En ceremonia pública realizada en el Congreso de la República, el presidente del Congreso Luis Galarreta promulgó hoy la ley de carrera del trabajador judicial. Al acto protocolar asistió el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez. También estuvo presente la congresista Alejandra Aramayo; el legislador Justiniano Apaza no pudo asistir por encontrarse en semana de representación, ambos fueron los impulsores más entusiastas de la norma.
Lea también: Lea la nueva ley de la carrera del trabajador judicial
Como se recuerda, la norma que excluye al personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial de los alcances de la Ley del Servicio Civil, fue aprobada unánimemente en un primer momento, fue observaba por el Ejecutivo; no obstante, el Congreso decidió, por insistencia, aprobarla con 99 votos a favor y 3 abstenciones.
En una nota de prensa, el Poder Judicial anunció así los cambios que nos trae esta norma que ha quedado lista para su publicación en el diario oficial El Peruano:
Sobre la norma
La propuesta establece que no podrán acceder a la carrera judicial quienes hayan sido condenados por delito doloso, destituidos o despedidos de cualquier dependencia pública o de la actividad privada por falta grave.
El sistema de ingreso será mediante concurso público de mérito a cargo de la Comisión Permanente de Selección de Personal de la Corte Superior de Justicia o de la Gerencia General, según sea el caso.
Concluido el proceso de selección corresponde el nombramiento en los niveles y especialidades, según el orden de merito alcanzado y hasta cubrir las plazas vacantes.
La ley también promueve la capacitación permanente de los servidores, tanto laboral como profesional, con la finalidad de mejorar su desempeño para brindar servicios de calidad a los ciudadanos
Lea también: Sala confirma que Sunarp no debe cobrar más de 10 céntimos por cada copia simple
Derechos laborales
Respecto a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), la norma establece que será depositada semestralmente en la entidad que elija libremente el trabajador a razón de una remuneración integra por cada año de servicio.
Los derechos colectivos de los trabajadores judiciales son los previstos en el Convenio 87 y Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), además, tienen derecho a organizarse con fines de defensa de sus intereses.
El pliego de reclamos se presenta entre el 1 de noviembre y 30 de enero del siguiente año, mientras que las negociaciones deben efectuarse necesariamente hasta el último día del mes de marzo.
Respecto al derecho a huelga, la norma señala que es ejercida una vez agotados los mecanismos de negociación y debe notificarse a la entidad con una anticipación no menor de 10 días.
Los trabajadores judiciales están prohibidos de defender o asesorar pública o privadamente, salvo en causa propia, a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o conyugue o conviviente.
Asimismo, aceptar de los litigantes o abogados donaciones, obsequios, atenciones, agasajos o sucesión testamentaria en su favor. Igual prohibición se aplica en caso de ofrecimiento de publicaciones viajes o capacitaciones de cualquier institución que tenga juicio en trámite contra el Estado.
Escala remunerativa
En las disposiciones complementarias la norma señala que el Ministerio de Economía y Finanzas y el Poder Judicial conformarán una Comisión de Trabajo encargada de elaborar la ley de escala remunerativa de los trabajadores de la carrera judicial y preparar los proyectos normativos para su concreción.
Asimismo, precisa que los trabajadores de la carrera judicial están excluidos de los alcances de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil y el Poder Judicial en el plazo de 90 días deberá emitir las disposiciones reglamentarias necesarias.
![Cuando el uniforme pesa más que la maternidad: La identificación de estereotipos de género en el fuero policial y castrense que obstaculiza el derecho a la maternidad justifica el dictado de medidas de protección [Exp. 10278-2025-2-3205-JR-FT-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/mujer-policia-LPDerecho-218x150.png)
![Ante la duda respecto de la comisión de los delitos imputados se debe optar por esclarecerlos en juicio [Exp. 00951-2022-4-1826-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley 31751 no es inconstitucional en abstracto, sino solo cuando se aplica a delitos graves o más graves, en los que el plazo fijo de un año de suspensión de la prescripción resulta desproporcionado (aplicación de distinguishing respecto del AP 5-2023/CIJ-112) [Casación 2298-2022, Arequipa, f. j. 21]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![[Nuevo criterio] TC: Ley penitenciaria aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme [Exp. 04235-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta sobre nuevos métodos de precios de transferencia [Decreto Supremo 302-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Derecho-Tributario-impuestos-tributos-LP-218x150.jpg)

![Aprueban valor de la UIT para el año 2026 [Decreto Supremo 301-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)










![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-324x160.jpg)
![Aprueban valor de la UIT para el año 2026 [Decreto Supremo 301-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-100x70.jpg)


![Juez ejecuta sanción de amonestación a abogado Elio Riera por «quebrantamiento de la lex artis al formular recusación con manifiesta contravención al procedimiento» [Exp. 04633-2021-19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ELIO-RIERA-DOCUMENTO2-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Cuando el uniforme pesa más que la maternidad: La identificación de estereotipos de género en el fuero policial y castrense que obstaculiza el derecho a la maternidad justifica el dictado de medidas de protección [Exp. 10278-2025-2-3205-JR-FT-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/mujer-policia-LPDerecho-100x70.png)


![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

![¿Cuáles son las causales de extinción de los contratos administrativos de servicio (CAS)? [Informe 001544-2021-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/Cuales-son-las-causales-de-extincion-de-los-contratos-administrativos-de-servicio-CAS-LPDerecho-324x160.png)