Fundamento destacado: Pues bien, con relación al delito de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto, basta indicar que se trata de un tipo penal subsidiario en el que, conforme se desprende de la lectura del artículo 416 del C.P., incurre el servidor público, «fuera de los casos especialmente previstos como conductas punibles…»; por lo tanto, la solución del concurso aparentes de tipos se resuelve por el principio de especialidad, según el cual existiendo dos normas que describen la conducta jurídicamente reprochable —en relación de género a especie—, una general y otra que abarca idéntico contenido, se debe preferir la norma que particulariza de forma más exhaustiva el comportamiento, tal y como acontece con el reato de privación ilegal de libertad, dado que es más rico descriptivamente y guarda relación especialmente con la restricción del derecho a la libertad de las personas.
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Penal
DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN
Magistrado ponente
SP347-2022
Radicado N° 60199
Acta 28.
Bogotá, D.C., dieciséis (16) de febrero de dos mil veintidós (2022).
VISTOS
Se decide el recurso de apelación interpuesto por el defensor de CARLOS GONZALO ALVARADO GAITÁN, contra la sentencia proferida por la Sala Especial de Primera Instancia de esta Corporación el 27 de mayo de 2021, mediante la cual lo condenó a 48 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término, luego de hallarlo autor responsable del delito de privación ilegal de la libertad.
[Continúa…]



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![Se vulneran el principio de imputación necesaria y el derecho de defensa si se permite una especie de investigación penal prospectiva al emplearse, en la formalización, una fórmula vaga o genérica de la «ventaja o beneficio» a favor de un fiscal —elemento del delito de cohecho activo específico—, con indicación de los elementos de investigación que lo corroboran [Exp. 49-2025-54, ff. jj. 48-51]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/POST-Eliseo-Giammpol-Taboada-Pilco-con-firmas-LPDerecho-218x150.jpg)
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