La Segunda Sala Penal de Apelaciones declaró infundado el pedido de absolución planteado por la defensa técnica de Chirstian Eduardo Polo Verástegui, quien se encuentra recluido en el penal de Cambio Puente, al ser hallado responsable del delito de omisión a la asistencia familiar. El procesado es padre de siete menores.
En primera instancia, el imputado, quien es cobrador de combi, ante el juez de Paz Letrado se comprometió a pagar 250 soles de pensión por cada uno de los hijos que procreó con su primera conviviente, pero al no cumplir con lo ordenado, fue denunciado penalmente.
Pese a percibir menos de un sueldo mínimo vital, Polo Verástegui procreó otros 4 hijos en dos nuevas relaciones sentimentales.
La madre de sus tres primeros vástagos, lo denunció por no cumplir con sus obligaciones en favor de los menores N.E.P.G., V.E.P.G. y T.Y.P.G., llegando a acumular una deuda de 7 mil 988.39 soles. Un juez penal lo sentenció a un año de prisión efectiva, así como el pago de 790 soles por concepto de reparación civil.
En parte de la resolución que declara infundada la apelación, la Sala Penal de Apelaciones señala que «el acusado actúa con extrema irresponsabilidad en sus actos y con mayor razón, respecto a criaturas inocentes que trae al mundo para no darles alimentos, por lo que queda acreditado su incumplimiento doloso».



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