CNM: Modificado el Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales

Atentos, estimados amigos. La Resolución que compartimos ahora fue publicada el 10 de mayo en el Boletín Oficial del Consejo Nacional de la Magistratura.


RESOLUCIÓN DEL CNM N° 180-2018-CNM

Lima, 08 de mayo del 2018

VISTOS:

El Oficio N° 026-2018-CPSN/CNM del 07 de mayo de 2018 de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento por el que se propone modificaciones al Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales; y,

CONSIDERANDO:

Por Resolución N° 228-2016-CNM del 15 de junio del 2016, el Consejo Nacional de la Magistratura aprobó el vigente Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, modificado por Resoluciones N° 397-2016-CNM del 28 de septiembre del 2016, 050-2017-CNM del 18 de enero del 2017, 146-2017-CNM del 09 de marzo del 2017, 358-2017-CNM del 10 de julio del 2017 y 526-2017-CNM del 15 de noviembre del 2018.

Por acuerdo del Pleno del Consejo del 06 de febrero del 2018, se dispuso reactivar el funcionamiento de las Comisiones Permanentes del Consejo acional de la Magistratura. Asimismo, se encargó a la Dirección de Selección y Nombramiento rmular las propuestas de modificación reglamentaria que resulten pertinentes para el ncionamiento de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento.

Revisado el Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento propone modificaciones en el texto del mismo y en las tablas de calificación curricular correspondientes al primer y segundo nivel de la carrera judicial y fiscal (Anexos 1 y 2).

Por lo que de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 21° inciso g) y 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397 – Ley Orgánica Consejo Nacional de la Magistratura;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el artículo Vil de las Disposiciones Generales; artículos 10°, 11°, 14, 20°, 21°, 34°, 37° Rubro II, numeral 1; 38°, 39°, y el Glosario de Términos del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales:

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DISPOSICIONES GENERALES

(…)

VII. El Pleno del Consejo es el órgano responsable del procedimiento de selección y nombramiento de jueces y fiscales. Corresponde a la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento dirigir el procedimiento y a la Dirección de Selección y Nombramiento como órgano de línea, la ejecución del mismo. El examen escrito y la entrevista personal pueden llevarse a cabo de manera descentralizada.”

Artículo 10°.- Concluido el plazo de inscripción la Comisión eleva al Pleno del Consejo la relación de postulantes aptos para el procedimiento de selección de acuerdo a lo previsto en los artículos 5o y 6o del presente Reglamento, para su aprobación y publicación en el BOM.

El postulante declarado no apto puede interponer recurso de reconsideración a través de la Ficha Única en la extranet del CNM, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOM, el que es resuelto por el Pleno del Consejo previo informe de la Comisión.”

Artículo 11°.- (…)

De determinarse que el postulante no reúne alguno de los requisitos previstos, de acuerdo a los artículos 5° y 6° del Reglamento, es excluido del concurso por el Pleno del Consejo, previo informe de la Comisión.

Contra dicha decisión procede la interposición de recurso de reconsideración a través de la Ficha Única en la extranet del CNM, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOM, el que es resuelto por el Pleno del Consejo previo informe de la Comisión. Lo resuelto por el Pleno se publica en el BOM.”

Artículo 14°.- No se permite variación de la plaza de postulación, excepto cuando esta hubiera sido suprimida, modificada o convertida y no quedaran más vacantes, en cuyo caso el postulante, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOM, puede:

1. Variar de plaza a otra en concurso en el mismo nivel, especialidad o sub especialidad e institución, dentro del mismo Distrito Judicial o Fiscal.

2. Tratándose de postulante a Juez o Fiscal Mixto, variar a otra plaza mixta en concurso en el mismo nivel e institución, dentro del mismo Distrito Judicial o Fiscal.

Se considera como plaza elegible la nueva plaza recién modificada o convertida, siempre que reúna los requisitos mencionados.

(…)”

Artículo 20°.- (…).

El Pleno del Consejo, con el descargo del postulante o sin él, previo informe de la Comisión, resuelve la tacha antes de la entrevista personal del postulante.”

Artículo 21°.- Contra la resolución que declara fundada la tacha procede la Interposición de recurso de reconsideración a través de la Ficha Única en la extranet del CNM, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación, el que es resuelto por el Pleno del Consejo previo informe de la Comisión. (…)»

Artículo 34°.- La Comisión eleva al Pleno del Consejo los resultados del examen escrito para su revisión, aprobación y publicación en el BOM. La calificación es inimpugnable.

