¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre representación sucesoria. La clase estará a cargo del especialista Juan Carlos Del Aguila Llanos.
El profesor Juan Carlos Del Aguila Llanos es abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Especialista en derecho de familia y sucesiones. Autor de diversos libros sobre la especialidad así como artículos en revistas de circulación nacional. Docente exclusivo de LP.
No puedes perderte esta clase gratuita, útil y práctica, que estamos seguros, no podrán encontrar en otro lugar.
Asimismo, es grato comunicarles que el profesor Juan Carlos Del Aguila formará parte de nuestra plana docente en el Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias).

LIBRO «Mi primer juicio de familia. ¿Qué le digo al juez?» GRATIS HASTA EL 26 DE MARZO
Vale precisar que, este curso está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), estudiantes de derecho y a todo el público interesado.
Además, recordarles que en nuestro Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias), se abordarán temas acerca del fenómeno jurídico sucesorio, apertura de la sucesión, herencia yacente, petición de herencia, indignidad sucesoria, renuncia de la herencia, formalidades del testamento, sustitución de herederos y legatarios, entre otros temas de amplia relevancia en materia de sucesiones.
La clase gratuita sobre representación sucesoria se desarrollará este lunes, 11 de marzo a las 3:00 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
Finalmente, recuerda aprovechar la oportunidad y matricularte a nuestro Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias). y acceder a nuestros beneficios.




![Suplencia: ¿es posible terminar el vínculo laboral de una trabajadora embarazada porque titular de la plaza retornó a su puesto? [Exp.-03837-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-218x150.png)
![Es inconstitucional ordenar el sacrificio de un animal sin un criterio objetivo que determine que tiene rabia y obviando alternativas intermedias para los casos de contagio potenciales [Exp. 20034-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-218x150.png)
![El supuesto que permite calificar la lesión como falta —«siempre que no concurran circunstancias que den gravedad al hecho»— queda inoperante cuando se produce en alguno de los entornos del delito de feminicidio (violencia familiar, coacción, hostigamiento o acoso sexual, abuso de poder, de confianza, etc.) (doctrina legal) [AP 2-2016/CJ-116, f. j. 22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Comete delito de usurpación de la función pública el fiscal adjunto que, dolosamente, ejerce funciones reservadas al fiscal provincial [Apelación 170-2024, Junín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Curso gratuito «Control constitucional y derechos fundamentales» [Inicio: 10 ENE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-DE-CONTROL-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)

![El artículo 95 del Reglamento emplea los términos “entregados” o “implementados” y, conforme a la naturaleza del objeto de la contratación, estos se refieren a lo siguiente: (i) “Entregados”, supone su puesta a disposición efectiva de la Entidad —en el lugar y condiciones estipuladas—, de manera que queden aptos para su uso, por ejemplo, en la adquisición de bienes; (ii) “Implementados”, implica la puesta en funcionamiento de la prestación —con el personal, equipos y demás medios operativos necesarios—, de manera que se encuentre lista para su ejecución, por ejemplo, en las contrataciones de servicios o de bienes que requieran instalación o configuración previas para su operatividad [Opinión D000043-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Se configura abuso de autoridad cuando un policía conduce y retiene por la fuerza a una persona, bajo el pretexto de un control de identidad, sin la finalidad de prevenir un delito o averiguar el hecho, sino por reclamar un abuso en la intervención vehicular [Exp. 02860-2021-0, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/proyecto-armas-fuego-policia-flagrante-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Suscribir un acta policial como si fuera el efectivo que intervino, cuando en realidad no participó directamente en la intervención, constituye un supuesto de falsedad ideológica [Exp. 02860-2021-0, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-POLICIA-NACIONAL2-LPDERECHO-100x70.jpg)
![El artículo 95 del Reglamento emplea los términos “entregados” o “implementados” y, conforme a la naturaleza del objeto de la contratación, estos se refieren a lo siguiente: (i) “Entregados”, supone su puesta a disposición efectiva de la Entidad —en el lugar y condiciones estipuladas—, de manera que queden aptos para su uso, por ejemplo, en la adquisición de bienes; (ii) “Implementados”, implica la puesta en funcionamiento de la prestación —con el personal, equipos y demás medios operativos necesarios—, de manera que se encuentre lista para su ejecución, por ejemplo, en las contrataciones de servicios o de bienes que requieran instalación o configuración previas para su operatividad [Opinión D000043-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![La normativa de contrataciones del Estado permite la subsanación de aquellos errores que no varíen el contenido esencial ni el sentido de la oferta, en otras palabras, un error puede subsanarse en la medida que no altere los alcances ni desnaturalice lo ofrecido por el postor; esto último responde a la necesidad de conservar la mayor cantidad posible de ofertas y que -a partir de un escenario de competitividad- la contratación sea realizada bajo las mejores condiciones técnicas y económicas que existan en el mercado [Opinión D000014-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Usucapión: Desalojo declarado fundado interrumpió la posesión pacífica, aunque los demandantes fallecieron luego de la sentencia favorable [Exp. 01053-2010-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/casa-propiedad-bien-inmueble-civil-sociedad-gananciales-desalojo-LPDerecho-324x160.png)