Jefferson Moreno: «Curso de litigación oral se debería enseñar en todas las facultades de derecho del Perú»

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Compartimos con ustedes la tesis del reconocido abogado penalista Jefferson Moreno Nieves, para obtener el grado de maestro en enseñanza del derecho por la Universidad San Martín de Porres.

Esta investigación abordó el problema existente en nuestra realidad nacional respecto a la falta de implementación del curso de litigación oral en las facultades de derecho a nivel nacional y el impacto de esta ausencia en la práctica profesional de los distintos distritos judiciales del país.

Planteamiento del problema

¿Cuál es la importancia de preparar en técnicas de litigación oral y oralidad a los estudiantes de derecho como parte de los cursos de derecho penal? Para poder recorrer todo el camino de este nuevo proceso penal o, mejor dicho, para enfrentar el proceso y no morir en el intento, el litigante requiere de habilidades más allá del propio conocimiento, requiere de aptitudes que le permitan transmitir ese conocimiento.

Esas habilidades deben ser enseñadas desde una clase teórica primero, y puesta en práctica a través de simulaciones previas al egreso del alumno a la vida laboral.

La enseñanza de la litigación oral va más allá de una clase de oratoria o retórica. Implica mostrar al alumno la realidad jurídica peruana y la forma de lidiar con ella, a través de diferentes técnicas que solo la práctica puede permitirnos desarrollar. La habilidad de transmitir información y tener que sintetizarla al máximo por los límites de tiempos que se presentan en las audiencias del sistema procesal penal peruano, requieren de entrenamiento y captar la habilidad de presentar solo lo necesario de acuerdo con los criterios del juzgador.

«No todas las universidades enseñan litigación oral»

Como se podrá ver en este trabajo, no todas las universidades licenciadas del Perú han tomado en cuenta la importancia del curso de litigación oral y, por tanto, no lo han implementado en sus mallas curriculares.

En algunos casos, muchas facultades de derecho incluso mantienen los cursos como oratoria o teatralidad, quizá por no comprender su diferencia con la litigación oral. Y en el caso de aquellas universidades que han tenido a bien implementar este curso en sus mallas, se puede verificar que los métodos de enseñanza y de evaluación no corresponden a la naturaleza de lo que se pretende transmitir, no siendo comprobable o verificable en la realidad que el alumno haya obtenido la habilidad de litigación que se quiso inculcar.

Justificación de la investigación

La realidad peruana ha demostrado que el egresado de la facultad de derecho no necesariamente tiene las capacidades comunicativas que requiere este nuevo sistema.

Con la investigación se beneficiará a los futuros abogados, porque podrá ser el punto de partida para la implementación o mejora de los cursos obligatorio que desarrolle estas capacidades del alumno, los que hoy se constituye en una exigencia.

Conclusiones

  • El operador jurídico, cuando participa en un sistema procesal acusatorio reformado, requiere del conocimiento y uso de las llamadas técnicas de litigación oral.
  • Las técnicas de litigación oral deben diferenciarse en su uso dependiendo de la etapa procesal en la que se pretenda su aplicación, esto es, sean las audiencias previas al juicio o las técnicas aplicadas a la etapa de juzgamiento.
  • La enseñanza del derecho en la educación universitaria puede realizarse a través de diferentes métodos, cada uno de ellos aplicable a los fines concretos que se pretendan y a la naturaleza misma del curso del que se trate.
  • En el Perú, no todas las universidades licenciadas le han dado la relevancia necesaria al curso de “litigación oral”, obviando su enseñanza e incluso obviando cursos relacionados con él […]

Recomendaciones

  • Recomendar a las facultades de derecho de universidades licenciadas la incorporación del curso de litigación oral a sus respectivas mallas universitarias.
  • El método de evaluación del curso de litigación oral no necesariamente debe ser el examen escrito, ya que la naturaleza del propio curso exige otro método capaz de evaluación la adquisición de conocimientos por parte del alumno, de ahí que el método de evaluación pertinente para este curso sea el de examen oral.
  • La constancia de evaluación en exámenes parciales y orales del curso de litigación oral puede trasladarse a un esquema determinado que permita al alumno conocer los criterios de evaluación que serán tomados en cuenta al momento del examen oral

Lee la tesis completa: aquí

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