Luego de que el fiscal de la Nación, Pedro Gonzalo Chávarry, hace pocos minutos, dejara sin efecto las designaciones de los fiscales Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez en el Equipo Especial Lava Jato, y pusiera en sus puestos a los fiscales Frank Almanza Altamirano y Marcial Eloy Paucar Chappa, la reacción de los políticos y de la ciudadanía en general no se han hecho esperar.
Ante tamaño anuncio, a pocas horas de celebrar la llegada del año nuevo 2019, diversos colectivos y ciudadanos han abierto convocatorias en redes sociales con el objeto de pedir la renuncia del fiscal de la Nación, Pedro Gonzalo Chávarry. Incluso más, desde diferentes ciudades del país se registran en estos momentos acciones de protesta.
Por ejemplo, La Biblioteca de Marcos Puccinelli, lanzó en su cuenta de Facebook la convocatoria titulada ¡Marcha contra Chavarry! A pocos minutos de ser lanzada ya tiene más de mil confirmaciones.
Así también, el colectivo No a Keiko hizo su convocatoria que hasta el momento tiene más de ocho mil confirmaciones.
¿Participarías en estas marchas? Deja tu opinión en la caja de comentarios.
![Tres requisitos del principio de imputación suficiente en la fundamentación de la acusación: fáctico (relato circunstanciado y preciso de los hechos); lingüístico (lenguaje claro, sencillo y entendible, sabiendo que va a ser conocida por ciudadanos imputados); y normativo (fijar la modalidad típica, individualizar la imputación, fijar el nivel de intervención, y establecer los indicios y elementos de juicio que sustentan cada imputación) [RN 2823-2015, Ventanilla, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Absolución de delito de agresiones contra integrante de grupo familiar por inexistencia de situación de vulnerabilidad y circunstancia asimétrica del agraviado [Exp. 2044-2025-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








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![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
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