El Poder Judicial rechazó la demanda de hábeas corpus interpuesta por el abogado Miguel Ángel Soria, defensor del excongresista y exministro Daniel Urresti, contra los jueces superiores de la Tercera Sala Penal Liquidadora Transitoria y los jueces supremos de la Sala Transitoria de la Corte Suprema.
La defensa de Urresti buscaba anular la sentencia del 12 de abril de 2023, emitida por la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria, que declaró al exlegislador culpable como coautor del asesinato del periodista Hugo Bustíos y del intento de homicidio de Eduardo Yeny Rojas Arce.
Inscríbete aquí Más información
El abogado Soria sustentó la demanda en una presunta vulneración de los principios fundamentales del debido proceso como la legalidad, la presunción de inocencia y la imparcialidad del tribunal.
EXPEDIENTE : 01849-2025-0-1801-JR-DC-02
MATERIA : HABEAS CORPUS
JUEZ TITULAR : VALENCIA LOPEZ JONATHAN JORGE
ESPECIALISTA : MITTAC PARRA, ROSARIO MERCEDES
DEMANDADO : JUECES SUPERIORES DE LA TERCERA SALA PENAL
SUPERIOR LIQUIDADORA TRANSITORIA DE LA
CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL
ESPECIALIZADA, JUECES SUPREMOS DE LA SALA
PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA
DEMANDANTE : URRESTI ELERA, DANIEL BELIZARIO
SENTENCIA
Resolución Nro. 04
Lima, dieciocho de febrero de 2025.-
AUTOS Y VISTOS: La demanda de Habeas Corpus promovida por MIGUEL ÁNGEL SORIA FUERTE, a favor de DANIEL BELIZARIO URRESTI ELERA, contra los JUECES SUPERIORES DE LA TERCERA SALA PENAL SUPERIOR NACIONAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE LA CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA, Y JUECES SUPREMOS DE LA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA; por supuesta violación del principio de legalidad, principio de congruencia, derecho de defensa, derecho a la debida valoración probatoria, derecho a la cosa juzgada, derecho a la ejecución de resoluciones judiciales, debida motivación de resoluciones judiciales, derecho al debido proceso, derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y libertad personal en perjuicio de beneficiario.
ATENDIENDO:
I. FUNDAMENTOS DEL DEMANDANTE:
PRIMERO. -PETITORIO:
El actor pretende con la interposición de la presente demanda de Hábeas Corpus, que el
Juzgado Constitucional, lo declare fundado y se disponga lo siguiente:
- Nulidad de la sentencia del 12 de abril de 2023, dictada por la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, aclarada e Integrada mediante Resolución de 13 de abril de 2023, dictada en el Expediente 16-2014-0-5001-SP-PE-01, con la que se condenó al beneficiario «como coautor de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de asesinato, bajo la circunstancia agravada de alevosía, tipificado en el artículo 152° del Código Penal de 1924, en agravio de Hugo Bustíos Saavedra y en grado de tentativa en la modalidad de Asesinato en agravio de Eduardo Yeny Rojas Arce», por lo que le Impusieron doce años de pena privativa de libertad;
- Nulidad de Nulidad de la resolución de 19 de julio de 2024 que resolvió el Recurso de Nulidad No. 797-2023 NACIONAL, dictada por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que declaró «no haber nulidad en la sentencia del doce de abril de 2023 expedida por la Tercera Sala Penal Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada» que condenó al beneficiario como coautor del delito de homicidio, calificado por la modalidad de alevosía, en perjuicio de Hugo Bustíos Saavedra, y por el delito tentado de homicidio calificado por la misma modalidad, en agravio de Eduardo Yeni Rojas Arce.
- Nulidad de la resolución de 5 de abril de 2019 del Recurso de Nulidad No 2210-2018 LIMA, dictada por la Sala Penal Permanente de 2018 LIMA la Corte Suprema de Justicia de la República.
- Se ordene la ordene la inmediata libertad del favorecido.
[Continúa…]

![La duda favorece a la acusación: Para acusar no se exige certeza ni refutar la tesis defensiva, sino únicamente que la hipótesis fiscal tenga mayor probabilidad que la defensiva, conforme al estándar de sospecha suficiente [Apelación 11-2025, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aplicación de la «exceptio veritatis» está condicionada a que el querellado pruebe, de manera específica, lo atribuido [RN 4446-2006, Tumbes, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El principio del doble conforme: si dos instancias están de acuerdo totalmente en una decisión ya no existe motivo para seguir dilatando el litigio innecesariamente [Casacion 2485-2023, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema confirma constitucionalidad de norma que prohíbe la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos (pesca), ya sea marina o continental, en toda la extensión de las áreas naturales protegidas [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.9-4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC ordena reposición de trabajador CAS que realizaba labores de naturaleza permanente [Exp. 02047-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![¿Qué régimen le corresponde a los inspectores municipales CAS o 276? [Informe Técnico 000502-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)



![Derechos de autor: incorporan eximentes de responsabilidad para proveedores de internet ante infracciones [Decreto Legislativo 1724]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Derechos-de-autor-LPDerecho-218x150.png)
![Reglas para el uso adecuado de la numeración telefónica y la trazabilidad de llamadas y mensajes de texto [Decreto Legislativo 1723]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/llamada-telefono-celular-deuda-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)




![[VÍDEO] Jiménez Mayor: «Hay mucho retroceso en lo que se está planteando en la Sunir, básicamente es un tema de marketing»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-GENERICO-JUAN-JIMENES-MAYOR-LPDERECHO-218x150.jpg)





![TC ordena reposición de trabajador CAS que realizaba labores de naturaleza permanente [Exp. 02047-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)

![Suprema confirma constitucionalidad de norma que prohíbe la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos (pesca), ya sea marina o continental, en toda la extensión de las áreas naturales protegidas [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.9-4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-324x160.jpg)



![[VÍDEO] Jiménez Mayor: «Hay mucho retroceso en lo que se está planteando en la Sunir, básicamente es un tema de marketing»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-GENERICO-JUAN-JIMENES-MAYOR-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Suprema confirma constitucionalidad de norma que prohíbe la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos (pesca), ya sea marina o continental, en toda la extensión de las áreas naturales protegidas [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.9-4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-100x70.jpg)
