómo un grupo de agentes intentó obligaría a un ciudadano a entregar su teléfono celular para verificar el IMEI, pese a que este ya había sido plenamente identificado tras presentar su DNI. La intervención ocurrió en la vía pública y rápidamente se viralizó por el insistente reclamo del hombre sobre la falta de sustento legal para tal revisión.
El registro audiovisual muestra al ciudadano reiterando que ya cumplió con identificarse: «No te voy a dar mi teléfono ni nada, ya tiene mi DNI. Identifíqueme», afirma en varias oportunidades. También insiste en que los policías no pueden revisar su propiedad privada sin una orden: «No le voy a permitir nada a menos que tenga una orden. No hay ninguna base legal que me revise mi propiedad».
Los agentes, sin embargo, sostienen que sí existe sustento para proceder. Uno de ellos le advierte: «Hay una base legal si usted se sigue negando». En el fondo se escucha a otro efectivo exigir:»Que le dé la base legal para llevarlo». La tensión aumenta cuando el ciudadano pide que se le hable de frente y recuerda que ya entregó su DNI: «Hábleme de frente, le he dado mi DNI al señor».
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Pese a ello, un policía insiste en que debe digitar el código del IMEI porque, según afirma, la finalidad es verificar la procedencia del equipo: «Usted tiene que digitar su código de IMEI y mostrarnos su código, la finalidad es verificar que tenga una buena procedencia». Confundido, el intervenido pregunta a qué se refiere y se niega nuevamente: «No le voy a mostrar mi IMEI». En respuesta, el agente le señala que será trasladado a la comisaría.
Todo ocurre aunque el ciudadano ya había sido verificado. Él reitera que sin una orden no pueden tocar su teléfono: «Si no tienen una orden no pueden tocar mi propiedad privada. Llévenme entonces». Acto seguido, otro policía le asegura que será llevado «en calidad de retenido», y añade que se presume que el teléfono podría ser robado: «Para presumir no se necesita una investigación. La persona que nada debe, teme apoyo», afirma.
Frente a este caso, especialistas explicaron los límites legales de un control de identidad. El juez superior Celis Mendoza, de la Corte Penal Especializada en Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios, recordó que el artículo 205 del Código Procesal Penal regula las facultades policiales en estas intervenciones, estableciendo que solo procede solicitar nombre, documento de identidad, domicilio u otros datos indispensables para identificar al intervenido.

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