¡Importante! Crean cuatro Fiscalías para implementar el NCPP en distrito fiscal Lima [Resolución 28-2020-MP-FN-JFS]

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Publicado el 2 de julio de 2020, en el diario oficial El Peruano.


Crean cuatro (04) Fiscalías Superiores Penales en el Distrito Fiscal de Lima, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, correspondiente al Primer Tramo

RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS 28-2020-MP-FN-JFS

Lima, 26 de junio de 2020

VISTOS y CONSIDERANDO:

El oficio N° 003474-2020-MP-FN-PJFSLIMA de fecha 19 de junio de 2020, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima; el informe N° 000004-2020-MP-FN-STI-NCPP de fecha 20 de junio de 2020 y el oficio N° 030-2020-MP-FN-OT-CPP/ST de fecha 22 de junio de 2020, cursados por el Secretario Técnico de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal.

En virtud de lo establecido por el Decreto Supremo N° 012-2019-JUS de fecha 28 de junio de 2019, que modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima, el mencionado código entrará en vigencia el 01 julio de 2020; por tal motivo, se hace necesario entre otros, crear fiscalías en el referido Distrito Fiscal.

Mediante Resolución N° 024-2020-MP-FN-JFS de fecha 24 de junio de 2020, la Junta de Fiscales Supremos, aprobó el Diseño de Organización Fiscal, Dimensionamiento y Desagregación Presupuestal correspondiente al Primer Tramo para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima, propuesto por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; disponiendo la creación de una (01) Fiscalía Superior Penal, veinte (20) Despachos Provinciales Penales, un (01) Equipo de Apoyo Fiscal para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima y doscientos treinta y nueve (239) plazas fiscales que comprenden fiscal superior, fiscales adjuntos superiores, fiscales provinciales y fiscales adjuntos provinciales, para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima–Primer Tramo, en función al presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Según lo determinado en el Diseño de Organización de las Fiscalías Corporativas Penales del Distrito Fiscal de Lima – Primer Tramo Presupuestal, sustentado en el Informe N° 007-2020-MP-FN-OT-CPP/ST, las siete (07) fiscalías superiores penales faltantes para completar el número de fiscalías superiores requeridas para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima-Primer Tramo, se completaría con la conversión de fiscalías superiores de otras especialidades.

Al respecto, la Gerente de la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales – OREF manifiesta que solo existen tres (03) Fiscalías Superiores que pueden ser convertidas; por lo que, faltarían cuatro (04) Fiscalías Superiores Penales para completar el mencionado Diseño de Organización de las Fiscalías Corporativas Penales.

Ante ello, la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima ha solicitado la creación de las cuatro (04) fiscalías superiores penales con el fin de completar el Diseño de Organización de las Fiscalías Corporativas Penales del Distrito Fiscal de Lima – Primer Tramo Presupuestal.

En ese sentido, la Secretaría Técnica del Equipo Técnico del Nuevo Código Procesal Penal, considerando que actualmente no se cuenta con disponibilidad de fiscalías superiores de otras especialidades susceptibles de convertir en fiscalías superiores penales para completar el dimensionamiento del diseño organizacional propuesto en el Informe N° 007-2020-MP-FN-OT-CPP/ST, propone como alternativa viable, la creación de las (04) cuatro fiscalías superiores penales faltantes -detalladas en los documentos del visto-, las mismas que deberán implementarse con los recursos humanos faltantes y logístico, con el presupuesto correspondiente al segundo tramo para la continuidad de la implementación del Código Procesal Penal, que estará disponible a partir de enero de 2021.

En ese contexto, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N° 5704, adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de junio de 2020, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, la creación de cuatro (04) Fiscalías Superiores Penales para completar el Dimensionamiento del Diseño de Organización Fiscal, correspondiente al Primer Tramo para la Implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima.

En consecuencia, estando a lo propuesto por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; y, en cumplimiento del Acuerdo N° 5704 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear en el Distrito Fiscal de Lima, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, correspondiente al Primer Tramo, cuatro (04) Fiscalías Superiores Penales que a continuación se detallan, conforme a los documentos indicados en la presente resolución:

● Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco.

● Fiscalía Superior Penal de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco.

● Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja.

● Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja

Artículo Segundo.- Precisar que las fiscalías señaladas en el artículo primero, serán implementadas de acuerdo a los documentos indicados en la presente resolución, con el presupuesto correspondiente al segundo tramo para la continuidad de la implementación del Código Procesal Penal.

Artículo Tercero. – Facultar a la señora Fiscal de la Nación la distribución, redistribución y/o conversión de las fiscalías que se mencionan en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio.

Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, para que disponga las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA

Fiscal de la Nación
Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos

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