Artículo 37°.- (…)

II. EXPERIENCIA PROFESIONAL

1. Desempeño profesional

Para acreditar su desempeño profesional, el postulante puede presentar cualquiera de los documentos que se mencionan en los numerales 1.1, 1.2 y 1.3, independientemente de su condición de postulación, los que deben corresponder a los dos (02) últimos años de ejercicio, a razón de dos (02) documentos por año. Para el cómputo de los años se considera la fecha de cierre de la presentación de documentos a la Convocatoria. (…)»

Articulo 38°.- La Comisión propone el acta única de calificación de los postulantes de conformidad con los formularios de calificación individuales y la eleva al Pleno para su revisión y aprobación. El puntaje con la calificación por rubros se publica en el BOM.”

Artículo 39°.- (…). El Pleno del Consejo, previo informe de la Comisión, resuelve dicho recurso en el plazo que establezca en la publicación del resultado de la calificación curricular. La decisión se publica en el BOM y es inimpugnable.”

GLOSARIO DE TÉRMINOS

(…)

– Dirección: Dirección de Selección y Nombramiento; unidad orgánica de línea encargada de brindar soporte técnico y apoyo administrativo a la Comisión.

Artículo Segundo.- Incorporar en el Glosario de Términos del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, la definición de Comisión:

“Comisión: Comisión Permanente de Selección y Nombramiento de Magistrados, órgano del Consejo que tiene a su cargo conducir el procedimiento de selección y nombramiento de jueces y fiscales de todos los niveles.”

Artículo Tercero.- Aprobar las Tablas de Calificación Curricular (Anexos 1 y 2), del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en Ja Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales.

Artículo Cuarto.- Lo dispuesto en la presente esolución rige desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM) y se aplica para los concursos de selección y nombramiento de jueces y fiscales que se convoquen a partir de su vigencia.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

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Anexo 1

Tabla de puntaje para la Calificación Curricular JUEZ DE PAZ DE LETRADO – FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL

Rubro Puntaje máximo por rubro
I. Formación Académico – Profesional. Máximo 40 puntos
1. Grados, Estudios Académicos y Título de Segunda Especialidad Hasta 24 puntos
a. Grados Académicos en Derecho

Grado de Doctor en Derecho

19 puntos

Grado de Maestro en la especialidad de la plaza

14 puntos

Grado de Maestro en Derecho en otra especialidad

10 puntos
b. Grados académicos en otra disciplina

Grado de Doctor en otra disciplina

4 puntos

Grado de Maestro en otra disciplina

3 puntos
c. Estudios Académicos

Estudios concluidos de Doctorado en Derecho

5 puntos

Estudios concluidos de Maestría en la especialidad de la plaza

4 puntos

Estudios concluidos de Maestría en Derecho en otra especialidad

3 puntos
d. Titulo de Segunda Especialidad Profesional

Título de Segunda Especialidad Profesional

2 puntos
e. Méritos Universitarios

Primer Puesto

4 puntos

Quinto Superior

3 puntos

Tercio Superior

2 puntos
2. Capacitación Hasta 20 puntos
a. Calificación de cursos de AMAG: PROFA y Ascenso Hasta 14 puntos
20: 14 puntos
19: 13 puntos
18: 12 puntos
17: 11 puntos
16: 10 puntos
15: 9 puntos
14: 8 puntos
b. Participación en certámenes académicos de carácter jurídico Hasta 4 puntos

Expositor o Ponente

1 punto por constancia o certificado
c. Idioma distinto al castellano Hasta 2 puntos

Nivel Avanzado

2 puntos

Nivel Intermedio

1 punto
3. Publicaciones Hasta 3 puntos

a. Libros e Investigaciones Jurídicas

2 puntos por cada uno

b. Textos Universitarios en materia jurídica

(1 punto por cada uno) Hasta 1 punto

c. Ensayos y artículos en materia jurídica

(1 punto porcada uno) Hasta 2 puntos

d. Ensayos y artículos en materia no jurídica

(0.5 puntos por cada uno) Hasta 1 punto
II. Experiencia Profesional Máximo 60 puntos
1. Desempeño Profesional
1.1.  Evaluación de la calidad de documentos emitidos por jueces o fiscales Sentencias o autos finales suscritos en condición de Juez o ponente de Sala. Dictámenes, disposiciones, requerimientos y demás pertinentes, suscritos en su calidad de Fiscal

1.2.  Evaluación de la calidad de demandas, contestación de demandas, denuncias, laudos arbitrales, actas de conciliación, negociación, informes jurídicos o similares, audios y videos de audiencias en las que intervenga en calidad de abogado defensor

1.3. Evaluación de la calidad de Textos universitarios o trabajos de investigación publicados

20: 10 puntos
16: 06 puntos
19: 09 puntos
15: 05 puntos
18: 08 puntos
14: 04 puntos
17: 07 puntos

Hasta 30
2. Ejercicio Profesional
2.1. Magistrado (titular, provisional o supernumerario) de todos los niveles (10 puntos por año)

