Hoy en el Pleno del congreso de la República aprobó con 82 votos a favor, 22 en contra y 14 abstenciones, la cuestión de confianza que anunciara el presidente Vizcarra, el pasado domingo, en virtud del artículo 133 de nuestra Constitución.
https://www.youtube.com/watch?v=ryeBqI9cyE4
En la tarde, el primer ministro, César Villanueva, se dirigió al Pleno del Congreso, como se puede ver en el siguiente vídeo:
En las redes sociales, se ha hecho eco de las palabras del primer ministro: «Ayer se aprobó con unanimidad histórica la reforma del Consejo Nacional de la Magistratura, este congreso «al mamarracho», «al disparate» lo aprobó por unanimidad histórica».
También se puede rescatar:
«No era necesario esperar tantos días, ni tampoco tantos años, para aprobar una reforma»
«Estas políticas de reforma no tendrían larga vida si es que eso no es refrendado por la decisión ciudadana mediante el referéndum, el día de la segunda vuelta de las elecciones. Si no aprueban las tres reformas [que faltan] no aprobaron la confianza».
[Noticia en desarrollo]

En su cuenta Twiter el presidente Martín Vizcarra afirmó que hoy ha ganado el Perú.
Aquí no hay vencedores ni vencidos. Hoy solo ha ganado el Perú.
— Martín Vizcarra (@MartinVizcarraC) September 20, 2018
En otro tweet, el mandatario se ha referido al referéndum:
El pueblo peruano tendrá la oportunidad de expresar su voluntad sobre las reformas constitucionales a través del referéndum. #ElPerúPrimero
— Martín Vizcarra (@MartinVizcarraC) September 20, 2018

![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La pericia de parte que descartó desbalance patrimonial no sostiene la presunción de inocencia, pues: a) se basa en declaraciones juradas legalizadas, unilaterales y no verificadas; b) la certificación notarial valida solo la firma, no el contenido económico [Casación 1724-2019, Ayacucho, f. j. 11] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Dinero-sueldo-soles-lavado-de-activos-penal-LPDerecho-218x150.png)
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![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


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