¿Cómo tiene que ser la imputación jurídica? El magistrado Walther Huayllani Choquepuma, a través de una resolución, mostró cómo aplica un didáctico método para definir específicamente la conducta típica que es atribuida en un proceso penal. Su empleo, a decir del juez, permite múltiples beneficios como garantizar el objeto de prueba y la defensa de las partes.
En este caso el juez trabajó con el artículo 313 del Código Penal, sin dejar de tener en cuenta que la imputación jurídica no acaba con la mención del tipo penal, sino con la especificidad del supuesto de hecho. Veamos el ejemplo:
TERCERO: DELITO MATERIA DE ACUSACIÓN FISCAL
El Ministerio Público atribuye a XXX la comisión del delito previsto en el artículo 313° del Código Penal, cuya tipificación es:
Artículo 313.- Alteración del ambiente o paisaje
El que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente, altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna, mediante la construcción de obras o tala de árboles, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y con sesenta a noventa días-multa.
El análisis esquemático del citado tipo penal permite verificar que posee la siguiente estructura:
A partir del cuadro se observan los siguientes supuestos de hecho:
1) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente altera el ambiente natural mediante construcción de obras.
2) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente altera el ambiente natural mediante tala de árboles.
3) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente altera el paisaje urbano mediante construcción de obras.
4) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente altera el paisaje urbano mediante tala de árboles.
5) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente altera el paisaje rural mediante construcción de obras.
6) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente altera el paisaje rural mediante tala de árboles.
7) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente modifica la flora mediante construcción de obras.
8) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente modifica la flora mediante tala de árboles.
9) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente modifica la fauna mediante construcción de obras.
10) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente modifica la fauna mediante talas de árboles.
El representante del Ministerio Público imputa concretamente al acusado los supuestos previstos en los numerales 1 y 9 del listado antes descrito, esto es:
1) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente altera el ambiente natural mediante construcción de obras.
9) El que contraviniendo las disposiciones de la autoridad competente modifica la fauna mediante construcción de obras.
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