En el discurso de 28 de julio del año pasado, el presidente Pedro Castillo Terrones anunció la expansión del sistema de rondas en todo el Perú. Un hecho que ha generó un debate entre los integrantes de estos grupos y los que se oponen a imponer esta figura en ciudades como la nuestra.
Las rondas y el derecho
Se reconoce que el origen de las rondas se dio en Cajamarca, como una forma de enfrentar el abigeato. Entiéndase como el robo de ganado o animales.
Era 1976 y en Chota se identifica la creación de la primera de estas rondas. Su rol fue creciendo con el pasar de los años, convirtiéndose en figuras de seguridad que llegaron a frenar al avance del terrorismo en las zonas más golpeadas del país.
En la crisis de los ochentas y noventas, los ronderos se convirtieron en el corazón de los Comités de Autodefensa. Con la frase «castiga, pero no mates», marcaban las distancias con el terror consumado por Abimael Guzmán.
Gracias a su organización e impacto, el Estado destacó a las rondas campesinas con un espacio dentro de la Constitución de 1993, en el artículo 149:
Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. La ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz y con las demás instancias del Poder Judicial.
Con esto en mente, podemos considerar que las facultades de las rondas se limitan donde comienzan los derechos fundamentales de las personas.
En este contexto, «las personas» vendrían a ser los delincuentes a los que ellos atrapan y castigan a diario. Y lejos de su propósito original, ahora se encargan de llevar la justicia a ladrones o violadores.
Las sanciones que imparten las rondas campesinas consisten en la realización de esfuerzos físicos, baños de agua fría, castigos a latigazos y faenas comunales obligatorias. Los baños de agua fría han sido empleados extensamente como el primer mecanismo de punición empleado por la ronda debido a su simbolismo.
Según la interpretación de muchos ronderos, los baños de agua fría son una forma de renacimiento corporal simbólico, significando una forma de purificación.
¿Son viables en Lima?
La mayoría de cuestionamientos a las rondas van en el sentido de que se dan muchos tratos crueles y humillantes como un castigo y como forma de interrogatorio. Algo que no está amparado en la Constitución y que ameritaría responsabilidad penal.
Pensando en su supuesta implementación en Lima, habría que revisar el reglamento de rondas campesinas en el Decreto Supremo 025-2003-JUS, donde se delimita ámbito de acción de las rondas.
Según el artículo 5 de dicho documento, el ámbito territorial mínimo para la conformación de una Ronda Campesina será el que corresponde al de un caserío.
El Decreto Supremo 019-2003-PCM identifica al caserío como como a un centro poblado con una población concentrada entre 151 y 1000 habitantes. Con viviendas ubicadas en forma continua o dispersa parcialmente y un centro educativo en funcionamiento.
Por lo antes mencionado, podemos entender que Lima o sus distritos no son aptos para la implementación de las rondas. Para ellos, seria necesario realizar una modificación a las leyes citadas en párrafos anteriores, lo que requiere de un consenso político que debería ser debatido en el Congreso.
Es necesario añadir la existencia de la Ley 27908, Ley de Rondas Campesinas, que reconoce a las rondas como forma autónoma y democrática de organización comunal. De esta forma pueden establecer interlocución con el Estado o apoyar el ejercicio de funciones jurisdiccionales de las comunidades campesinas y nativas.
Ronderos en Lima
Víctor Vallejos, presidente de Confederación de Rondas Campesinas, se muestra muy seguro de que la implementación de esta idea en Lima es inminente.
Él considera que es una idea que se conversará con Cerrón, por ser el líder del partido, para luego debatirla con el presidente Castillo de ser necesario. En ese específico orden, según sus declaraciones y las citas que ha estado buscando con el líder de Perú Libre.
La meta es implementar a los ronderos en la capital a través de tres fases. Primero 5000, luego 20 000 y finalmente 40 000. Para de esta forma poder detener a los «fumones, drogadictos, prostitutas y malcriados». Ellos vendrían de todo el país, pero también se formarían en esta ciudad y a ellos se le podría llegar a dar armas.
Estos ronderos operarían sin sueldo, pero la iniciativa sí vendría a requerir cinco mil millones de soles del presupuesto destinado a seguridad del año 2022. Así es, no leyó mal. Vallejos pide esta suma con el fin de suplir gastos operativos y darle incentivos a los seleccionados para integrar estos equipos de justicia urbana.
Estas medidas han generado una división entre los propios ronderos, ya que ellos mismos señalan que la iniciativa nace siempre forma comunitaria y no en el marco político a favor de un partido o una figura.
Además, Santos Saavedra, uno de los lideres de estos colectivos, defiende que los ronderos son una unión de peruanos que se autosostiene económicamente. Siempre ha sido así, defiende, para evitar que se les vea como una unidad a favor de alguien.
La idea ha aterrizado rápidamente en algunas zonas pese a ello en la avenida Juan Pablo se ha inaugurado la primera academia de ronderos. Según José Millones, encargado del espacio, el plan es comenzar un curso en quincena de agosto.
Basta con llenar un formulario para escribirte, bajo la promesa de que tienes experiencia militar o policial. Nada de CVs, nada de antecedentes policiales. Solo importa la voluntad de ganar un par de monedas y las buenas intenciones para volverte un miembro de esta élite en menos de un mes.
El lector, hasta el momento, podría suponer que esto ya esta aprobado en todas las instancias por el nivel de detalle que se maneja. Sin embargo, el ministro del Interior Juan Carrasco, descartó que esto se vaya a poner en práctica en Lima.
“La policía cumple un rol fundamental y constitucionalmente autorizado. No existe ninguna disposición de parte de mi despacho para de alguna manera implementar rondas en la ciudad de Lima”
¿Quién está dirigiendo toda esta planificación que algunos ya tienen muy calculada?
Opinan los expertos
Para muchos, una señal para entender la oficialización del nuevo alcance de los ronderos es que ellos hayan sido los encargados de brindar seguridad al premier Guido Bellido durante sus recientes viajes a provincia.
Esto, para el exviceministro de Seguridad Pública, Ricardo Valdés, es una usurpación de autoridad que puede poner en peligro la democracia.
Pero hay opiniones menos apocalípticas.
El exministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, detalló que sería un fracaso replicar un modelo del área rural en una ciudad de la escala de Lima ya que hay varios factores sociales que no se aplicarían.
Lo que sí le preocupa al especialista es que estemos frente a unas nuevas milicias del gobierno, una «fuerza ronderil» que sería un grave error por parte de Castillo.
Esto se complementa con lo dicho por el exministro del Interior, Carlos Basombrío, que considera esta idea como «absolutamente ineficiente». Se sostiene en que ya existe un sistema de seguridad ciudadana. Con muchas cosas que corregir, pero con normas reguladas.
“Lo que funciona son las juntas vecinales; no siempre están actividad, pero funcionan. No capturan delincuentes, pero alertan a la policía, están en constante vigilancia”
¿Qué opinan ustedes?


