El Poder Judicial rechazó la demanda de hábeas corpus interpuesta por el abogado Miguel Ángel Soria, defensor del excongresista y exministro Daniel Urresti, contra los jueces superiores de la Tercera Sala Penal Liquidadora Transitoria y los jueces supremos de la Sala Transitoria de la Corte Suprema.
La defensa de Urresti buscaba anular la sentencia del 12 de abril de 2023, emitida por la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria, que declaró al exlegislador culpable como coautor del asesinato del periodista Hugo Bustíos y del intento de homicidio de Eduardo Yeny Rojas Arce.
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El abogado Soria sustentó la demanda en una presunta vulneración de los principios fundamentales del debido proceso como la legalidad, la presunción de inocencia y la imparcialidad del tribunal.
EXPEDIENTE : 01849-2025-0-1801-JR-DC-02
MATERIA : HABEAS CORPUS
JUEZ TITULAR : VALENCIA LOPEZ JONATHAN JORGE
ESPECIALISTA : MITTAC PARRA, ROSARIO MERCEDES
DEMANDADO : JUECES SUPERIORES DE LA TERCERA SALA PENAL
SUPERIOR LIQUIDADORA TRANSITORIA DE LA
CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL
ESPECIALIZADA, JUECES SUPREMOS DE LA SALA
PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA
DEMANDANTE : URRESTI ELERA, DANIEL BELIZARIO
SENTENCIA
Resolución Nro. 04
Lima, dieciocho de febrero de 2025.-
AUTOS Y VISTOS: La demanda de Habeas Corpus promovida por MIGUEL ÁNGEL SORIA FUERTE, a favor de DANIEL BELIZARIO URRESTI ELERA, contra los JUECES SUPERIORES DE LA TERCERA SALA PENAL SUPERIOR NACIONAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE LA CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA, Y JUECES SUPREMOS DE LA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA; por supuesta violación del principio de legalidad, principio de congruencia, derecho de defensa, derecho a la debida valoración probatoria, derecho a la cosa juzgada, derecho a la ejecución de resoluciones judiciales, debida motivación de resoluciones judiciales, derecho al debido proceso, derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y libertad personal en perjuicio de beneficiario.
ATENDIENDO:
I. FUNDAMENTOS DEL DEMANDANTE:
PRIMERO. -PETITORIO:
El actor pretende con la interposición de la presente demanda de Hábeas Corpus, que el
Juzgado Constitucional, lo declare fundado y se disponga lo siguiente:
- Nulidad de la sentencia del 12 de abril de 2023, dictada por la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, aclarada e Integrada mediante Resolución de 13 de abril de 2023, dictada en el Expediente 16-2014-0-5001-SP-PE-01, con la que se condenó al beneficiario «como coautor de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de asesinato, bajo la circunstancia agravada de alevosía, tipificado en el artículo 152° del Código Penal de 1924, en agravio de Hugo Bustíos Saavedra y en grado de tentativa en la modalidad de Asesinato en agravio de Eduardo Yeny Rojas Arce», por lo que le Impusieron doce años de pena privativa de libertad;
- Nulidad de Nulidad de la resolución de 19 de julio de 2024 que resolvió el Recurso de Nulidad No. 797-2023 NACIONAL, dictada por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que declaró «no haber nulidad en la sentencia del doce de abril de 2023 expedida por la Tercera Sala Penal Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada» que condenó al beneficiario como coautor del delito de homicidio, calificado por la modalidad de alevosía, en perjuicio de Hugo Bustíos Saavedra, y por el delito tentado de homicidio calificado por la misma modalidad, en agravio de Eduardo Yeni Rojas Arce.
- Nulidad de la resolución de 5 de abril de 2019 del Recurso de Nulidad No 2210-2018 LIMA, dictada por la Sala Penal Permanente de 2018 LIMA la Corte Suprema de Justicia de la República.
- Se ordene la ordene la inmediata libertad del favorecido.
[Continúa…]
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