Suspensión del plazo de prescripción: aprueban precisiones a la aplicación del segundo párrafo del art. 84 del Código Penal

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La Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación, este jueves 4 de julio, el dictamen del Proyecto de Ley 6589.

Esta iniciativa propone precisar la aplicación del párrafo segundo del art. 84 del Código Penal, modificado por la Ley 31751, que modifica el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal para modificar la suspensión del plazo de prescripción.

En el órgano parlamentario, con facultades para legislar hasta el 19 de julio, se recepcionaron 17 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones sobre esta norma.

Lea más: TC señala que la suspensión de la prescripción no puede prolongarse más allá de un año [Exp. 03496-2021-PHC/TC]

El dictamen recoge lo siguiente:

Intérpretese auténticamente que, el computo de un ano establecido para la suspension de la prescripcion de la accion penal; es razonable y proporcional por cuanto en nuestra legislacion se encuentra regulado que, el plazo de la prescripcion en los terminos siguientes: primero el plazo ordinario exige agotar el plazo maxima de la pena fijado en el tipo penal, segundo el plazo extraordinario exige agotar la mitact del plazo de la pena maxima fijada en el tipo penal y, tercero un añoo mas lo establecido en la norma interpretativa, en sumatoria es excesivo para resolver un hecho criminal, mas aun, si tenemos en cuenta que, en nuestra legislacion penal las penas son altas y que a mayor gravedad del hecho delictivo las penas se duplican en algunos casos.

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