![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-218x150.png)

![Suprema delimita el alcance de la presunción de veracidad de las actas de infracción que emiten los inspectores de trabajo [Casación 24056-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/inspectores-sunafil-LPDerecho-218x150.png)
![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las convenciones probatorias no constituyen una «verdad-negocial» sobre los hechos del delito, pues estos no son objeto de acuerdo entre las partes; solo recaen sobre el contenido de los medios probatorios, cuya valoración debe corresponder a la realidad objetiva [Exp. 935-2007-0, f. j. 3] hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Modifican Reglamento de formalización de la propiedad informal para agilizar titulación de terrenos ocupados [Decreto Supremo 005-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/venta-casa-terreno-propiedad-construccion-comunidad-campesina-lote-vivienda-civil-LPDerecho-218x150.png)
![Mininter renueva denominación de la dirección de rondas campesinas [Resolución Ministerial 0429-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-LPDerecho-218x150.jpg)
![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Actualizan política de subsidios del transporte urbano de pasajeros de Lima y Callao [Decreto Supremo 009-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-embotellamiento-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-218x150.jpg)

![[VÍDEO] Erwin Siccha: «Martín Vizcarra sigue siendo inocente y solo está privado de su libertad por una medida cautelar»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_entrevista-a-Erwin-Siccha_LP-218x150.jpg)







![Modifican Reglamento de formalización de la propiedad informal para agilizar titulación de terrenos ocupados [Decreto Supremo 005-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/venta-casa-terreno-propiedad-construccion-comunidad-campesina-lote-vivienda-civil-LPDerecho-100x70.png)

![Mininter renueva denominación de la dirección de rondas campesinas [Resolución Ministerial 0429-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-LPDerecho-100x70.jpg)