2.2. Abogado

i. En función de auxiliar jurisdiccional o fiscal (10 puntos por año)

ii. En entidades públicas (7 puntos por año)

iii. En entidades no públicas (7 puntos por año)

iv. En el ejercicio libre de la abogacía (7 puntos por año)

2.3. Docente Universitario (7 puntos por año)

Hasta 30
3. Méritos
3.4. Haber optado un grado académico mediante sustentación de tesis, con recomendación de publicación (2.5 puntos por cada uno) Hasta 10
3.5. Reconocimiento por la participación en comisiones encargadas de la elaboración de proyectos de normas legales (2 puntos por cada uno). Hasta 4 puntos
3.7. Haberse desempeñado como juez o fiscal en zonas de emergencia declaradas por el gobierno central mediante Decreto Supremo (2 puntos por cada 6 meses). Hasta 6 puntos.

 

 

Anexo 2

Tabla de puntaje para la Calificación Curricular

JUEZ ESPECIALIZADO. JUEZ MIXTO. FISCAL ADJUNTO SUPERIOR Y FISCAL PROVINCIAL

Rubro

Puntaje máximo por rubro

I. Formación Académico – Profesional. Máximo 40 puntos
1. Grados, Estudios Académicos y Título de Segunda Especialidad Hasta 26 puntos
a. Grados Académicos en Derecho

Grado de Doctor en Derecho

21 puntos

Grado de Maestro en la especialidad de la plaza

14 puntos

Grado de Maestro en Derecho en otra especialidad

10 puntos
b. Grados académicos en otra disciplina

Grado de Doctor en otra disciplina

4 puntos

Grado de Maestro en otra disciplina

3 puntos
c. Estudios Académicos

Estudios concluidos de Doctorado en Derecho

6 puntos

Estudios concluidos de Maestría en la especialidad de la plaza

5 puntos

Estudios concluidos de Maestría en Derecho en otra especialidad

4 puntos
d. Título de Segunda Especialidad Profesional

Título de Segunda Especialidad Profesional

2 puntos
2. Capacitación Hasta 18 puntos
a. Calificación de cursos de AMAG: PROFA o Ascenso Hasta 14 puntos

20

14 puntos

19

13 puntos

18

12 puntos

17

11 puntos

16

10 puntos

15

9 puntos

14

8 puntos
b. Participación en certámenes académicos de carácter jurídico Hasta 3 puntos

Expositor o Ponente

1 punto por constancia o certificado
c. Idioma distinto al castellano Hasta 2 puntos

Nivel Avanzado

2 puntos

Nivel Intermedio

1 punto
3. Publicaciones Hasta 4 puntos

a. Libros e Investigaciones Jurídicas

2 puntos por cada uno

b. Textos Universitarios en materia jurídica

(1 punto por cada uno) Hasta 1 punto

c. Ensayos y artículos en materia ¡urldlca

(1 punto por cada uno) Hasta 2 puntos

d. Ensayos y artículos en materia no jurídica

(0.5 puntos por cada uno) Hasta 1 punto
II. Experiencia Profesional Máximo 60 puntos
1. Desempeño Profesional

1.1. Evaluación de la calidad de documentos emitidos por jueces o fiscales. Sentencias o autos finales suscritos en condición de Juez o ponente de Sala. Dictámenes, disposiciones, requerimientos y demás pertinentes, suscritos en su calidad de Fiscal.

 Hasta 30

1.2. Evaluación de la calidad de demandas, contestación de demandas, denuncias, laudos arbitrales, actas de conciliación, negociación, informes jurídicos o similares, audios y vídeos de audiencias en las que intervenga en calidad de abogado defensor.

 Hasta 30
1.3. Evaluación de la calidad de Textos universitarios o trabajos de Investigación publicados.  Hasta 30

20: 10 puntos

16: 06 puntos

19: 09 puntos

15: 05 puntos

18: 08 puntos

14: 04 puntos

17: 07 puntos

2. Ejercicio Profesional

2.1. Magistrado (titular, provisional o supernumerario) de todos los niveles (10 puntos por año)

2.2. Abogado

i. En función de auxiliar jurisdiccional o fiscal (8 puntos por año)

ii. En entidades públicas

(5 puntos por año) Hasta 30

iii. En entidades no públicas

(5 puntos por año)

iv. En el ejercicio libre de la abogacía (5 puntos por año)

2.3. Docente Universitario

(5 puntos por año)
3. Méritos

3.4. Haber optado un grado académico mediante sustentación de tesis, con recomendación de publicación. (2 puntos por cada uno)

3.5. Reconocimiento por la participación en Comisiones encargadas de la elaboración de proyectos de normas legales. (2 puntos por cada uno). Hasta 4 puntos.

3.7. Haberse desempeñado como juez o fiscal en zonas de emergencia declaradas por el gobierno central mediante Decreto Supremo (1.5 puntos por cada 6 meses). Hasta 6 puntos.

 Hasta 10

 

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